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Discutiendo el ataque Anonymous

No todo vale, ni contra Sinde ni contra la SGAE

Fuentes: Jaque Perpetuo

Ha pasado una década, pero lo recuerdo como si fuese ayer. El realizador y el cámara de un documental de televisión, agazapados detrás del hombro del hacker, jaleándolo mientras apuntaban el objetivo sobre el monitor. En pocos segundos, tumbó con un SYN flood a la web protagonista del mayor pelotazo puntocom. Dos minutos después dejaba […]

Ha pasado una década, pero lo recuerdo como si fuese ayer. El realizador y el cámara de un documental de televisión, agazapados detrás del hombro del hacker, jaleándolo mientras apuntaban el objetivo sobre el monitor. En pocos segundos, tumbó con un SYN flood a la web protagonista del mayor pelotazo puntocom. Dos minutos después dejaba fuera de juego el sitio de un partido político que daba cobertura a la violencia. Fundido a negro: aquella escena nunca se emitió.

El hacker y yo aprendimos aquella noche una vieja lección: la revolución no será televisada. Con el tiempo, un gran potencial destructivo se reconvirtió, y de sus manos brotó el código que permitiría detener a innumerables delincuentes informáticos. A pesar de ello, diez años después tenemos que seguir luchando contra el tópico: el verdadero hacker no es un criminal. El verdadero hacker es un creador.

Para realizar un ataque distribuido de denegación de servicio no hay que ser ningún genio informático. Quizás pudo tener algún mérito en otro tiempo, cuando lo iniciaba una sola persona, pero en la actualidad es trivial. Es tan simple como seguir las instrucciones de la manada, que no requieren mucha ciencia: seguir al rebaño, bajar los cuernos y embestir.

Si se hace desde España, ni tan siquiera tiene la aureola mágica de la transgresión, por la sencilla razón de que no será delito hasta el 23 de diciembre. Si pueden aguantar tres párrafos de lenguaje leguleyo, se lo explicaré. El texto vigente del actual Código Penal, que data de 1995, establece en su artículo 264.2 una pena de 1 a 3 años de prisión -y multa- para los daños informáticos:

«La misma pena se impondrá al que por cualquier medio destruya, altere, inutilice o de cualquier otro modo dañe los datos, programas o documentos electrónicos ajenos contenidos en redes, soportes o sistemas informáticos.»

Obsérvese que el precepto penal exige destrucción, alteración, inutilización o daño de datos, programas o documentos. La simple paralización de un sistema informático, si no comporta un daño efectivo a sus archivos, no constituye delito en el Código actual. Y precisamente por eso, las denuncias de ataques de denegación de servicio como los sufridos por Menéame, Genbeta y Weblogs SL fueron archivadas por la jurisdicción penal.

Esta situación cambiará a partir del 23 de diciembre, cuando entre en vigor la reforma del Código Penal operada por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, que establece el siguiente redactado para el artículo 264, apartados 1 y 2:

1. El que por cualquier medio, sin autorización y de manera grave borrase, dañase, deteriorase, alterase, suprimiese, o hiciese inaccesibles datos, programas informáticos o documentos electrónicos ajenos, cuando el resultado producido fuera grave, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

2. El que por cualquier medio, sin estar autorizado y de manera grave obstaculizara o interrumpiera el funcionamiento de un sistema informático ajeno, introduciendo, transmitiendo, dañando, borrando, deteriorando, alterando, suprimiendo o haciendo inaccesibles datos informáticos, cuando el resultado producido fuera grave, será castigado, con la pena de prisión de seis meses a tres años.

Creo que la diferencia entre uno y otro artículo está clara. Interrumpir el funcionamiento de un sistema informático será delito la próxima Navidad. Pero que no lo sea ahora no quiere decir que no sea un ilícito civil, y por encima de todo, un gravísimo error ético, mediático, político y estratégico.

Tirar abajo las webs de la SGAE o del Ministerio de Cultura no es una hazaña: es una cobardía y una estupidez. Durante mucho tiempo, una lenta y tenaz labor de debate y combate -jurídico, político e ideológico- ha conseguido desgastar la imagen pública de la SGAE, en Internet y fuera de ella, hasta el punto de que muchos políticos ya no quieran retratarse al lado de Eduardo Bautista. Y de golpe, y precisamente en el momento en que se debate la Ley Sinde de censura de webs en el Parlamento, se les ofrece un inesperado balón de oxígeno: la posibilidad de aparecer como víctimas ante la clase política y la opinión pública.

Convertir a la SGAE en Trending Topic quizás no sea un acto criminal, pero es una completa gilipollez. De momento, despeja cualquier duda sobre la vertebración de la Sociedad Red, que seguirá siendo esclava de las jerarquías del pasado mientras no salga de la adolescencia. Un lumpenproletariado forero, consumista y anárquico, que puede ser manipulado al servicio del primer 18 Brumario que quiera urdir el Bonaparte de turno.

La revolución era otra cosa.

http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/jaqueperpertuo/2010/10/06/no-todo-vale-ni-contra-sinde-ni-contra.html