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Neutralizando la Burocracia venezolana con Tecnología

Una ley para un servicio público transparente con apoyo informático

Fuentes: Rebelión

La informática es quizás la última apuesta que le queda a la Revolución en su lucha contra la Burocracia. Revolución versus Burocracia no es la única pelea pendiente. Pero es una batalla clave, hecho que se puede apreciar si se revisa el impacto de la ineficiencia del gobierno en la opinión pública. Esta tecnología es […]

La informática es quizás la última apuesta que le queda a la Revolución en su lucha contra la Burocracia. Revolución versus Burocracia no es la única pelea pendiente. Pero es una batalla clave, hecho que se puede apreciar si se revisa el impacto de la ineficiencia del gobierno en la opinión pública. Esta tecnología es el último recurso porque un gobierno obrerista, que favorece la afiliación sindical y que protege a los trabajadores no puede recurrir fácilmente al látigo discrecional del gerente para despedir de un plumazo a los ineficientes. El único recurso factible es una memoria perfecta de los procesos y logros humanos, cosa que solo es posible en estos tiempos de complejidad organizacional si se cuenta con regímenes de control automatizado.

En ese contexto, es una excelente noticia que la Asamblea Nacional venezolana retome el proyecto de legislar en favor del llamado gobierno electrónico. La visión que plantea la segunda propuesta de ley para regular el uso y desarrollo de tecnologías de la información en las instituciones del gobierno y que cursa por el parlamento venezolano, es, de hecho, mucho más amplia: servicios públicos con apoyo tecnológico que los haga eficaces, eficientes y transparentes.

La propuesta fue aprobada en primera discusión y ha venido siendo discutida en asambleas en el resto del país. Existe inclusive un par de foros electrónicos dedicados a recoger opiniones y correcciones (ver https://redpatria.org.ve/infogobierno/ )

En defensa del servicio público

Esta propuesta es un avance extraordinario respecto a la primera [1]. Queda explícitamente reflejada la intención del legislador de favorecer el uso de la tecnologías de la información, no como un bien en sí mismo, sino para mejorar y extender el servicio público. El concepto es fundamental para el auténtico empoderamiento del poder popular y ya era hora de que las leyes venezolanas dieran cuenta de la increíbles posibilidades para resolver problemas que ofrecen las tecnologías de información libres y que, por tanto, podemos usar para resolverlos soberanamente.

Uno no puede menos que conmoverse antes la posibilidad de que sea abolida esa odiosa costumbre de exigir sellos húmedos sobre documentos en papel para cualquier trámite oficial (artículo 27 de la propuesta). El viejo fetiche de la firma y las tres copias se transformó en el fetiche del sello húmedo. Esta ley los abolirá.

Pero

La aventajada propuesta no supera errores que ha cometido antes el gobierno bolivariano en sus políticas informáticas. Particularmente relevante al respecto es el decreto 3390 dictado por el Comandante Chávez, un legado visionario y toda una bendición para la Comunidad de Software Libre, sin duda. Sin embargo, hubo allí dos errores estratégicos.

El primer error, que persistiría si fuese aprobada esta propuesta de ley, es decretar el software libre (o la «tecnología de información libre», como dice la propuesta) como prioritario y no como obligatorio para todo funcionario público.

Es un error comprensible. Creo que nuestra comunidad tecnológica libre ha fallado al explicar el porqué o el cómo se justifica la obligatoriedad de una forma tecnológica. En el marco habitual de la neutralidad tecnológica malentendida, tal obligación parecería una imposición dictatorial, impresión que trató de explotar el anterior jefe opositor de la comisión parlamentaria, con fines inconfesables.

Pero dictatorial no es. El funcionario a quien corresponda seleccionar alguna pieza de tecnología de la información para apoyar el servicio público que presta debe seleccionar la libre simplemente porque es la menos restrictiva para los usuarios y los demás empleados públicos involucrados o en vías de involucrarse en el servicio. La tecnología libre y el software libre en particular, otorga más derechos a los usuarios y a todos los involucrados, que cualquier tecnología cerrada.

Si un funcionario selecciona una pieza de software privativo, por ejemplo, para automatizar su servicio, está cediendo, en mayor o menor medida, el know-how fundamental del servicio a un interés privado, dejando a usuarios, funcionarios y a otros proveedores sin ninguna posibilidad de conocer, mejorar y compartir ese conocimiento entre ellos y con todo el país, como demanda el derecho público si el financiamiento proviene de fondos públicos.

Si, como usuario, queda uno obligado a adquirir cierto software cerrado o a pagar sus licencias recurrentes para acceder a un servicio (como la entrega de un documento electrónico en cierto formato), el funcionario que previamente tomó esa decisión impide a uno ejercer un derecho y lo condena a pagar un impuesto al dueño de ese software cerrado que se ve obligado a adquirir.

De manera que tiene que quedar fuera del ámbito discrecional de los funcionarios tomar una decisión como esa. La ley debe establecer categóricamente el uso exclusivo de las tecnologías libres como el objetivo superior de ese tipo de desarrollos por parte y en beneficio del estado venezolano.

Habrá excepciones a la obligatoriedad de la tecnología libre? Seguramente. Ninguna ley puede prever todas las circunstancias y eventualidades, especialmente en un espacio de conflicto global como son las tecnologías. Debe haber previsiones, como de hecho ya las muestra la propuesta, para autorizar la adquisición excepcional de tecnología no libre. Y así han de mantenerse, como excepciones que deben ser y deben estar bien definidas y sopesadas contra el interés público nacional.

El segundo error del decreto 3390 fue el énfasis puesto en los procesos de migración. Incluso se fijó un plazo de dos años que, desde luego, casi nadie cumplió. Reconstruir toda la plataforma informática de un país es un proceso muy complejo y lleno de trampas si se le forza.

El énfasis de una legislación en favor de la tecnología libre tendría que estar en la liberación de las contribuciones nacionales. Liberar y compartir, antes que migrar. En este país se hace software de servicio público de gran calidad: El sistema del pago de los impuestos ante el SENIAT, los trámites del SAIME y, desde luego, las plataformas tecnológicas de las empresas públicas como PDVSA y CANTV tienen mucho que ofrecer. Seguramente allí saltarán las excepciones. Pero aún con excepciones, se pueden identificar contribuciones significativas que harían que un gigante tecnológico como PDVSA se convierta en un ejemplo de referencia, no solo nacional, sino mundial al compartir soluciones informáticas a problemas horizontales (es decir, comunes) con muchas otras organizaciones (como la llamada ofimática). ¿ Y qué pasa si lo que se libera depende de tecnología privativa? Pues allí se enfocaría el esfuerzo de migración, seguramente con un considerable ahorro en el desarrollo así focalizado.

¿Poder Público vs Poder Popular?

La propuesta presenta, además, otras debilidades. Una muy importante es esa aparente disyuntiva entre poder público, refiriéndose al Estado central, versus el poder popular, para referirse a las organizaciones comunitarias. Eso es un serio error. La separación entre el poder central y el poder comunal, incluso para efectos tan puntuales como los de esta ley, equivaldría a un desempoderamiento del poder popular que lo condenaría a una permanente insuficiencia para resolver problemas como la burocracia. El poder popular es el poder del Estado como bien lo indican en sus nombres todos los ministerios del gobierno revolucionario al llamarse cada cual «Ministerio del Poder Popular para…».

Esta disyuntiva es, además, una previsión innecesaria, puesto que la ley pretende un ejercicio de estandarización tecnológica para todo el Estado, no solo para algunas organizaciones del poder central.

Con todo y lo serio del error, no parece muy difícil de enmendar.

Definiciones

Finalmente, están los errores de la letra y el palabreo. La definición de software libre está defectuosa. Tal como está escrita podría justificar una licencia no libre a perpetuidad («las mismas condiciones de licenciamiento acordadas en el programa original»). Si se desea apelar al izquierdo de copia, se lo debe hacer con claridad y con conciencia de sus implicaciones prácticas [2].

Por otro lado, no hay mención alguna acerca de contenidos o datos abiertos, con lo cual se excluye del alcance de la ley aquellas contribuciones como libros, artículos, manuales y bases de datos que deberían ser compartidos también en condiciones de libertad, si son financiados con dinero público.

Esto último es también un concepto crucial. Como bien señala ya la propuesta, el objetivo es el servicio público eficaz y eficiente. No es la tecnología, por muy libre que sea, por sí misma la justificación de la ley.

Pero un servicio eficaz y eficiente (y también sostenible y solidario) es un servicio transparente. Abierto. Que puede ser auditado. Cuyo diseño contempla sus propios mecanismos efectivos para la contraloria, que tiene que ser social si es un servicio público, pero que se torna imposible de realizar sin el concurso y el apoyo de los conocedores de la tecnología. La experiencia, además, indica que un servicio abierto, auditado realmente por una gran comunidad, tiende a ser mucho más seguro.

En conclusión, esta ley del infogobierno debe enfatizar su compromiso, no solo con la tecnología de información libre, sino con todos los procesos de acceso libre al conocimiento, acceso abierto y contraloría social, cuidando de empoderar realmente a los usuarios de las instituciones para que estos alcancen a convertirse en defensores del bien público frente a la burocracia, entre otros enemigos de hecho y de oficio.

El autor agradece a los profesores Maria Elena García, Melva Márquez y Jhon Amaya por sus generosas observaciones y correcciones.

Referencias:

[1] Dávila, J. (2006) El Espíritu de la Ley de Tecnologías de la Información http://www.rebelion.org/noticia.php?id=31966

[2] Dávila, J. (2009) La lógica política del Software Libre. http://webdelprofesor.ula.ve/ingenieria/jacinto/libros/logica-politica-del-software-libre-v-2009-sep-7.pdf

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.