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Sentencia de Suprema Corte de Justicia abre brecha en los derechos reproductivos de América Latina

Fuentes: SEMlac

Las dos sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México sobre derechos reproductivos, la inconstitucionalidad absoluta del aborto en Coahuila y la protección de la vida desde la concepción en Sinaloa sientan precedentes no solo en México, sino en América Latina, consideró la organización Human Rights Watch.

La organización internacional, en un comunicado, coloca a México junto con Argentina y Uruguay como los países con una tendencia hacia la ampliación del acceso al aborto legal, que abren brecha entre sus reglamentaciones y sus obligaciones internacionales de derechos humanos, como resultado de los movimientos coordinados de las feministas, conocidos como la «Marea Verde» en México.

Precisa que la «Ola Verde», como se conoce en América Latina al movimiento feminista que promueve la regulación del aborto, ha propiciado que el debate se centre en los derechos de la mujer y no en la facultad de los estados para despenalizar el aborto.

Resalta el documento de la organización internacional que prevaleció el derecho de las mujeres y personas gestantes, en ambas sentencias.

En un momento en que en muchas regiones del mundo, como Afganistán y Texas, se producen retrocesos alarmantes para los derechos de las mujeres, la Corte en México envía un mensaje decisivo sobre el papel de ellas en la regulación del aborto y muestra con contundencia el impacto de incorporar la perspectiva de género en las decisiones judiciales que competen a las mujeres, en opinión de Ximena Casas, investigadora de Human Rights Watch.

La Suprema Corte invalida la sección del Código Penal de Coahuila que castiga con uno a tres años de cárcel el aborto practicado con consentimiento y exige que los jueces locales y federales se atengan al razonamiento de la corte cuando tengan que decidir sobre casos relacionados con aborto.

Es un mensaje claro a los estados donde se penaliza esta práctica, que deben reformar sus leyes de conformidad con la protección constitucional del derecho a las mujeres a tomar decisiones personales, como quedar embarazadas o tener hijos.

Respecto a la primera sentencia precisa que se dicta en el contexto de un recurso planteado por la Procuraduría General de la República de México en noviembre de 2017 contra varias disposiciones del Código Penal de Coahuila, con el argumento de que resultaban violatorias de la autonomía y la libertad reproductiva de las mujeres al impedir el aborto durante el primer trimestre del embarazo.

Considera a Coahuila como el quinto estado donde se elimina la penalización del aborto como son la Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

Respecto a la segunda sentencia respondió a un recurso que plantearon, en el año 2018, miembros del Congreso de Sinaloa y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra una enmienda a la Constitución de ese estado que había establecido la protección del derecho a la vida desde el momento de la Concepción.

Las investigaciones de Human Rights Watch indican que la penalización del aborto empuja a que las personas recurran a procedimientos inseguros que ponen en riesgo la salud y la vida, y profundiza la desigualdad y la discriminación.

En México, las estadísticas revelan que un número desproporcionado de mujeres que enfrentan cargos penales por abortos, están en situación de pobreza y, en muchos casos, pertenecen a comunidades indígenas, lo que coincide con los hallazgos de Human Rights Watch en otros países.

El comunicado de la organización internacional dado a conocer por GIRE, la organización de derechos reproductivos mexicana, coincide en que las mujeres acusadas por abortos durante las investigaciones sufren violaciones al secreto profesional, al debido proceso, y les resulta difícil obtener representación legal como ocurre en otros países.