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El problema de la ética en la Administración Pública

Fuentes: Rebelión

Cuando en el año 2000 apenas se iniciaba el actual proceso político venezolano, un pariente me interrogaba sobre las posibilidades reales de una revolución verdadera en el país. Ante la pregunta, y recordando todas las experiencias frustrantes anteriores, le respodi dubitativo: «con que resulte en un gobierno honesto ya eso sería una gran revolución». Por […]

Cuando en el año 2000 apenas se iniciaba el actual proceso político venezolano, un pariente me interrogaba sobre las posibilidades reales de una revolución verdadera en el país. Ante la pregunta, y recordando todas las experiencias frustrantes anteriores, le respodi dubitativo: «con que resulte en un gobierno honesto ya eso sería una gran revolución».

Por supuesto, en lo fundamental, a un buen gobierno le compete cuatro responsabilidades: en lo económico, procurará desarrollar la bases materiales para asegurar el sustento y el bienestar de la población; en lo social, buscará crear las condiciones para alcanzar el pleno desarrollo humano y la libertad; en la política y la actuación internacional, velará por la seguridad y defensa de los intereses generales de la nación; y por ultimo, pero no menos importante, en lo administrativo, procurará desplegarar una conducta ética para el logro de resultados excelentes en la gestion de la Administración Pública.

La Administración Pública es la expresión organizada del aparato del Estado. A ella corresponde (con su organización técnica y su cuerpo burocrático) las funciones de aparato técnico-económico del Estado. Las instituciones de la Administración Pública son diversas y se clasifican según sus funciones y el tipo de administración a la que pertenecen: nacional, estatal, municipal, militar, etc. [1]. De acuerdo con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho (Artículo 141 de la CRBV).

El aparato de la Administración Pública sigue un modelo universal de organización burocrática, con una unidad propia y coherente, la cual tiende a desarrollar su propia racionalidad técnica y hasta un particular sistema ético. No obstante esto, y que además existe en la Carta Magna un conjunto de principios que norman la conducta de todos los funcionarios públicos, resulta que en la práctica estos principios no son siempre reconocidos ni aplicados por todos los miembros de la administración pública o de la sociedad civil. Y es que, cuando se pretende aplicarlos en una sociedad dividida en clases, también en el terreno de la ética se presentan diferencias y contradicciones.

Así, por ejemplo, tal como idealmente se pretende que existe una ética «absoluta» o «universal», referida a aquellas normas de conducta para el hombre y la mujer genéricos, típicos de los sistemas éticos de las grandes culturas y religiones, así también existe en la realidad concreta una ética «relativa» o socialmente «inmanente», que se refiere a la categoría de normas que son necesarias para el funcionamiento y la supervivencia de una clase específica de sociedad y de los individuos que la integran, no obstante que aquí también se presentan contradicciones [2].

Erich Fromm, entre otros autores, describe muy bien el conflicto histórico entre el sistema ético inmanente de la sociedad capitalista, donde predomina la ética del mercader-consumidor, interesado en el lucro y los beneficios, que busca seguridad, y ve todas las cosas como medios para un fin comercial, versus el sistema ético inmanente de la sociedad comunista, en la cual predomina la ética del trabajador-productor, fundada sobre valores «heroicos» de creatividad desinteresada, la cooperación, la emulación y la indeferencia ante el lucro y las recompensas indebidas o inmerecidas. Es obvio que estos dos sistemas entrarán en un conflicto inevitable donde exista una formación económico-social con estructuras, clases sociales y valores contrapuestos.

No debe sorprender entonces que, como consecuencia de los movimientos aluvionales de ingreso y egresos de actores políticos y sociales de orígenes diversos, típico de las revoluciones, los diferentes sistemas éticos antes descritos frecuentemente se enfrenten, se superpongan o se sustituyan, según la conducta y los juicios de valor individuales o grupales que tienen lugar dentro de los aparatos del Estado. Lo cual nos sitúa frente a otro dilema inevitable: al tener que tratar con estas disonancias, se deberá ser consecuente con la Ética Humanista propia de una sociedad democrática, o se aplicará una Ética Autoritaria tipica de los regimenes de fuerza. Según E. Fromm, en la Ética Autoritaria una autoridad es la que establece lo que es bueno para el ser humano y prescribe las leyes y normas de conducta; mientras que en la Ética Humanista es el ser humano mismo quien da las normas y es a la vez el sujeto de las mismas, su fuente formal o agencia reguladora y el sujeto de su materia.

La Ética Humanista es (o debería ser) la que predomina en el sistema de administración y organización del socialismo autogestionario, o del Poder popular (como se ensayó en la extinta Yugoslavia, o está en proceso de construcción en Venezuela), ideado como alternativo al sistema burocrático burgués y al sistema estatista soviético. Aquí los órganos del Estado clasista son reemplazados por los órganos del gobierno autónomo o de la autoadministración, constituidos por los delegados populares, democráticamente elegidos, reemplazables, rotativos y de ninguna manera corrompidos por los privilegios materiales y la tentadora carrera política profesional. Y las decisiones que se toman son autónomas, auténticamente libres y no heterónomas y compulsivas [3].

Pero, desafortunadamente, esta poderosa Ética Humanista y la revolución administrativa que ella implica encuentra enormes dificultades para su aplicación, pues la pervivencia de las estructuras y los patrones culturales característicos del modo de vida capitalista, tales como el individualismo, el consumismo, el afán de riqueza fácil y rápida, junto a otras perversiones políticas y sociales, como el paternalismo, el caciquismo, el clientelismo y la corrupción, son antivalores que constantemente enfrentan y corrompen la filosofía y los principios de una sociedad socialista o comunal.

Es por ello que la presencia y el ejercicio de la autoridad no puede descartarse totalmente. Siempre existirá la necesidad de ejercer cierto control y disciplinamiento de la conducta y las acciones humanas en las sociedades complejas, al menos mientras persista la existencia de sistemas contrapuestos, o se esté llevando a cabo un proceso de cambio revolucionario en el país. En todo caso, aunque poseen características fundamentalmente diferentes, la Ética Humanista no es incompatible con la autoridad, siempre que ésta sea una autoridad racional, sus normas sean positivas y tengan una finalidad altruista. Tales son los casos cuando las direcciones de las guerras de independencia nacional, o de las grandes revoluciones sociales, necesitaron establecer reglas claras de disciplina tanto para sus ejercitos como para los funcionarios civiles.

Un caso paradigmático son las Instrucciones del Alto Mando del EPL de China sobre «Las tres Reglas Cardinales de Disciplina y las ocho Advertencias», formuladas por Mao Tse-Tung en octubre de 1947, durante la Guerra Civil Revolucionaria. Según se acota en las Notas, dichas Reglas y Advertencias constituyeron parte importante del trabajo político del Ejército Rojo y desempeñaron un gran papel en la formación del ejército popular, en la solución correcta del problema de las relaciones internas del ejército, en la unión de éste con las masa populares y en el establecimiento de la política acertada del ejército popular respecto a los prisioneros. De las tres reglas se destaca la que muy bien pudiera ser la que resume el espíritu y el contenido de las Instrucciones: «No tomar de las masas ni una sola aguja ni una sola hebra de hilo» [4]. Quien quiera que violara estas reglas era juzgado y condenado a penas muy severas.

En este momento, seguro que muchos dirán que este problema de la Administración Pública es mas bien un asunto de la conciencia, que los funcionarios públicos (y la gente en general) entiendan que los bienes de la Nación pertenecen a todo el pueblo, y que su trabajo es servir a los ciudadanos y no el servirse de ellos. Pues bien, definamos primero lo que es la conciencia: La conciencia es definida en general como el conocimiento que un ser tiene de sí mismo y de su entorno, y de acuerdo con esto juzga nuestro funcionamiento como seres humanos según las percepciones de lo que es correcto o incorrecto, bueno o malo. Tal vez por esto Cicerón y Séneca consideraron a la conciencia como la voz interior que acusa y defiende a nuestra conducta con respecto a sus cualidades éticas.

De tal manera que la conciencia no es una facultad aislada ni una cualidad que nos cae del cielo; la conciencia se forma o se construye con referencia a los valores contemplados por la ética y la moral. En este sentido, la conciencia se «construye» en una doble vía y mediante varios procesos, a saber: de una parte, por el desarrollo de una conciencia autoritaria (o de la autoridad), que es la voz de una fuente de poder externa interiorizada, los padres, el Estado, o cualesquiera que sean las autoridades de una cultura dada; y por la otra vía está la conciencia humanista, que es nuestra propia voz presente en todo ser humano reflexivo e independiente de sanciones y recompensas externas. Los procesos para la formación de la conciencia son: 1) la educación; 2) la ideologización; 3) la politización; 4) la aplicación de los códigos y normas legales establecidas por las instituciones públicas; y 5) la pedagogía natural desarrollada por el gobierno y sus funcionarios de elite, cuyas características y comportamiento ejemplar influyen poderosamente en la población. No está demás decir que frente a los problemas que afectan en los actuales momentos a nuestra Administración Pública se requiere templar aún más dichos procesos, de lo contrario, su dejadez o descuido puede ocasionar la pérdida de autoridad, y por ende, su ilegitimidad como institución del Estado.

Así, y para finalizar, cabe recordar las palabras con las que una persona que ha sido en varias ocasiones un alto funcionario público ya en el año 2012 advertía : «La Revolución Bolivariana lo ha vivido en carne propia: el no haber realizado la transformación burocrática administrativa del viejo orden en función de un aparato de Estado alineado con el proyecto de sociedad a construir ha traído, y puede traer, consecuencias impredecibles»…»El proyecto revolucionario puede y necesita urgentemente construir un proceso vigoroso de transformación administrativa»…Y concluía: «Es tiempo de la Revolución desde dentro, es el tiempo de trazar y vivenciar prácticas socialistas en cada acto cotidiano que desarrollemos…¡Es el tiempo de la revolución administrativa del Estado! «. [5] ¿Le habrán prestado atención?

Referencias:

[1] Melinkoff, Ramón V. El problema político de la Administración Pública, Editorial Panapo, Caracas, 1990.

[2] Fromm, Erich. Ética y Psicoanálisis, Fondo de Cultura Económica, México, 1973.

[3] Markovic, Mihailo. «Autoadministración y eficiencia», en El Marx Contemporáneo, Fondo de Cultura Económica, México, 1978, pp. 327-340; También en Zecevic, Miodrag. El sistema político yugoslavo , 1977.

[4] Mao Tse-Tung. «Instrucciones del Alto Mando del EPL de China sobre la nueva promulgación de Las Tres Reglas Cardinales de Disciplina y las Ocho Advertencias», en Selección de Escritos Militares ,   Ediciones en lenguas extranjeras, Pekin, 1967, p. 375.

[5] Chacón, Jesse. «La revolución administrativa del Estado», en Perspectiva y Realidades de GisXXI, Correo del Orinoco , Caracas, domingo 4 de noviembre de 2012, p. 27.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.