La Audiencia Nacional ha declarado hoy nula la orden ministerial sobre el canon digital que regula desde 2008 una tasa aplicada sobre los soportes digitales susceptibles de almacenar contenidos sujetos a derechos de autor. El impuesto pretende compensar así a la industria cultural por la distribución o copia no autorizada de sus creaciones. En su […]
La Audiencia Nacional ha declarado hoy nula la orden ministerial sobre el canon digital que regula desde 2008 una tasa aplicada sobre los soportes digitales susceptibles de almacenar contenidos sujetos a derechos de autor. El impuesto pretende compensar así a la industria cultural por la distribución o copia no autorizada de sus creaciones.
En su resolución, la sala de lo Contencioso-Administrativo justifica su decisión argumentando que la orden ministerial que lo ha regulado es un reglamento y que, por tanto, su aprobación habría requerido determinados trámites relativos a memorias, justificativa y económica, y un dictamen del Consejo de Estado que no se hicieron, informa Ángeles Vázquez.
El canon digital se ha convertido en una de las decisiones más polémicas dentro del ámbito de la regulación de los derechos de autor y en un caballo de batalla entre internautas y sociedades de gestión, como la SGAE . La tasa busca compensar a la industria cultural por los ingresos que, aseguran, dejan de percibir cuando se hace una copia de su obra. Así, la solución puesta en marcha ha sido la de gravar los soportes digitales, lo que ha provocado una enorme polémica y el rechazo frontal de la mayoría de ciudadanos que consideran un impuesto injusto.
Ahora la Audiencia entiende que la orden necesitaba unos trámites que no se han cumplido para su aprobación y argumenta que está afectada de un vicio radical y debe ser anulada por defectos formales y de procedimiento.
La Sala de lo Contencioso añade además que rechaza la pretensión de muchos ciudadanos, asociaciones y empresas que han solicitado que se devuelva lo recaudado a través del canon, al no considerarse competente para ello. En octubre de 2010, una sentencia del Tribunal de Justicia de Luxemburgo rechazaba la aplicación del canon digital para empresas y administraciones públicas, justificando que chocaba con la legislación de la Unión Europea.
Así, para conseguir adaptarse al derecho comunitario, el Gobierno español está estudiando una reforma de la regulación del canon digital. Según una información de la agencia EFE, desde enero, dos grupos de trabajo, uno centrado en derechos reprográficos y otro en derechos audiovisuales y fonográficos, buscan posibles soluciones para adecuar el canon digital a la normativa comunitaria.
Recurso ante la Audiencia Nacional
La Asociación de Internautas recurrió en julio de 2008 ante la Audiencia Nacional la orden del Gobierno que regula el canon digital, al entender que esta medida » es contraria a varios artículos de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) y de la Constitución Española». En el recurso que presentado, la AI apuntaban a que esta tarifa supone «una vulneración de los artículos 25 y 31 de la LPI, referidos a la compensación equitativa por copia privada y reproducciones provisionales».
Además, acusaban a que » la cuantía del procedimiento es indeterminada, ya que su objeto se refiere a una situación de hecho en la que los datos de base para un cálculo mínimamente razonable son del todo inaccesibles para esta parte». El canon digital comenzó a aplicarse el 1 de julio de 2008, con la entrada en vigor de la normativa por la que se regulan los soportes digitales sujetos al pago del canon por copia privada. Esta medida afecta a equipos, aparatos y soportes de reproducción digitales, como CD, DVD, MP3, MP4 y teléfonos móviles, entre otros.
A principios de este mes, la Audiencia de Barcelona absolvió de pagar el canon digital a la tienda de informática Padawan, después de una demanda de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE). La sentencia se basa en el dictamen del pasado octubre del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), donde se señaló que dicha tasa no se puede aplicar indiscriminadamente y eximió a empresas y administraciones de su pago.
Tasa controvertida
¿Qué es el canon digital?
Es la tasa que se aplica sobre equipos y soportes electrónicos de uso masivo como móviles, MP3 y MP4, memorias USB, CDs, DVDs o discos duros externos para compensar los derechos de propiedad intelectual que los creadores dejan de percibir por la práctica de la copia privada.
¿Tasa o impuesto?
El canon no es un impuesto, ya que no se cobra directamente al ciudadano sino a los fabricantes e importadores de equipos y soportes para la reproducción de obras, así como a los sucesivos adquirientes en la cadena de distribución. Sin embargo, en la práctica, esta tasa, que debe ir desglosada en las facturas, acaba siendo un impuesto indirecto al elevar el precio final del producto.
¿Quién decide las tarifas del canon?
Los ministerios de Cultura e Industria fijan los soportes y equipos a los que afecta el canon, así como la tarifa correspondiente en cada uno de ellos. Las tasas fueron fijadas el 18 de diciembre de 2007 y entraron en vigor el 1 de julio de 2008.
¿Cuáles son los soportes obligados a pagar el canon y cuáles son sus tarifas?
El Boletín Oficial del Estado establece las siguiente clasificación: Soporte CD-R (0,17 euros). Soporte CD-RW (0,22 euros). Soporte DVD-R (0,44 euros). Soporte DVD-RW (0,60 euros). Grabadora CD (0,60 euros). Grabadora CD+DVD (3,40 euros). Memoria USB (0,30 euros). Teléfonos móviles/PDA MP3 (1,10 euros). MP3 y MP4 (3,15 euros). Discos duros, integrados o no en equipos, o U Autónoma Almac (12 euros). Fotocopiadoras, dependiendo de la velocidad: entre 13 € y 227 € (tarifa ésta para copiadoras que sobrepasan las 70 copias/minuto). MF Inyección Tinta (7,95 euros). MF Láser (10 euros). Escáner (9 euros).
¿A dónde va el dinero del canon?
Aunque los artistas son el objeto último de beneficio de este canon, son las sociedades de gestión de derechos de autor las que administran el cobro del mismo. En España, son ocho las entidades de este tipo: Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO), Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI), Artistas Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE), Visual, Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP), Artistas Intérpretes, Sociedad de Gestión (AISGE), y Asociación Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (DAMA).
¿Cuánto se recauda?
Aunque las previsiones de los detractores del canon calculaban que la recaudación ascendería a los 1.200 millones de euros, las entidades de gestión ingresaron 100,2 millones de euros el año pasado, mientras que en 2008 el canon digital supuso 83,3 millones de euros.