El Comité de Conciliación sobre el Paquete Telecom alcanzó a última hora de ayer un acuerdo sobre la Enmienda 138/46. El proceso de negociación ha terminado. Aunque la redacción original de esta enmienda ha sido modificada, podemos concluir a falta de un análisis legal en profundidad de la misma, que leyes como la HADOPI francesa lo tienen cada vez más difícil para seguir adelante. No obstante, la victoria es sólo parcial. Las disposiciones contra la Neutralidad de la Red siguen estando permitidas en el Telecom. En cualquier caso, esto sólo ha sido posible gracias al apoyo, la dedicación y la implicación de todos los internautas que han mostrado sus preocupaciones a los miembros del Parlamento Europeo en repetidas ocasiones. Y ha demostrado una vez más que la unión de los ciudadanos a través de Internet es capaz de promover leyes que los protejan de los intereses específicos de gobiernos y corporaciones. Éste es el camino a seguir. Gracias a todos
El Parlamento Europeo y el Consejo de Ministros alcanzaron el acuerdo sobre el texto la pasada noche. El proceso de conciliación ya ha terminado. La aceptación del texto fue unánime por parte de la delegación del Parlamento; es decir, incluyéndonos a nosotros, Piratas y Verdes.
Éste es el texto definitivo:
3a. Las medidas tomadas por los Estados Miembros en relación al acceso a o al uso de servicios y aplicaciones a través de redes de comunicaciones electrónicas por parte de los usuarios deberá respetar los derechos y las libertades fundamentales de las personas físicas, como garantiza la Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales así como los principios generales de la ley comunitaria.
Cualesquiera de estas medidas relativas al acceso a o al uso de servicios y aplicaciones a través de redes de comunicaciones electrónicas por parte de los usuarios responsables de restringir aquellos derechos o libertades fundamentales sólo pueden ser impuestas si son apropiadas, proporcionadas y necesarias dentro de una sociedad democrática, y su implementación deberá estar sujeta a las adecuadas salvaguardas procedimentales de conformidad con la Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales así como con los principios generales de la ley comunitaria, incluyendo la tutela judicial efectiva. Por consiguiente, esas medidas sólo pueden ser tomadas con el debido respeto al principio de presunción de inocencia y al derecho a la privacidad. Un procedimiento previo justo e imparcial deberá ser garantizado, incluido el derecho a ser oído de la persona o personas afectadas, sujeto a la necesidad de las condiciones y acuerdos procedimentales apropiados en casos de urgencia debidamente probados de conformidad con la Convención para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.
El derecho a una revisión judicial efectiva y oportuna deberá ser garantizado.
Para ser sinceros, nunca pensé que esto ocurriría. No es todo lo que habríamos querido en el mejor de los mundos, y esto no es el final de la lucha por una Internet libre y abierta. Pero es un paso mucho más grande en la dirección correcta de lo que nos habríamos atrevido a esperar.
Nunca podríamos haber sido capaces de conseguir esto sin todo el trabajo que la comunidad de activistas en red le ha dedicado. Hemos demostrado que los ciudadanos corrientes trabajando juntos pueden marcar la diferencia. Y esto es sólo el principio.
La comunidad de Internet ha comenzado a mostrar su poderío.