Recomiendo:
0

Internet también tiene memoria histórica

Rubalcaba criticó en 2002 lo que va a aprobar el gobierno socialista español: «La ambigüedad es muy peligrosa cuando habla de procedimientos excepcionales»

Fuentes: www.bufetalmeida.com

Para defender la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Pérez Rubalcaba. El señor PÉREZ RUBALCABA: Señora presidenta, señoras y señores diputados, señora ministra, subo a esta tribuna para defender la enmienda de totalidad y el texto alternativo que el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado a la ley de servicios […]

Para defender la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Pérez Rubalcaba.

El señor PÉREZ RUBALCABA: Señora presidenta, señoras y señores diputados, señora ministra, subo a esta tribuna para defender la enmienda de totalidad y el texto alternativo que el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado a la ley de servicios de la sociedad de la información y del comercio electrónico, que a su vez presentó el Gobierno en esta Cámara. (…)

En este contexto que acabo de describir, lo relevante en este debate sería preguntarnos si esta ley que el Gobierno nos trae hoy a la Cámara va a potenciar el comercio electrónico o no, y la respuesta, señora ministra, es que no. Se ha dicho ya aquí por muchos grupos parlamentarios, y no tengo más remedio que incidir. Es una ley efectivamente intervencionista; es una ley que lejos de estimular, lo que hace es poner trabas, poner inconvenientes, dificultar el trabajo de las empresas y lo que es más importante dificultar la llegada de nuevas empresas. Es una ley, señora ministra, que siembra incertidumbres jurídicas sobre el elemento central del desarrollo de la red: la libertad de información y la libertad de expresión . En ese sentido es una mala ley. Ya no es sólo, como decían las cámaras de Comercio, que había que haber hecho otras cosas en relación a los registros o a las firmas electrónicas, ya no es un problema de política de telecomunicaciones, que también, de redes, de precios, de competencia, de ordenadores, de alfabetización digital, es que además usted trae aquí una ley de comercio electrónico que no va a impulsar el comercio electrónico. Es una ley que lejos de estimular, lo que va a hacer es entorpecer y dificultar.

La segunda pregunta sería: si se trata de la trasposición de una buena Directiva, ¿por qué una buena directiva cuando se traspone al derecho interno acaba siendo una mala ley? Pues, señora ministra, porque ni el Gobierno aquí, ni usted nos han traído una ley, nos ha traído dos leyes, una que es la trasposición de una Directiva, y otra que es una ley para regular la información en la red. Son dos leyes distintas. El problema es que regular la información en la red exige inventar procedimientos, poner trabas como todo tipo de regulación. ¿Y sabe lo que pasa, señora ministra? Que esas trabas y esas dificultades que usted coloca en la ley para regular la información, para entendernos para controlar la información, acaban dificultando el desarrollo del comercio electrónico que necesita justamente todo lo contrario. Ese es el problema, señora ministra. El Colegio de Ingenieros hizo un ejercicio que me parece enormemente interesante. Midió las palabras de la Directiva y las palabras del texto de la ley del Gobierno español. La directiva tiene 5.000 y su ley 10.000. No me invento nada, es justamente el doble, dos leyes en lugar de una. Ese es el problema de fondo, una ley contamina a la otra. Si me apura es algo más grave, la ley para controlar la información en la red acaba mandando, acaba venciendo sobre la ley de comercio electrónico, y estamos realmente mucho más ante una ley para controlar la información en la red, que ante una ley para fomentar el comercio electrónico. Por cierto, usted lo sabe, la red es esencialmente información, toda ella esencialmente información de ahí que su pretensión resulte inútil y en algunos casos, como diré a continuación, peligrosa. Ese es el problema. A partir de este planteamiento se entiende que en su proyecto de ley haya trámites que no se exigen en ningún país de Europa, que en su proyecto de ley haya duplicidades de registros, que se establezca para los operadores responsabilidades que no se piden en Europa. Se entiende que haya un sistema de sanciones absolutamente desproporcionado, más pensado en recaudar que en evitar. Se entiende todo eso porque es una ley preñada por otra que a usted le importa mucho más, y es la que pretende controlar todo lo que se mueve en la red. Sólo por esto la ley merecería una enmienda a la totalidad, pero no quedan ahí las cosas. Es que además cuando usted se mete a regular la información, lo hace mal al menos por dos razones. Se han mencionado las dos aquí y voy a insistir brevísimamente en ellas. La primera, porque a nuestro juicio es verdad que el carácter formal de los artículos que regulan la información en su proyecto de ley deberían tener carácter orgánico, atendiendo a la reserva que el artículo 81.1 de la Constitución hace para el desarrollo de derechos fundamentales, y estamos evidentemente ante el desarrollo de derechos fundamentales, estamos ante el desarrollo de la información, de la opinión en la red. Le voy a recordar a usted la literalidad del artículo 20 de la Constitución, en el que se reconocen y protegen la libertad de expresar y difundir libremente las ideas y opiniones mediante la palabra, los escritos o cualquier otro medio de reproducción. Se establece el derecho a recibir y comunicar información veraz por cualquier medio de difusión, por cualquiera, también por la red, y se recoge naturalmente que el ejercicio de estos derechos no puede someterse a censura previa. Todo eso está en el artículo 20 de la Constitución y todo eso exigiría, a nuestro juicio, darle carácter orgánico y por tanto votación de totalidad, que es quizá lo que ustedes no quieren, sobre algunos artículos del proyecto de ley. Pero el problema es mayor cuando nos referimos al apartado 5 del artículo 20 de la Constitución, en el que se establece que el secuestro de grabaciones, publicaciones y otros medios de información sólo podrá acordarse en virtud de una resolución judicial. Aquí su ley tiene una peligrosísima ambigüedad. En última instancia estamos hablando de cerrar un periódico en la red, de quitar una opinión de la red, de suprimir algún tipo de dato de un registro o de un servicio; estamos hablando de suprimir información, y a nuestro juicio su ley patina en esto y patina peligrosísimamente.

Para referirse a este tema, usted habla de autoridad competente, de órgano competente, de autoridad competente en razón de la materia, de autoridad administrativa o de autoridad administrativa competente; todos esos términos están en su ley para referirse a lo mismo: a quién está capacitado para cerrar una página en Internet. La ambigüedad llega a ser enormemente peligrosa cuando usted habla de los procedimientos excepcionales, es decir de los procedimientos provisionales por los cuales -y aquí sí lo dice con claridad el texto- la autoridad administrativa puede llegar a intervenir sin ni siquiera haber iniciado la incoación del expediente. Para que queden las cosas claras, señora ministro, a juicio del Grupo Parlamentario Socialista, la capacidad de intervenir sobre le opinión y la información en la red -fíjese bien que le digo la opinión y la información en la red, no estoy hablando de las transacciones económicas- esa capacidad para intervenir de acuerdo con nuestra Constitución sólo corresponde a la autoridad judicial, y eso tiene que quedar extraordinariamente claro.

A continuación digo que nadie se llame a engaño; no puede haber interpretaciones malévolas -o no quiero que las haya- según las cuales alguien pueda decir que mi grupo parlamentario no está por luchar contra los delitos en la red fuera del ámbito estrictamente económico. No, en absoluto, todo lo contrario; lo que pasa es que queremos que se haga con la Constitución y las leyes en la mano. ¿Que en una página de Internet aparecen informaciones que atentan a la dignidad de las personas? Que actúen la policía y los jueces, y se cierre la página. ¿Que algún desaprensivo, algún delincuente o algún miserable comercia en la red con prostitución infantil? Que actúen los jueces, y manden a los responsables a la cárcel. Pero todo eso, señora ministra, tiene que hacerse respetando la Constitución y las leyes. Dicho de otra manera, para que nos entendamos usted y yo -el Grupo Popular y el Grupo Socialista-, no queremos que bajo el pretexto de intervenir contra delitos en la red que hay que perseguir, la autoridad administrativa -léase, el Ministerio de Ciencia y Tecnología- pueda cerrar una página web simplemente porque haya opiniones o informaciones que no le gustan al Gobierno; eso es lo que no queremos, y eso en el texto, señora ministra, no queda claro.

Somos conscientes de que es una ley urgente, y somos sensibles a que los sectores que trabajan en el comercio electrónico quieren que exista una ley. Por eso frente a las dos posibilidades que teníamos, la de hacer una enmienda a la totalidad con rechazo del texto sin más, o la misma enmienda haciendo un texto alternativo hemos elegido hacer lo segundo porque nos parece que es contribuir a resolver el problema de manera más eficaz. Hemos hecho un texto alternativo; texto alternativo que a tenor de lo que vengo diciendo ya se pueden imaginar que no es sino la pura reproducción de la Directiva; en definitiva una ley de comercio electrónico, una verdadera trasposición de una directiva que nos parece esencialmente buena. En nuestro texto alternativo restringimos el ámbito de aplicación de la ley respecto al del suyo; por ejemplo, nuestro texto no se aplicaría a las páginas web ni a los servicios de transferencia de ficheros. En la misma lógica se inscribe que reforcemos la seguridad jurídica de las transacciones, limitando el papel de la autoridad administrativa a aquellas cosas que legalmente tiene encomendadas y reforzando por tanto el de la autoridad judicial; que adaptemos el régimen de responsabilidad de los prestadores a lo que dice la Directiva al derecho comunitario, sin perjuicio, por supuesto, de los usuarios; que armonicemos el régimen sancionador con el que existe en Europa; y finalmente que simplifiquemos algunas cuestiones que el Gobierno introduce a nuestro juicio innecesariamente en el proyecto de ley y que van a entorpecer el desarrollo del comercio electrónico, llegando en algunos casos incluso a suprimir obligaciones adicionales que a nuestro modo de ver no son necesarias.

Termino ya, señora presidenta, señoras y señores diputados, señora ministra, y lo quiero hacer mencionando algunos ejemplos que son infinitamente más valiosos que muchos de los argumentos que pueda exponer yo aquí. Supongo que muchos de ustedes habrán recibido estos días correos electrónicos de muchos internautas preocupados por la tramitación de este texto de ley. Yo he recibido uno que me llamó la atención, y que me plantea algunas preguntas que me voy a permitir referir a ustedes esta mañana, porque la pregunta -y sobre todo la respuesta- dice mucho más de su proyecto de ley que todo lo que acabo de mencionar. El ciudadano que se preocupa por el texto que vamos a emplear, me pregunta: Si ustedes aprueban la ley -la ley en los términos que usted la manda-, ¿se convertirá en ilegal por el mero hecho de tener un banner publicitario la página web que mantenemos mis hermanos y yo? La respuesta es: sí, casi con toda seguridad.

Añade a continuación: ¿Y nos pueden multar si no la registramos y cumplimos todos los trámites necesarios? Una vez más tengo que contestarle que sí, que le pueden multar. Y añade: ¿Es verdad que esa multa puede llegar a muchos millones de pesetas. Ahí podríamos matizar: algunos millones de pesetas -lo de los euros a veces conduce a esos errores-; multipliquen por 160 y verán cómo salen millones. Y añade el internauta: ¿Sin que se haga un juicio, siquiera pequeñito, antes de condenarnos? La respuesta es: sí, puede suceder eso. Y dice a continuación: ¿Si desde nuestra página web convocamos una manifestación, por ejemplo, para pedir más viviendas sociales, nos pueden censurar o cerrar la página? Sí, también se puede hacer, señora ministra. Y dice una cosa más: ¿La empresa que aloja nuestra web puede cerrarla sin más porque considere que incumple la LSSI? También, señora ministra, todo esto se puede hacer. Así podríamos seguir. Acaba haciendo una pregunta que no me corresponde responder a mí: ¿Por qué el proyecto establece este concepto de prestador de servicios de la sociedad de la información tan amplio que todo el mundo ha rechazado? Es una excelente pregunta para usted, señora ministra; yo no lo entiendo si no es por el afán de controlar la red.

Termino ya reclamando el voto para nuestra propuesta, anunciando nuestra predisposición favorable y nuestro voto favorable a las enmiendas de devolución, también a la enmienda de texto alternativo de Izquierda Unida y diciendo que ¡ojalá! se apruebe nuestro texto. Si no se aprueba, me gustaría que a lo largo de la tramitación parlamentaria pudiéramos acercar posiciones. Me gustaría, en resumen, que podamos convertir la ley de servicios de sociedad de la información y comercio electrónico en una ley de comercio electrónico pura y sencillamente. Creo que haríamos un gran servicio a la libertad de expresión, y por supuesto al desarrollo del comercio electrónico en España.

Muchas gracias. (Aplausos.)

La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Pérez Rubalcaba.

Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados, Sesión plenaria núm. 146, celebrada el jueves, 11 de abril de 2002

Fuente: http://www.bufetalmeida.com/563/internet-tambien-tiene-memoria-historica.html