Recomiendo:
1

Gaza / Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Bolivia ante la CIJ

Fuentes: Rebelión

El 8 de octubre del 2024, Bolivia ha solicitado formalmente a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) intervenir en la demanda de Sudáfrica contra Israel: véase el comunicado de prensa oficial en francés y en inglés de la CIJ del 9 de octubre. Véase de igual manera el comunicado oficial sobre esta gestión difundido por la misma diplomacia boliviana.

Resulta oportuno recordar que tempranamente, Bolivia había saludado la demanda interpuesta en diciembre del 2023 contra Israel por Sudáfrica (véase comunicado oficial de Bolivia de enero del 2024),  haciendo ver que se sumaría a esta acción solicitando intervenir como Estado tercero en apoyo a Sudáfrica.  No está de más traer a la memoria que Bolivia rompió (también tempranamente) sus relaciones diplomáticas con Israel, y ello desde el mismo 31 de octubre del 2023 (véase comunicado oficial de prensa): un gesto similar que adoptó en América Latina Colombia, el 1ero de mayo del 2024 (véase comunicado oficial).

Nótese que en Europa, otro Estado (Bélgica) había anunciado realizar una gestión similar en marzo del 2024 en apoyo a la demanda de Sudáfrica (véase nota de RTBF del 11 de marzo), siendo solicitadas sus autoridades desde enero por un importante grupo de académicos (véase texto colectivo publicado el 17 de enero en la prensa belga): a la fecha, no se ha registrado nada de  parte de Bélgica ante la CIJ en apoyo a la demanda de Sudáfrica. De igual manera, podemos referir al caso de Irlanda – que también anunció en marzo del 2024 que iba a intervenir (véase nota de la BBC), sin que se registre su solicitud ante la CIJ a la fecha – y el caso de Egipto (véase nota de Reuters del mes de mayo del 2024).

Estos tres ejemplos permiten poner en evidencia la inconsistencia de algunos Estados y contrastarla con la consistencia de Bolivia y de otros Estados de América Latina, como lo veremos en las líneas que siguen.

Una solicitud enmarcada en la misma Convención de 1945 sobre el genocidio

En su solicitud de intervención (véase texto completo), Bolivia refiere al Artículo 63 del Estatuto de la CIJ: se trata de una disposición que permite a un Estado Parte a una convención cuya interpretación es objeto de una controversia entre dos Estados, intervenir como Estado tercero. 

El hecho que la convención contra el genocidio de 1948 haya sido ratificada por 153 Estados (véase estado oficial de firmas y ratificaciones), plantea algunas interrogantes con relación a muchos otros Estados europeos y de otras regiones del mundo, que se presentan ante el mundo como grandes defensores de los derechos humanos, líderes en materia de limitaciones al comercio de armas, a la prohibición de armas que causan daños a la población civil, y como grandes promotores de la lucha contra la impunidad y de la justicia penal internacional. 

Veremos a continuación que de 152 Estados (además de Israel) que han ratificado la convención de 1948, es un pequeño grupo de Estados el que ha decididamente optado por acompañar a Sudáfrica ante la justicia internacional, en el que se destacan Estados de América Latina.    

Breve puesta en contexto

Esta solicitud coincide con los primeros doce meses conmemorados en diversas partes del mundo desde el 7 de octubre del 2023, y es muy probable que la diplomacia boliviana esperara esa fecha precisa para presentar formalmente su solicitud de intervención.

Esta solicitud fue precedida por una similar presentada por la de Islas Maldivas (véase texto), notificada a la CIJ el 1ero de octubre del 2024, así como la solicitud presentada por Chile presentada a la CIJ el 12 de septiembre (véase texto) que tuvimos la ocasión de analizar (Nota 1).  

Ambas coincidieron por unos pocos días con la discusión y adopción, el pasado 18 de septiembre, en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas de una resolución sobre la ocupación ilegal israelí en territorio ocupado palestino (véase nota de prensa de Naciones Unidas): el texto, que también acoge la opinión consultiva de la CIJ del 19 de julio pasado (Nota 2) reunió una aplastante mayoría de 124 votos a favor, tan solo 14 votos en contra y 43 abstenciones. 

Entre estas 43 abstenciones se contabiliza la de Costa Rica, cuya delegada no procedió a explicar su voto en el seno mismo de la Asamblea General de Naciones Unidas. La explicación de voto es una herramienta que pudo haber perfectamente usado, como muchos otros delegados cuyos Estados también se abstuvieron: véase por ejemplo la explicación de voto dada por la delegada de Guatemala, que provocó la ira de ciertos sectores afines a Israel en Guatemala, dada una posición que se aleja del apoyo irrestricto a Israel durante los últimos decenios en Naciones Unidas que caracterizó a Gatemala en incontables votaciones.

Este 7 de octubre del 2024, expertos de Naciones Unidas en derechos humanos suscribieron un comunicado conjunto condenando a Israel por la intensa campaña de destrucción a partir de bombardeos desproporcionales e indiscrimados en Gaza, exijiendo una rendición de cuentas y que se sienten responsabilidades por crímenes de guerra cometidos por Israel en Gaza (véase comunicado). Nuestros estimables lectores podrán por sí mismos verificar la difusión prácticamente nula de este comunicado de prensa de Naciones Unidas en los medios de prensa internacionales, y su omisión por parte de «expertos» y analistas llamados a comentar en canales de televisión y de radio, esta fecha del 7 de octubre. 

Una reciente obra colectiva publicada en Francia en estos primeros días de octubre «Le live noir de Gaza» (véase entrevista a su coordinadora y artículo publicado en Libération) busca sistematizar la información sobre lo ocurrido en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023.

En otro teatro de operación que involucra también a Israel, el pasado 19 de septiembre, estos mismos expertos en derechos humanos de Naciones Unidas condenaron de manera inequívoca la explosión a distancia de beepers y otras herramientas de comunicación en el Libano (véase comunicado de prensa): se trata de un episodio que se puede considerar como un nuevo tipo de ataque, jamás observado, y cuyo saldo mortífero es de 32 personas muertas con más de 100 veces más heridas (3250), de las cuales 200 en una situación extremadamente crítica. Nuestros lectores podrán nuevamente por sí mismos verificar la difusión prácticamente nula de este comunicado de prensa de Naciones Unidas en los medios de prensa internacionales, y su omisión por parte de «expertos» y analistas llamados a comentar esta nueva herramienta letal de la que dispone Israel, y que descubrió atónito el mundo.

La fecha escogida por Israel del 17 de septiembre para realizar esta inédita acción (e iniciar una ola de intensos bombardeos en el Sur del Líbano desde entonces y en Beirut misma) no es casual: obedece a un claro intento de desviar la atención del mundo sobre Gaza, de cara a la apertura de la sesión de la Asamblea General de Naciones Unidas, cuyo segmento de alto nivel con la presencia de numerosos jefes de Estado, inició el 24 de septiembre.

La misma (nula) difusión y ausencia de referencia se puede verificar con relación al reciente informe sobre Israel del Comité sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas (documento CRC/C/ISR/CO/5-6 con fecha del 16 de septiembre, disponible aquí), cuyas conclusiones y recomendaciones ameritarían una amplia difusión, en particular a partir del párrafo 49 y subsiguientes, en especial sobre los niños en Gaza (párrafos 52-53) y en Cisjordania y Jerusalén Oriental (párrafo 54-55). 

De manera a tener en mente el nivel de desproporción al que se está llegando en Gaza, el pasado 10 de septiembre un bombardeo por parte de Israel en Gaza en un campamento de desplazados (véase nota de France 24) se saldó con la muerte de más de 100 personas, siendo el objetivo de Israel dos jefes militares del Hamás.

Foto extraida de artículo de prensa en Israel (Magazine+972) del bombardeo del 10 de septiembre sobre un campo de desplazados y refugiados en Gaza, publicado el 12 de septiembre del 2024 y titulado «People torn to pieces in Israeli airstrike on Gaza displacement camp». Se puede apreciar el tipo de artefactos explosivos que usa intencionalmente Israel en zonas densamente pobladas como campamentos de desplazados en Gaza bajo el argumento de eliminar a uno o a dos combatientes del Hamás.

Es de notar que el 9 de septiembre, el Fiscal de la CPI solicitó a los jueces de la Corte Penal Internacional (CPI) archivar la causa contra uno de los tres líderes del Hamás, asesinado por Israel en Teherán el 31 de julio del 2024, manteniendo intacta la solicitud inicial (que espera desde el 20 de mayo del 2024 ser confirmada por los jueces de la CPI) en lo que concierne a dos dirigentes de Israel (su Primer Ministro y su ministro de defensa) y a dos líderes del Hamás: véase texto de la solicitud del Fiscal a la CPI del 9 de septiembre del 2024.

Como detalle llamativo, en una nota periodística israelí referenciada en Francia y en otras latitudes (véase nota de France24 del 17 de septiembre), Israel estaría ofreciendo a solicitantes de asilo africanos ir a combatir en Gaza a cambio de regularizar su situación migratoria.

Finalmente, en los días de septiembre, algunos círculos afines a Israel y sus allegados y comentaristas se han sentido obligados a celebrar el 4º aniversario de los Acuerdos de Abraham, fomentados por Israel y Estados Unidos  en el 2020: véase las 4 declaraciones del 2020 colgadas en la parte baja en este enlace del Departamento de Estado nortamericano. Sobre este último, resulta notorio que en este mes de septiembre del 2024, los Acuerdos de Abraham no han dado lugar a algún comunicado oficial por parte de Estados Unidos, mientras que sí se observó en el año 2023 (Nota 3). No está de más señalar esta interesante entrevista publicada en Israel el 20 de septiembre del 2024 a un analista político israelí (cuya lectura completa se recomienda), en la que se lee que:

«Seamos claros: la verdadera motivación para firmar los Acuerdos de Abraham fue eliminar a los palestinos de la agenda regional y normalizar completamente la ocupación. Pero esta teoría no ha demostrado su eficacia. Fue un acuerdo a corto plazo firmado con la administración Trump, a la que no le importaba exactamente la estrategia en Oriente Medio, sino firmar el «acuerdo del siglo».”

Notemos que, al cuestionar este reconocido analista israelí la estrategia de Israel desde el 7 de octubre, se lee al inicio  de esta entrevista que dejó de ser invitado a dar su opinión en canales de televisión y de radio en Israel:

«… después del 7 de octubre, cuando Goldberg comenzó a criticar abiertamente lo que él llamaría un genocidio en Gaza, así como las políticas de Israel hacia Hezbollah e Irán, las invitaciones se detuvieron. «Los productores me han invitado repetidamente a una entrevista previa en la que hacen todo tipo de preguntas», dice Goldberg, «luego llevaban las respuestas a sus superiores, y nunca recibí respuesta..”

Este otro reportaje de un medio de prensa francesa difundido el 22 de septiembre del 2024 sobre un profesor de universidad israelí (historiador), despedido por cuestionar también a las autoridades israelíes en Gaza, permite dar una idea del clima de intolerancia existente dentro de Israel (véase video del documental «Le prof qui ne voulait pas se taire«). 

Algunas breves acotaciones con respecto a la «justificación» aportada oficialmente por la diplomacia costarricense

Si bien en Naciones Unidas, Costa Rica optó por no explicar a los demás Estados su voto del 18 de septiembre ante los demás delegados – pudiendo perfectamente hacerlo, como lo hizo Guatemala, Estado que también se abstuvo (véase documento) -,   la diplomacia de Costa Rica emitió un comunicado de prensa difundido desde su Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto explicando su posición: se trata de un comunicado oficial cuyo contenido (Nota 4) resulta bastante cuestionable, como lo veremos a continuación.

En este comunicado oficial de prensa del mismo 18 de septiembre (véase enlace), la diplomacia costarricense indicó algunas cosas bastante aproximativas, empezando por señalar de manera incompleta el título del proyecto de resolución: en efecto, esta resolución, desde su título, no solamente refiere a la opinión consultiva de la CIJ sino que también refiere  (véase enlace) a lo que se lee en su mismo título (que agrega al final): «y de la ilegalidad de la presencia continuada de Israel en el Territorio Palestino Ocupado«. Cualquier duda puede ser esclaredida leyendo por un lado, el título de la opinión consultiva de la CIJ del 19 de julio que parece en la portada de la misma (véase enlace) y, por otro lado, compararlo con el título de la resolución votada el 18 de septiembre. De igual manera la precitada explicación de voto de Guatemala incorpora desde su mismo título el título completo de la resolución votada (véase documento).

Como profesor de derecho internacional público, quisiéramos creer que cuando se vota un proyecto de resolución en Nueva York, los diplomáticos costarricenses tiene el cuidado de transmitir a sus autoridades en San José el texto completo de un proyecto de resolución, con el título completo incluido. O es que… ¿sería mucho pedir? 

De ninguna manera la resolución votada se limita a la opinión consultiva de la CIJ, tal y como reza el comunicado oficial de Costa Rica: el título de la misma resolución así lo evidencia. 

El otro «argumento» de Costa Rica refiere al ámbito comercial: más allá de lo insólito que puede resultar invocar argumentos de este tenor, según Costa Rica, el texto de la resolución «establece medidas comerciales coercitivas que nuestro país no considera sean implementables». Salvo error de nuestra parte, Costa Rica es el único Estado en haberse abstenido e invocar el comercio para justificar su posición… Sobre este preciso punto, agradeceríamos desde ya el concurso de nuestros estimables lectores remitiéndonos a algún comunicado oficial similar de un Estado que haya invocado el comercio para abstenerse en Naciones Unidas al votarse esta resolución: pueden remitir el texto (si es que existiera) a cursodicr(a)gmail.com, y de ser solicitado, se omitirá la fuente.

El comunicado oficial de Costa Rica no refiere exactamente a cuales de las medidas sugeridas en los 19 puntos dispositivos  de la resolución se refiere: al revisar con detenimiento cada uno de los 19 puntos resolutivos (véase enlace al texto en español), todos buscan obligar Israel a cesar su ocupación ilegal, y a que los Estados miembros de Naciones Unidas se abstengan de reconocer y darle efecto jurídico a la ilegalidad de la presencia de Israel en el territorio palestino ocupado. Ninguna medida comercial de las señaladas puede ser considerada como «no implementable«, por lo que la justificación aportada resulta más que cuestionable.

El supuesto «argumento» pierde toda solidez al observarse que votaron favorablemente esta resolución Estados que mantienen relaciones comerciales mucho más importantes con Israel en cuanto a volumen  de exportaciones/importaciones que las que tiene Costa Rica con Israel, como por ejemplo: Bélgica, Brasil, China, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Francia, Indonesia, Irlanda, Japón, México, Singapur, Turquía, entre muchos otros.

Más allá de la dificultad para Costa Rica de justificar su posición en la votación registrada el pasado 18 de septiembre en Nueva York (y que puede explicar que la explicación de voto no se externara ante las demás delegaciones en Nueva York…), remitimos a nuestra pequeña nota con, al final, el detalle del tablero de votación. En él aparecen votando contra, conjuntamente con Estados Unidos e Israel, únicamente 12 Estados, a saber: Argentina, Fidji, Hungría, Malawi, Micronesia, Nauru, Palau, Papúa Nueva Guinea, Paraguay, República Checa, Tonga y Tuvalu. 

Con relación a Costa Rica, cabe recordar lo siguiente: en el mes de diciembre del 2022, al solicitar formalmente una opinión consultiva a la CIJ sobre la ocupación ilegal en el territorio palestino ocupado, los dos únicos Estados en América Latina en haber votado en contra fueron Costa Rica y Guatemala, sin que (tampoco…) los delegados de Costa Rica consideraran oportuno explicar su voto ante sus homólogos en el recinto de la Asamblea General de Naciones Unidas en Nueva York (Nota 5).

El no explicar el voto en un recinto internacional de Naciones Unidas no pareciera ser exclusivo de la delegación de Costa Rica en Nueva York: en Ginebra, al votarse una resolución en abril del 2024 solicitando un embargo sobre las armas a destinación de Israel, el delegado costarricense optó por el mismo mutismo ante sus homólogos del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas (véase nota del medio digital Delfino.cr del 5 de abril del 2024). 

El drama indecible que se vive en Gaza

El último estado de la situación  en Gaza elaborado por Naciones Unidas  (al 8 de octubre del 2024, véase enlace) detalla las últimas acciones de Israel en contra de la población civil de Gaza, aumentando el número de víctimas y provocando nuevos dramas en familias palestinas. En ese informe, se indica que:

«Entre las tardes del 4 al 7 de octubre, según el Ministerio de Salud de Gaza, 163 palestinos murieron y 737 resultaron heridos. Entre el 7 de octubre de 2023 y el 8 de octubre de 2024, al menos 41.965 palestinos murieron y 97.590 resultaron heridos, según el Ministerio de Salud de Gaza.

A continuación se enumeran algunos de los incidentes mortales registrados entre el 4 y el 6 de octubre:

– El 4 de octubre, alrededor de las 14.10 horas, cinco mujeres palestinas habrían muerto y otras habrían resultado heridas cuando una casa fue alcanzada en el campamento de refugiados de Al Bureij, en Deir al Balah.

– El 4 de octubre, alrededor de las 16.00 horas, siete palestinos murieron y otros resultaron heridos cuando una casa fue alcanzada en el campamento de Ash Shati’ (playa), en la ciudad de Gaza.

– El 4 de octubre, alrededor de las 23.30 horas, seis palestinos murieron y otros resultaron heridos cuando una casa fue alcanzada al noreste del campamento de refugiados de An Nuseirat, en Deir al Balah.

– El 5 de octubre, alrededor de las 8:30 horas, seis palestinos murieron y otros resultaron heridos cuando un grupo de personas fue alcanzado en el este de Beit Hanoun, en el norte de Gaza.

– El 5 de octubre, alrededor de las 20.00 horas, diez palestinos murieron y otros resultaron heridos cuando una casa fue alcanzada en la ciudad de Jabaliya, en el norte de Gaza.

– El 5 de octubre, alrededor de las 22.00 horas, nueve palestinos murieron y otros resultaron heridos cuando una casa fue alcanzada al oeste del campamento de refugiados de Jabalya, en el norte de Gaza.

– El 5 de octubre, alrededor de las 22.00 horas, cinco palestinos, entre ellos dos niños y dos mujeres, habrían muerto y otros habrían resultado heridos cuando una casa fue alcanzada en Beit Lahiya, en el norte de Gaza.

– El 6 de octubre, alrededor de las 2:10 horas, 21 palestinos murieron y otros resultaron heridos cuando la mezquita de los Mártires de Al Aqsa, frente al hospital de Al Aqsa, fue alcanzada en Deir al Balah.

– El 6 de octubre, alrededor de las 14.10 horas, cinco palestinos, entre ellos una niña, habrían muerto y otros habrían resultado heridos cuando una casa fue alcanzada en el campo de refugiados de Ash Shati’, al oeste de la ciudad de Gaza. La Defensa Civil Palestina informó que otras personas seguían bajo los escombros.

– Entre las tardes del 4 al 8 de octubre, se informó de que un soldado israelí murió en Gaza y un soldado murió a causa de las heridas sufridas en Gaza en junio de 2024, según el ejército israelí. Entre el 7 de octubre de 2023 y el 8 de octubre de 2024, según el ejército israelí y fuentes oficiales israelíes citadas por los medios de comunicación, más de 1.548 israelíes y ciudadanos extranjeros fueron asesinados, la mayoría el 7 de octubre de 2023 e inmediatamente después. La cifra incluye 348 soldados muertos en Gaza o a lo largo de la frontera con Israel desde el comienzo de la operación terrestre. Además, se informó de que 2.299 soldados israelíes resultaron heridos desde el comienzo de la operación terrestre».

Cabe señalar que el saldo mortífero de casi de 42.000 personas en Gaza se sitúa, para algunos especialistas, muy por debajo de la realidad. En efecto, en un  artículo publicado por un renombrado especialista militar invitado en un sinnúmero de espacios informativos en Francia, y titulado “Guerres en Ukraine et en Israël, (enfin) des voies de sortie en perspective?”, se lee que la cifra real podría corresponder a unas 100.000 personas fallecidas en Gaza desde el 7 de octubre del 2023:

Las evaluaciones de los daños causados por los bombardeos muestran -incluso en una hipótesis baja- que el número de víctimas previsto es más bien de unos 100.000 muertos y, por tanto, de 350.000 heridos (la proporción de 3,5 es la «norma»), es decir, el 20% de la población palestina de Gaza «como mínimo» (450.000 / población inicial de 2,3 millones), heridos o muertos por esta guerra desproporcionada.

Si bien  la atención internacional se focaliza ahora en lo que ocurre en el Líbano y ya no tanto en lo que ocurre en Gaza, la apremiante situación que viven familias palestinas en Cisjordania ante los avances de colonos y la pasvidad de las fuerzas militares de Israel merece ser mencionada. En el último informe de la situación en Cisjordania (al 2 de octubre, véase enlace) se señala que:

Durante el período sobre el que se informa, las fuerzas israelíes mataron a tres palestinos y 109 palestinos, entre ellos 58 niños, resultaron heridos por las fuerzas y los colonos israelíes. La mayoría de los heridos (104) sufrieron heridas durante las operaciones de las fuerzas israelíes, incluidas operaciones de búsqueda y detención, en toda la Ribera Occidental. Los incidentes con resultado de muerte fueron los siguientes:

– El 24 de septiembre, las fuerzas israelíes mataron a tiros a un palestino de 28 años durante una operación de búsqueda y detención en el campamento de refugiados de Al Fawwar (Hebrón).

– El 25 de septiembre, las fuerzas israelíes, incluidas fuerzas encubiertas, rodearon una casa en Anza (Jenin), donde intercambiaron disparos con palestinos, al tiempo que permitían la evacuación de mujeres y niños. Durante la operación, las fuerzas dispararon y mataron a una mujer palestina de 34 años mientras se encontraba cerca, en el patio de su casa.

– El 26 de septiembre, las autoridades israelíes notificaron a la Oficina de Coordinación del Distrito Palestino en Naplusa el fallecimiento de un palestino bajo su custodia. El hombre sucumbió a las heridas sufridas ese mismo día cuando las fuerzas israelíes le dispararon durante una operación de detención encubierta en el campo de refugiados de Ein Beit al Mai (Naplusa).

– Entre el 7 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024, 695 palestinos murieron en Cisjordania, incluida Jerusalén Oriental, además de dos que murieron a causa de heridas sufridas antes del 7 de octubre. Entre ellos hay 678 muertos por las fuerzas israelíes, 12 por colonos israelíes y siete en los que se desconoce si los autores fueron fuerzas israelíes o colonos. Durante el mismo período, 24* israelíes, incluidos 16 miembros de las fuerzas israelíes y seis colonos, fueron asesinados por palestinos en Cisjordania, incluida Jerusalén oriental. En Israel, los ataques de palestinos de Cisjordania causaron la muerte de diez israelíes y siete palestinos perpetradores«.

La deliberada intención de Israel para que no se investigue lo que ocurre en Gaza

Con relación a la situación en Gaza, la ausencia de datos verificables responde en gran parte a la ausencia de un personal de agencias humanitarias desplegado en toda Gaza, y a la ausencia de medios de prensa que puedan documentar e informar a la opinión pública internacional sobre la realidad que se vive en Gaza y sobre el alcance exacto de los bombardeos aéreos a los que Israel somete a la población civil de Gaza. 

A ese respecto, el asesinato deliberado por parte de Israel de periodistas, camarógrafos, asistentes de medios de prensa llevó a unas 60 organizaciones que velan por la protección de los periodistas  a elevar el tono y a exigir a la Unión Europea (UE) tomar acciones (véase carta colectiva con fecha del 22 de agosto del 2024). En dicha misiva, se lee que:

Los periodistas desempeñan un papel indispensable a la hora de documentar e informar sobre crímenes de guerra y otras violaciones de derechos humanos. El efecto acumulativo de estos abusos es crear las condiciones para un vacío de información, así como para la propaganda, la información errónea y la desinformación. Si bien Israel sostiene que sus acciones son para mantener a su pueblo a salvo, la historia muestra que la censura y la denegación del derecho a la información son un camino defectuoso hacia la paz o la seguridad. Por lo tanto, nos dirigimos a usted hoy para pedir la suspensión del Acuerdo de Asociación entre Israel y la UE sobre la base de que ha violado los derechos humanos y el derecho penal internacional, y para la adopción de sanciones selectivas contra los funcionarios de las FDI y otros responsables”.

Al 7 de octubre del 2024, según el Committee to Protect Journalists (CPJ), el número de periodistas asesinados en Gaza por las fuerzas militares de Israel desde el 7 de octubre del 2023, asciende a 128 profesionales de la comunicación (véase informe).

En cuanto al personal humanitario de Naciones Unidas en Gaza, el pasado 19 de agosto se conmemoró, en el Día Internacional de la Acción Humanitaria, la muerte de 280 funcionarios de Naciones en Gaza desde el 7 de octubre del 2023 (véase comunicado): un saldo jamás alcanzado en ningún teatro de operaciones en los que personal de Naciones Unidas ha estado presente.

Este reciente reportaje de LeMonde (Francia) sobre la destrucción deliberada por parte de Israel de las cámaras que filmaban en modo contínuo desde edificios en Gaza albergando medios de prensa, pone en evidencia las contradicciones del mismo servicio de prensa del ejército israelí, al que se le habían precisado las coordenadas exactas con antelación.

De algunas otras exacciones de Israel en Gaza

En otro ámbito relacionado a las exacciones que se cometen en Gaza, el pasado 26 de agosto, fue la ONG Human Rights Watch la que publicó un detallado informe sobre la tortura a la que fueron sometidas personas trabajando en hospitales en Gaza, capturadas por Israel (véase informe).

El 5 de septiembre del 2024, la ONG Amnistía Internacional exigió una acusación por crímenes de guerra contra Israel a partir del estudio de fotos satelitales de Gaza, que evidencian la intención destructiva injustificada de Israel, totalmente ajena a supuestos objetivos militares (véase informe).

Un interesante artículo publicado en Israel detalla la estrategia de desinformación desplegada por Israel para que se minimizen e ignoren las consecuencias de su accionar militar en Gaza  en el mundo de la información y de la comunicación (véase reportaje publicado el 24 de julio titulado «How Israel plans to whitewash its war crimes in Gaza«, de lectura recomendada).

Por su parte, la reconocida ONG israelí B’Tselem publicó muy recientemente un informe sobre los centros de detención en Israel y la tortura a la que son sometidos las personas oriundas de Gaza en estos centros de detención (véase enlace a informe titulado «Welcome to hell: the israeli prison system as a network of torture camps» cuya lectura completa se recomienda). 

La solicitud de Bolivia en breve

La lectura completa de la solicitud de intervención enviada por Bolivia se recomienda, al monstrarse particularmente tajante con relación al accionar militar de Israel en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023. 

En su solicitud de intervención ante la CIJ, Bolivia sostiene que, el actuar de Israel califica perfectamente como genocidio: 

«20. De todo lo anterior se desprende claramente que las continuas acciones y los crímenes insidiosos de Israel han tenido como resultado un aumento en el número de muertos y heridos, la destrucción masiva de viviendas, fosas comunes, el desplazamiento forzado de la gran mayoría de la población y grandes daños a la infraestructura civil, aumentando exponencialmente la pesadilla humanitaria y las catastróficas condiciones de vida de los palestinos en la Franja de Gaza.  agravado por la privación prolongada y generalizada de alimentos y otras necesidades básicas a las que Israel está sometiendo a los palestinos en la Franja de Gaza. Se está produciendo un genocidio. 

../..

Artículo 42. Del mismo modo, Bolivia desea subrayar que el asedio, la hambruna, la destrucción generalizada de civiles y médicos, la privación de alimentos, suministros y tratamientos médicos, el desplazamiento forzado mediante la deportación sistemática y la denegación de acceso a la ayuda humanitaria pueden constituir actos genocidas en el sentido del artículo II c). 

Artículo 43. Por otra parte, Bolivia sostiene que las huelgas y los bloqueos que provoquen condiciones extremas de vida, escasez de suministros esenciales, asistencia sanitaria inadecuada o inexistente, asistencia médica o asistencia de emergencia inadecuadas, y que no puedan constituir actos genocidas en el sentido del artículo II d) a través de un grave aumento de las miscas niages,  partos, partos prematados y muertes por causas prevenibles tanto en mujeres como en mujeres. 

Artículo 44. Para probar el genocidio, es necesario demostrar que uno o más de los actos enumerados en el artículo II de la Convención se llevaron a cabo con la «intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal». En la interpretación boliviana de la Convención, las acciones llevadas a cabo en las circunstancias de este caso -donde las autoridades de alto nivel de Israel han manifestado expresamente su intención de limpiar la Franja de Gaza de habitantes palestinos matándolos, causándoles graves daños, eliminando físicamente sus espacios vitales, instalaciones de salud y medios de subsistencia, y obstaculizando los esfuerzos caritativos para llevar alimentos y medicinas a la zona- implican que los actos constitutivos del actus reus de genocidio en el sentido del artículo II se cometieron con la mens rea requerida para ser caracterizados como tales. De esta manera, Bolivia busca ejercer su derecho a intervenir para elaborar su interpretación del artículo II».

En la parte conclusiva de su escrito remitido a la CIJ , Bolivia señala que:

«Artículo 61. El Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia presenta la presente Declaración de Intervención con la genuina convicción de que los Estados Partes en la Convención sobre el Genocidio deben hacer todo lo que esté a su alcance para contribuir a asegurar la prevención, represión y sanción del genocidio y, por lo tanto, para ayudar a la Corte a determinar la responsabilidad de cualquier Estado Parte en la Convención por su incumplimiento de las obligaciones contenidas en ella, especialmente en el contexto de una situación tan dramática como la que se está desarrollando en la Franja de Gaza«.

El texto de la solicitud de intervención de Bolivia (véase enlace) consta de un total de 24 páginas.

A modo de conclusión

En Costa Rica, este 7 de octubre, un grupo de profesores universitarios de la UCR publicó un comunicado conjunto (véase texto) que concluye que:

«Como expresión de este manifiesto y en solidaridad, la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Costa Rica, en la fachada principal de su edificio, exhibirá la bandera del pueblo palestino del lunes 7 al viernes 18 de octubre de 2024.«

Por parte de las autoridades costarricenses, salvo error de nuestra parte, no se circuló ningun comunicado oficial ante la tragedia indicible a la que Israel somete a la población civil palestina desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023.

Más allá de la extrañeza que causa la actitud de la diplomacia costarricense y su inacción ante la CIJ o ante la justicia penal internacional, Bolivia luego de Chile (antecedidos ambos por México, Colombia y Nicaragua) viene a confirmar nuevamente a América Latina como la región del mundo que se destaca, al estar dispuesta a recurrir a todas las herramientas legales existentes para intentar frenar el ímpetu destructor de la maquinaria  militar israelí en Gaza. Se trata de una posición también observada ante la justicia penal internacional, cuya principal jurisdicción también se ubica en La Haya (Nota 6). La misma omisión e inacción de Costa Rica ante la CPI es observada, lo cual puede plantear algunas interrogantes muy válidas. 

En lo que concierne a la CIJ, se trata de una tarea que los Estados europeos parecen no estar dispuestos a asumir, salvo dos contadas excepciones: España y Turquía. 

Cabe recordar que la solicitud de Bolivia fue precedida por la de Islas Maldivas (2 de octubre del 2024), Chile (12 de septiembre del 2024), Turquía (7 de agosto del 2024) y la de de España en julio del 2024, que tuvimos la oportunidad de analizar (Nota 7).  

Viene así a sumarse a otras solicitudes de este tipo que tuvimos la ocasión de analizar previamente, a saber las solicitudes presentadas por los siguientes Estados:  

– Palestina, que formalmente la presentó el pasado 3 de junio, basándose tanto en el Artículo 63 como en el Artículo 62 (Nota 8);

–  México (Artículo 63) que la presentó el pasado 24 de mayo del 2024 (Nota 9); 

–  Libia (véase solicitud presentada el 10 de mayo del 2024).

–  Colombia (véase solicitud del 5 de abril del 2024) y; 

–  Nicaragua, que optó por una vía mucho más difícil, al basar su solicitud de intervención en el Artículo 62 únicamente (véase solicitud de enero del 2024 en francés y en inglés) (Nota 10).

– – Notas – –

Nota 1: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito de la solicitud de intervención de Chile ante la CIJ«, 12 de septiembre del 2024. Texto disponible aquí

Nota 2: Sobre esta importante decisión de la CIJ, muy pocamente analizada en la doctrina europea pese a su enorme relevancia para la causa palestina, véase MAIA C.& POISSONIER G., «Avis de la CIJ de 2024 relatif à l’occupation du Territoire palestinien : une analyse au prisme du droit international des droits humains«, sitio especializado jurídico Actualités Droits – Libertés, 2024, edición del 7 de octubre del 2024.Texto completo disponible aquí. Véase también DUBUISSON F., «Les conséquences de l’avis de la CIJ relatif à l’occupation du Territoire palestinien«, Yaani, edición del 29 de julio del 2024. Texto disponible aquí.  Remitimos también a nuestra nota publicada en español: BOEGLIN N., «Ocupación prolongada y colonización ilegal israelí del territorio palestino: apuntes con relación a la reciente opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)», editada el mismo 19 de julio del 2024 y que recoge las manifestaciones oficiales de algunos Estados.Texto disponible aquí.

Nota 3: Resulta en efecto de interés observar que para el 3er aniversario, Estados Unidos emitió un comunicado oficial desde el Departamento de Estado (véase texto), y que para el primer aniversario se difundió este comunicado en septiembre del 2021 (véase enlace) por parte de la diplomacia de Estados Unidos. En cambio, en  este mes de septiembre del 2024, el sitio oficial del aparato diplomático de Estados Unidos es mudo sobre el tema. 

Nota 4: De manera que nuestros estimables lectores (así como nuestros queridos estudiantes) puedan juzgar por sí mismos la distancia existente entre el texto de la resolución y el comunicado costarricense justificando la abstención de Costa Rica, el contenido del comunicado de Costa Rica del 18 de septiembre se reproduce a continuación (texto integral) :

«Posición de Costa Rica sobre Resolución de la Asamblea General de la ONU sobre situación en el territorio palestino ocupado

San José, 18 de setiembre del 2024. El día de hoy fue adoptada en el seno de la Asamblea General de las Naciones Unidos una resolución basada en la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia en el caso «Consecuencias Legales derivadas de las Políticas y Prácticas de Israel en el Territorio Palestino Ocupado, incluyendo Jerusalén Este».

La citada resolución reafirma las conclusiones de la Corte, a saber, que la presencia continuada de Israel en el Territorio Palestino Ocupado constituye un acto ilícito de carácter continuo y que Israel tiene la obligación de poner fin a esta presencia ilegal, lo más rápidamente posible, instando a la Asamblea General de la ONU y al Consejo de Seguridad a considerar medidas para ayudar a poner fin a dicha situación

 Costa Rica, como país respetuoso y defensor del multilateralismo y de la Corte Internacional de Justicia, ha manifestado su apoyo y confianza en dicho Tribunal y reafirma la importancia del acatamiento de todas sus decisiones.

 En esta oportunidad, Costa Rica ha votado en abstención debido a que la resolución adoptada no se limita a la decisión de la Corte Internacional de Justicia, sino que establece medidas comerciales coercitivas que nuestro país no considera sean implementables.

Costa Rica continuará abogando por un cese al fuego inmediato, la liberación de todos los rehenes, la protección de civiles, el acceso irrestricto de ayuda humanitaria y por una solución diplomática al conflicto, donde ambos Estados y sus pueblos vivan en paz, seguridad y con los mismos derechos».

Comunicación Institucional – 357-2024 Resolución Asamblea ONU territorios ocupados – Miércoles 18 de septiembre de 2024

Añadimos el enlace al FaceBook oficial de la diplomacia costarricense con numerosas opinones indignadas de costarricenses ante la abstención de la delegación de Costa Rica en Naciones Unidas (véase enlace).

Nota 5: Véase BOEGLIN N., «América Latina ante solicitud de opinión consultiva a justicia internacional sobre la situación en Palestina: breves apuntes sobre insólito voto en contra de Costa Rica«, 31 de diciembre del 2022. Texto disponible aquí

Nota 6:  Véase BOEGLIN N., «América Latina ante el drama en Gaza: a propósito de las observaciones enviadas por Bolivia, Brasil, Chile, Colombia y México a la Corte Penal Internacional (CPI)«, 9 de agosto del 2024. Texto disponible aquí

Nota 7: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: Turquía solicita intervenir en demanda de Sudáfrica contra Israel«, 7 de agosto del 2024. Texto disponible aquí. Así como BOEGLIN N., «Gaza / Israel: algunos apuntes sobre la solicitud de intervención presentada por España ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)», 3 de julio del 2024. Texto disponible aquí

Nota 8: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: Palestina declara reconocer competencia de la CIJ y solicita intervenir«, 3 de junio del 2024. Texto disponible aquí.

Nota 9:  Véase BOEGLIN N.,«Gaza / Israel: a propósito de la solicitud de México de intervenir en la demanda de Sudáfrica contra Israel ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)«, 24 de mayo del 2024. Texto disponible aquí.

Nota 10: Véase BOEGLIN N.,  «Gaza / Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en la demanda de Sudáfrica contra Israel«, 9 de febrero del 2024. Texto disponible aquí.

Nicolas Boeglin, es Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.