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La resolución de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual da la razón a Mocosoft

Mocosoft vence a Microsoft

Fuentes: Rebelión

En primer lugar tenemos que agradecer a todos los internautas que nos han apoyado y, especialmente, a los que de forma desinteresada han colaborado a fin de que el caso pudiera decidirse por un panel de tres miembros, en vez de uno como había solicitado Microsoft. Muchas gracias a todos, pues sin vuestro apoyo no […]

En primer lugar tenemos que agradecer a todos los internautas que nos han apoyado y, especialmente, a los que de forma desinteresada han colaborado a fin de que el caso pudiera decidirse por un panel de tres miembros, en vez de uno como había solicitado Microsoft. Muchas gracias a todos, pues sin vuestro apoyo no lo habríamos conseguido.

La multinacional de la informática MICROSOFT había interpuesto una demanda ante la OMPI reclamando la transferencia de los nombres de dominio mocosoft.com y mocosoftx.com.

Mocosoft decidió hacer frente a esta demanda, presentada en inglés, y solicitó expresamente que el caso fuera decidido en español y por un grupo de tres panelistas. El panel de la OMPI acordó que el caso se tramitara en español y mediante una resolución fechada el 25 de noviembre de 2004, notificada el 13 de diciembre, decidió desestimar la demanda y denegar consecuentemente la solicitud de transferencia de los dominios que había efectuado Microsoft.

Tras el análisis de algunas cuestiones de carácter formal, los panelistas de la OMPI deciden desestimar la demanda por varios motivos. Entre ellos, el principal radica en que «el Grupo cree que si bien los dominios en disputa tienen algún parecido con la marca Microsoft, los mismos no son similares «hasta el punto de crear confusión» con la marca».

De esta forma, concluye la resolución que «resulta innecesario examinar los dos requisitos restantes de la Política (ausencia de derechos o intereses legítimos, y registro y uso de mala fe) ya que los tres deben ser probados satisfactoriamente para poder estimar la demanda» y, en consecuencia, «el Grupo Administrativo de Expertos resuelve no estimar la demanda, y deniega la transferencia de los nombres de dominio y

Una copia de la resolución de la OMPI puede obtenerse en la dirección: http://www.bufetalmeida.com/sentencias/mocosoft.html

Fuente original: http://www.mocosoft.com/comunicado.html