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Del Software Libre al Software Socialista

Fuentes: Aporrea

Software y el derecho de autor. Los programas de computación o software, según la legislación venezolana, son obras del ingenio1 en consecuencia regulados por la Ley sobre el Derecho de Autor, entendiéndose por programa de computación: «a la expresión en cualquier modo, lenguaje, notación o código, de un conjunto de instrucciones cuyo propósito es que […]

Software y el derecho de autor.

Los programas de computación o software, según la legislación venezolana, son obras del ingenio1 en consecuencia regulados por la Ley sobre el Derecho de Autor, entendiéndose por programa de computación: «a la expresión en cualquier modo, lenguaje, notación o código, de un conjunto de instrucciones cuyo propósito es que un computador lleve a cabo una tarea o una función determinada, cualquiera que sea su forma de expresarse o el soporte material en que se haya realizado la fijación…«2. Como cualquier obra del intelecto, el derecho sobre la misma es innato, nace desde el momento de la creación y es reconocido sin la necesidad de someter la obra al cumplimiento de ninguna formalidad, en otras palabras, no requiere ser registrada ni sometida a la consideración del Estado.

Los programas de computación pueden agruparse principalmente en las siguientes categorías: sistemas operativos, aplicaciones y lenguajes de programación. El sistema operativo es un programa esencial que controla el computador; maneja los dispositivos del equipo, gestiona los archivos y controla los procesos que permiten al usuario comunicarse con el computador. Sin el sistema operativo un computador no podría funcionar. Las aplicaciones son programas diseñados para facilitar al usuario la realización de un determinado tipo de trabajo. Son ejemplos de aplicaciones los procesadores de palabras, hojas de cálculo, manejadores de bases de datos, graficadores, juegos, etc. Un lenguaje de programación es un programa capaz de interpretar una secuencia de instrucciones y traducirlas a un código que comprende el microprocesador. Usando un lenguaje de programación se realzan los sistemas operativos y las aplicaciones.

Es el autor3 el poseedor original de los derechos y es quién da el consentimiento para su uso, reproducción, distribución, adaptación, traducción o inclusive la transformación con la finalidad de obtener una nueva obra derivada4. En términos generales lo anterior es válido también en el derecho anglosajón que cotidianamente conocemos como copyright.

Las patentes de software son reguladas por la legislación en propiedad industrial y no por el derecho de autor o copyright. La legislación venezolana, prohíbe el otorgamiento de patentes sobre el software, no así la de los Estados Unidos, Australia, Japón y Corea. Aunque en Europa el software, en sí mismo, está excluido del ámbito de las patentes, la Oficina Europea de Patentes utiliza un artificio para aceptar patentes de software cuando este se encuentra asociado a otra invención5. Es importante recordar que las patentes son instrumentos aún más restrictivos ya que impiden a terceros el uso de un determinado elemento (objeto), rutina o algoritmo en un nuevo programa o su codificación en algún otro lenguaje sin la autorización o pago de una regalía o royalty al titular6 de la patente.

Ahora bien, el uso del software de propiedad privada o privativo7 se autoriza a través de un contrato entre las partes o mejor conocido como licencia, mediante la cual se establece o «impone» las condiciones de uso a cambio de un pago, o no, de un monto.

Las limitaciones que generalmente establecen las licencias del software privativo son las siguientes: a) se restringe el uso del programa para ser instalado en un solo computador o en un número determinado de computadores, este no puede ser colocado en todos los computadores que desee el licenciado, inclusive muchas licencia limitan el número de usuarios que pueden ejecutar simultáneamente un mismo programa; b) no puede ser reproducido el programa ni distribuido; c) no puede ser transferida, revendida, cedida, sublicenciada, alquilada, arrendada, prestada, regalada o donada la licencia; d) el programa no puede ser modificado, se prohíbe derivar el código fuente y no se puede utilizar técnicas de ingeniería inversa, descompilar ni desensamblar el contenido del programa; e) se prohíbe el uso del programa en algunos países que tienen diferencias políticas con los Estados Unidos como Cuba e Irán. f) Las licencias de uso de la documentación impresa se limita a la formación personal de un solo usuario; g) no permiten la impresión parcial o total de la documentación electrónica; h) no permiten volver a publicar, ni exponer, emitir o transmitir los documentos a otras personas o por una red8.

La criminalización a través de la «piratería».

La industria del software, en auge durante los años ochenta, al tiempo que promovieron en el mundo reformas a las legislaciones y tratados internacionales que le confieren más derechos y elevaron el proteccionismo, consintieron la comercialización de copias no autorizadas9 al no accionar judicialmente contra quienes las hacían. En general, las empresas no tomaron medidas tecnológicas para evitar la copia y aquellas que lo hicieron, sus productos simplemente desaparecieron del mercado. A sabiendas que la mayoría de las personas del mundo no pueden pagar los altos precios de las licencias, las empresas del software, inicialmente, adoptaron una conducta permisiva frente a la práctica del copiado, inclusive se aprovecharon del comercio informal (buhonería), quienes invirtieron sus propios recursos en equipos de reproducción, insumo y personal, para finalmente difundir eficiente e instantáneamente el software de las corporaciones.

En la década de los noventa, una vez generalizado el uso del software y generada la dependencia, la industria adoptó una estrategia para obligar, a quienes tenían el poder adquisitivo, a pagar por las licencias. La BSA (Business Software Alliance), organización de la industria informática, inició una cruzada para coaccionar judicialmente a un número de empresas grandes y bancos que aún operaban con copias no autorizadas, con la único propósito que estos adquieran las licencias, acompañado de una fuerte campaña publicitaria de amedrentamiento, lograron en Venezuela «poner a derecho» a este sector. Simultáneamente iniciaron un lobby, con gran éxito, en las instituciones estatales para vender las licencias. Solo quedaban las pequeñas y medianas empresas (PyME’s), incluyendo las del sector comercio, y personas en sus hogares usando software sin licenciamiento.

La BSA y Microsoft intentaron sin éxito impulsar en Venezuela, en el año 2002, una Ley parecida a la Ley colombiana 603 de 200010, la cual es una estrategia «malvadamente ingeniosa», por la cual se modifica el artículo 47 de la Ley 222 de 199511 que a su vez modifica el Libro II del Código de Comercio, agregando que las Sociedades en su informe de gestión, para fines de la declaración del impuesto, deberá incluir una exposición fiel del estado de cumplimiento de las normas sobre propiedad intelectual y derechos de autor. Así también, dice en su artículo 2 que: «Las autoridades tributarias colombianas podrán verificar el estado de cumplimiento de las normas sobre derechos de autor por parte de las sociedades para impedir que, a través de su violación, también se evadan tributos.» Estas disposiciones no afectan a las personas naturales sino a las jurídicas, quienes podrían tener el poder adquisitivo para obtener las licencias. Convierte un derecho de acción privada en un delito fiscal, de acción pública, es así que el Estado debe actuar de oficio para sancionar y los fiscales de la hacienda pública se convierten en los mejores vendedores de software mientras verifican la declaración hecha bajo juramento.

Hurgando en la historia

MULTICS (Multiplexed Information and Computing Service) fue un sistema operativo multiusuario desarrollado en 1964 por investigadores del MIT (Massachussets Institute of Technology) en cooperación con los Laboratorios Bell y General Electric. Luego en 1969 dos investigadores Ken Thompson y Dennis Ritchie, crearon el núcleo (kernel) de un sistema operativo llamado Unics, por ironía con el MULTICS, que posteriormente pasó a denominarse Unix.

Thompson, desde 1976, junto con un grupo de estudiantes de la Universidad de Berkeley y la comunidad de usuarios de Unix, mejoraron el núcleo (kernel) y elaboraron un conjunto de herramientas y utilidades al que llamaron Berkeley Software Distribution (BSD).

En 1979, la agencia de investigación del Pentágono DARPA (Defense Advanced Research Projects Agency) decidió utilizar Unix en sus redes de computadores del proyecto Arpanet, precursor de Internet.

La ATT, separada de Laboratorios Bell, restringió el uso de su licencia a una sola universidad (Berkeley) y únicamente para usos vinculados a docencia e investigación, asimismo inició una serie de litigios para restringir la difusión libre de BSD y de Unix en general.

Richard Stallman, junto a un grupo de programadores del laboratorio de inteligencia artificial del MIT, por razones éticas y para enfrentar las restricciones e imposiciones de las empresas productoras de software, llegando al extremo de solicitar la firma de acuerdos de confidencialidad para enseñar un programa, en 1984, desarrollaron un sistema operativo compatible con Unix que llamaron GNU, un acrónimo recursivo que significa «GNU No es Unix». Con este sistema operativo, a pesar que poseía un kernel deficiente, se inicia el Movimiento del Software Libre (Free Software) liderado por la Free Software Foundation (FSF).

Stallman, crea la licencia GPL (General Public License o licencia pública general) para el GNU ya que el software libre, como toda obra del intelecto es regulada por el derecho de autor o el copyrigth, donde el autor o la autora a través de cláusulas establece el permiso12 para:

  1. Ejecutar el programa sin restricciones.

  2. Copiar y redistribuir copias literales del código fuente o del programa.

  3. Adaptar o modificar el programa, es decir, crear obras derivadas (nuevas versiones).

  4. Distribuir las nuevas versiones bajo las condiciones de la misma licencia.

Linus Torvalds, un finlandés, desarrolló un kernel compatible con Unix y lo llamó Linux. En el año 1992, la combinación de Linux con el sistema GNU, bajó a la licencia GPL, dio como resultado un sistema operativo libre denominado GNU/Linux.

Hoy día, existen muchas distribuciones de sistemas operativos basadas en Linux, entre las más conocidas se encuentran: Debian, Ubuntu, Knoppix, Gentoo, Ututo, Fedora, Mandriva, SuSE, Red Hat, etc.

Corporaciones como IBM, HP, Sun Micro System, Novell, Siemens, entre otras se inscribieron en esta modalidad. Junto con el grupo de investigación de Berkeley (BSD) crearon una nueva corriente o iniciativa, con fines comerciales, la del «Open Source» (código abierto o fuente abierta) y la diferenciaron del «Free Software» a través de sus licencias.

Según Stallman: «una serie de empresas asociadas con el término «código abierto» basan su mercado en el software no libre que funciona con software libre. No son empresas de software libre, su software es propietario, y con sus productos pretenden tentar a los usuarios y despojarles de su libertad. Se las conoce como empresas de «valor añadido», lo que refleja los valores que querrían que adoptásemos: la comodidad antes que la libertad. Si valoramos la libertad, deberíamos hablar de productos de «libertad sustraída»«

Caracterizando el Software libre

Es importante aclarar que el software libre (free software) se caracteriza por el tipo de licencia que usa y no necesariamente es gratuito, existen software privativos que son gratuitos (freeware13). El software libre para cumplir con la licencia debe revelar el código fuente pero no todo software que enseña el código es libre, el software bajo licencias «open source» permite el acceso al código y no es libre.

Es de notar que tanto el Movimiento del Software Libre como la Iniciativa Open Source no son contrarios a la legislación del derecho de autor o copyright, no se oponen al status quo, todo lo contrario lo utilizan, aunque lo critiquen. Se diferencian del software privativo solo en las características de las licencias que otorgan, solo en una capa superficial de derecho.

Dice Lawrence Lessig, profesor de derecho de la Universidad de Standford, en la introducción del libro, «Software libre para una sociedad libre» de Richard Stallman, lo siguiente: «El mecanismo para este fin es un instrumento extraordinariamente inteligente llamado «copyleft» que se implementa a través de una licencia llamada GPL. Usando el poder del copyright, el «software libre» no sólo asegura que permanece abierto y susceptible de modificación, sino también que otro software que incorpore y use «software libre» -y que técnicamente se convierta en «obra derivada»-debe también, a su vez, ser libre. Si uno usa y adapta un programa de software libre y distribuye públicamente esa versión adaptada, la versión distribuida debe ser tan libre como la versión de la que procede. Debe hacerse así, de lo contrario se estará infringiendo el copyright.14» Stallman dice en el mismo libro: «Copyleft utiliza la ley de copyright, pero dándole la vuelta para servir a un propósito opuesto al habitual: en lugar de privatizar el software, ayuda a preservarlo como software libre.15«

El copyleft no está a la izquierda del copyright, sino que descansa sobre él, lo cual lo hace vulnerable y dependiente. Sin embargo, la aplicación de las licencias GPL al software, simula una «suerte de propiedad colectiva16» sobre el mismo, en consecuencia un modelo de desarrollo colaborativo, «creando un fondo común al que cada cual pueda añadir, pero del que nadie pueda restar«17, el cual ha hecho que el software libre evolucione a velocidad exponencial y se convierta en una herramienta sumamente poderosa. Son miles y hasta millones las personas que realizan aportes al software libre, cada quien toma algo de lo que está hecho y lo eleva un escalón.

Las ventajas del software libre, desde el punto de vista tecnológico, lo han convertido en un estándar dentro de la industria. No solo por su alta calidad de programación intrínseca sino por la independencia y la seguridad que brinda. Otro aspecto importante es su economía; la sociedad paga una sola vez por el trabajo, ya sea un producto o un servicio. En cambio, la industria del software privativo, cobra la «hora hombre» miles y hasta millones de veces por un «bien público»18 que no se elimina cuando se consume o un servicio que se presta por única vez.

Existe diferentes modos de financiación, tanto en la creación como las mejoras, del software libre: el altruismo de los hackers y usuarios, las universidades, empresas privadas o estatales y gobiernos nacionales o locales, estos últimos han invertido fuertes sumas. Muchas empresas venden distribuciones o bien consultorías, formación, certificaciones o servicios basados en el conocimiento de un producto. Hay empresas que permiten a sus trabajadores colaborar a tiempo parcial. A través también de donaciones a Fundaciones sin fines de lucro.

Para diciembre de 2006, el 60,32 % de servidores web en Internet utilizan Apache, un software libre, mientras Microsoft ocupa el 31,04%19. Google, el buscador más utilizado en Internet fue construido sobre Linux20. El navegador libre FireFox fue considerado en 2004 la innovación más importante y para julio de 2006, se estima que el 12% de consultas a páginas web se realizan con Firefox, América Latina 10,4%, Estados Unidos 15,9%, encabezando Finlandia la lista con un 37%21. Según un estudio realizado por la IDC22, que consultó a más de 5 mil desarrolladores de 116 países a principios de 2006, concluyó que el 71 por ciento de los desarrolladores usan software libre y de código abierto y el 54 por ciento de sus organizaciones lo producen.

Para la fecha puede consultarse la Enciclopedia Libre Wikipedia23 y el documento, elaborado por Marcelo Baldi, «Software Libre en los Estados del mundo»24 acerca de los países donde los gobiernos han apoyado al software libre y de código abierto. Encontramos que en América Latina hay un gran avance en Argentina, donde se apoyó activamente el desarrollo no sólo de Linux, sino del software libre en general, a través del portal SoftwareLibre.gov.ar a nivel central y desde las provincias. Brasil, su gobierno fue el primer Ejecutivo a escala mundial en llevar a cabo un despliegue masivo de software libre en la administración pública.

Venezuela, el presidente Chávez decretó el uso prioritario del software libre en toda la administración pública, incluyendo ministerios y oficinas gubernamentales y se está fomentando la investigación y el desarrollo de software libre, Decreto 3390. En el año 2002 el Ministerio de Planificación y Desarrollo introdujo el concepto de software libre en el Estado a través de un Plan de Modernización. Seguidamente el Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI) se convirtió en la primera oficina de propiedad intelectual del mundo que promovía el software libre como estrategia para combatir el uso de software propietario en copias no autorizadas. El Ministerio de Ciencia y Tecnología desplegó una cruzada que incluye la creación de academias, un Centro Nacional de Desarrollo e Investigación en Tecnologías Libres (Cenditel) e Infocentros. El Ministerio de Educación puso en funcionamiento un plan agresivo de migración de su plataforma e introduce el software libre en la enseñanza. La compañía petrolera estatal PDVSA inició la migración al software libre, luego del sabotaje realizado al cerebro informático de la industria en diciembre de 2002, La empresa de telecomunicaciones estatal CVG-Telecom, actualmente está instalando toda su plataforma tecnológica sobre software libre. La fábrica estatal de computadores (convenio China-Venezuela) Venezolana de Industria Tecnológica (VIT) suple a la administración pública computadoras solo con software libre.

Otros países donde el software libre ha recibido apoyo parcial del gobierno central o desde los gobiernos locales: Chile, Cuba, México, República Dominicana, Uruguay, China, India, Sudáfrica, Alemania, Portugal, Noruega, Reino Unido, Taiwan, Finlandia, Corea y Bélgica. En España, distintos gobiernos regionales están desarrollando sus propias distribuciones no sólo para uso administrativo sino también académico. Extremadura, Andalucía, Las Comunidades de: Valencia, Castilla-La Mancha, Madrid y Galicia, por ahora. Todas estas distribuciones tienen en común el hecho de estar basadas en Debian. En Francia, la Asamblea Nacional decidió a finales de noviembre de 2006 migrar sus sistemas una distribución basada en GNU/Linux.

En los siguientes organismos gubernamentales de los EEUU se ejecutan proyectos de software libre o de código abierto: Corte Judicial, Oficina del Censo, DARPA (Agencia de Investigación de Proyectos Avanzados de Defensa), DISA (Agencia de Sistemas de la Información de la Defensa), NASA (Agencia Nacional Espacial y Aeronáutica), NRL (Laboratorio de Investigación de la Naval), NSA (Agencia Nacional de Seguridad), Departamento de Información del Estado de Texas y el Ayuntamiento de Largo City, Florida.

Ideología del Software Libre.

El Software libre no es un fin en si mismo, es un medio, una herramienta tecnológica, por tanto la ideología asociada al mismo viene dada por el modo de su producción o su uso. Un pantalón Blue Jeans, en si mismo, es igual así este sea producido por una cooperativa o una maquila. En una se distribuye más democráticamente la riqueza y en la otra las relaciones de producción rayan en la esclavitud. La AK-47 (Kalashnikov), aunque el fusil automático fue inventado, según su diseñador, para ayudar a defender las fronteras de su patria (legitima defensa) es empleado indeseablemente en conflictos interétnicos. En el último caso la culpa no es del arma ni de quien la creó.

Tenemos que evaluar la ideología de quienes producen y usan el software libre. Entre ellos tenemos al movimiento del software libre liderado por la Free Software Foundation, la Iniciativa Open Source, gobiernos, anarquistas25 y comunistas.

El movimiento del software libre que lidera Stallman, inicia el desarrollo del software en base sólo a tres principios: antimonopólico, solidario y libertario.

El hecho que el software libre sea antimonopólico, no lo hace anticapitalista: el capitalismo en su doble moral, aunque conduce inevitablemente a la concentración del capital, condena los monopolios. Bajo el seudónimo de Leonardo Vazquez26, en el artículo «El software libre y sus límites bajo el capitalismo» publicado en www.rebelion.org dice: «A la sombra del crecimiento del software libre, han proliferado una amplia gama de pseudo-teorías que buscan ver al software libre en sí mismo, como algo progresivo para la humanidad y que por lo tanto terminan siendo totalmente funcional es posición liberal burguesa anti-Microsoft«. » …Desde la versión reformista de Stallman y sus amigos, que busca mostrar a la lucha por el software libre como una lucha por humanizar al capitalismo mediante reformas para lograr un mundo «mejor», en donde Microsoft es el malvado que obstruye la sana lógica del libre mercado.«

Muchas empresas capitalistas, incluyendo grandes corporaciones como IBM, Novell, Sun Micro System, entre otras se inscriben en una corriente comercial; la «Iniciativa Open Source» como un modelo atractivo de negocio, una forma de bajar los costos de producción y competir con el gigante Microsoft.

Igualmente el hecho de que el software libre se produzca bajo un modelo solidario no lo hace anticapitalista. Las cooperativas (a semejanza de las comunas creativas27) aunque son más democráticas, en cuanto a la distribución de la riqueza, que las compañías anónimas no dejan de ser unidades de producción capitalistas.

Gobiernos social demócratas, ejemplo España y Reino Unido, que consideran que el mercado debe seguir determinando las relaciones económicas y que el Estado (de bienestar) debe ocuparse de la salud, la educación o la seguridad, suelen promover algunas formas de producción solidarias como las cooperativas y el software libre.

Cuando se cataloga al software libre de libertario, se trata de la libertad de disposición o de circulación. La misma libertad que la revolución capitalista ofrecía a los artesanos, cautivos en las cámaras de las villas de los señores feudales, para formar parte de la nueva clase obrera e integrarlos a la incipiente industria. Sam Williams en su libro «Libre como en Libertad» habla de Stallman, «de ser un hacker solitario, instintivamente sospechoso de la autoridad centralizada, en un activista cruzado que aplica las nociones de libertad, igualdad, y fraternidad al mundo del desarrollo del software…28«

En las comunidades de desarrolladores y usuarios de software libre es frecuente encontrar individuos de derecha ya que consideran que el software libre es la máxima expresión del capitalismo como sistema de libre comercio, sinónimo a libre mercado, mas allá de las barreras de gobiernos y monopolios. En contraste Microsoft y otros sectores conservadores, amparados en la todavía existente paranoia de la guerra fría, han tildado al software libre de comunista como una estrategia para satanizarlo y crear terror.

Christian Imhorst en su artículo «Anarchy and Source Code – What does the Free Software Movement have to do with Anarchism?29» establece la analogía entre el anarquismo y el desarrollo del software libre, alegando que este es escrito de forma voluntaria y no es regulado de manera jerárquica.

Un análisis que hace Terry Hancock. en su artículo «¿Es el software libre «comunista»? Tal vez sí…»30 dice que el software libre sigue la máxima del ideal comunista: De cada quien según su habilidad, a cada quien según su necesidad. El autor explica que la principal razón para participar en el trabajo de hacer software libre son las habilidades y deseos de los desarrolladores, ya que no hay remuneración material directa y exclusiva por el trabajo. Así mismo, como el costo de reproducción es cercano a cero no hay razón para no tomarlo según las necesidades. Considera que esta nueva forma de producción puede desenvolverse mejor en un Sistema Comunista.

Software Socialista Antiexplotador

Si el software libre, como herramienta, se produce y usa bajo una modalidad capitalista entonces será capitalista. Para que el software libre se convierta en socialista no debe mediar una relación de explotación durante su desarrollo o uso.

Vamos a imaginar que en lugar de pagar por las licencias de software privativo, contratamos una empresa para desarrollar o adoptar un software libre, no hay duda que tendríamos un producto mas ventajoso, tendríamos la libertad de instalarlo en un número indeterminado de computadores, copiarlo y distribuirlo, la posibilidad de modificarlo y probablemente salga hasta más barato, pero si en dicha empresa se explota a los programadores o programadoras, apoderándose alguien de la plusvalía que producen, prevalecerá entonces el capitalismo a pesar de haber empleado software libre.

En el proceso bolivariano entendemos que la verdadera libertad es cuando se alcanza la igualdad entre los seres humanos y esto pasa por la desaparición de las relaciones de explotación, consideramos que el software libre, independientemente de su ventaja tecnológica intrínseca, es una buena herramienta para romper con el modelo de explotación capitalista en la etapa transitoria para la construcción del Socialismo del Siglo XXI. Esto es porque el software libres: no es propiedad privada sino colectiva, no es individualista sino comunitario, no se basa en la competencia sino en la cooperación, no requiere de capital ni compañías para existir, rompe el paradigma de la propiedad intelectual como requisito sinequanon para la innovación.

En la etapa de transición, es necesario rescatar el software libre de la elite intelectual y popularizarlo para hacerlo también antiexplotador. Debemos elegir usar software desarrollado con iniciativas no comerciales o contratar la elaboración de software a cooperativas o empresas de producción social (EPS)31. Así también, debilitar el sistema de propiedad privada sobre el conocimiento.

En conclusión el Software Socialista debe ser: libre de capital, libre de compañías, libre del mercado, libre de la propiedad, libre de burocrátismo y libre de explotación.


(*)Eduardo Samán es farmacéutico, director titular del Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI) y director general encargado del Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos del Ministerio de Industrias Ligeras y Comercio de la República Bolivariana de Venezuela.

1Venezuela. Ley sobre el derecho de autor/1993, 14 de agosto. Artículo 2: «Se consideran comprendidas entre las obras del ingenio a que se refiere el artículo anterior, especialmente las siguientes: los libros, folletos y otros escritos literarios, artísticos y científicos, incluidos los programas de computación, así como su documentación técnica y manuales de uso…»

2op cit. Artículo 17.

3La legislación venezolana como otras en el mundo, para la fecha, expropia al autor, es decir al programador y por defecto cede la totalidad de los derechos indefinidamente al productor, es decir al patrón. Cuando en su artículo 17 (op cit) dice: «…Se presume salvo pacto expreso en contrario, que los autores del programa de computación han cedido al productor, en forma ilimitada y por toda su duración, el derecho exclusivo de explotación de la obra..»

4op cit. Artículo 21

5Malcolm Bain, Manuel Gallego Rodríguez, Manuel Martínez Ribas, Judit Rius Sanjuán. «Aspectos legales y de explotación del software libre». Fundació per a la Universitat Oberta de Catalunya, Primera edición, marzo 2004. pp 190.

6En el sentido estricto no podemos considerar la patente como una forma de propiedad. Las patentes son contratos sociales o concesiones que otorga el Estado.

7Expresión que comenzó a ser utilizada por Richard Stallman, para referirse al software que no es libre, que causa privación o restricción de derechos o libertades, ya que sería más adecuada que «software propietario».

8 Derechos de Uso de los Productos licenciados por Microsoft, julio de 2005. http://www.msemealca.com/PUR/July-05/MicrosoftProductUseRights_Worldwide__Spanish__July2005_.pdf CONTRATO DE LICENCIA PARA EL USUARIO FINAL: Productos de eLearning de Microsoft. https://www.microsoftelearning.com/spain/help/EndUserLicenseAgreement.aspx#individual

9La industria a acuñado la expresión «copias piratas» para referirse a las copias no autorizadas. Pretenden comparar la infracción al derecho de autor con el robo o el hurto, haciendo la similitud con la piratería que es la acción de asaltar barcos en alta mar y secuestrar y asesinar a sus tripulantes.

10Colombia, Ley 603/2000, 27 de julio. Diario Oficial No 44.108, de 31 de julio 2000.

11Colombia, Ley 222/1995, 20 de diciembre. Diario Oficial No. 42.156, de 20 de diciembre de 1995.

12Esta autorización es lo que Stallman llama las cuatro libertades.

13El software de computadora que se distribuye gratis es conocido como «freeware». A veces se incluye el código fuente, pero no es lo usual. Suele incluir una licencia de uso, que permite su redistribución pero con algunas restricciones, como no modificar la aplicación en sí, ni venderla, y dar cuenta de su autor. Algunos desarrolladores liberan versiones freeware de sus productos para obtener un número de seguidores que puedan estar dispuestos a pagar por una versión más completa, o porque es una edición obsoleta de un programa. Otros lo hacen porque no consideran que ese programa pueda generar una ganancia económica, o porque creen en el valor de ofrecer algo gratis. Es importante no confundir el software freeware con el «free software» que es el software libre debido a que el significado de la palabra free en inglés, que puede ser tanto gratis como libre.

14 Richard M. Stallman. «Software libre para una sociedad libre». Primera edición, Madrid: Traficantes de Sueños, 2004. pp 13.

15 op cit. pp 28.

16Ni siquiera el derecho de autor es exactamente una forma de propiedad sino un derecho cultural. Véase: Carlos Sánchez Almeida. «Contra un cíclope ciego». http://www.bufetalmeida.com/?id=153

17Eben Moglen, «Software libre y la muerte del copyright», en Multitudes, nº 5. Editions Exil, mayo 2001.

18Felipe Pérez Martín. «El Software Libre: ¿Señal de una nueva revolución económico-social?» http://servicios.iesa.edu.ve/newsite/academia/pdf/FelipePerez.pdf

19 http://news.netcraft.com/archives/2006/12/05/december_2006_web_server_survey.htm http://news.netcraft.com/archives/2006/12/05/december_2006_web_server_survey.html

20 Jordi Mas i Hernández. «Software libre: técnicamente viable, económicamente sostenible y socialmente justo». Editorial Infonomía, primera edición, Barcelona, España, 2005. pp 4.

21http://www.xitimonitor.com/fr-FR/Technique/Firefox_-_Juillet_2006/index-1-1-3-35.html

22http://www.idc.com/getdoc.jsp?containerId=202511

23http://es.wikipedia.org/wiki/Software_libre_en_la_administraci%C3%B3n_p%C3%BAblica

24http://www.softwarelibre.cl/drupal//?q=referencias

25En el buen sentido, quienes creen que es posible la existencia de un orden social armónico en ausencia de gobierno alguno y que las relaciones éticas solo pueden ser basadas en la asociación voluntaria.

26 http://www.rebelion.org/noticia.php?id=989

27«Creative Commons», concepto propuesto por Lawrence Lessig, veáse libro «Cultura Libre». http://cyber.law.harvard.edu/blogs/gems/ion/Culturalibre.pdf

28Sam Williams. «Libre como en Libertad». Traducción Comunidad Colibrí. pp. 29

29http://opensource.mit.edu/papers/imhorst.pdf

30 http://www.aporrea.org/tecno/a26519.html

31Es un modelo de unidad productiva participativa que minimiza las relaciones de explotación.