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España. Comunicado sobre el proyecto de ley para el acceso electrónico de los ciudadanos a las administraciones públicas.

La Asociación de Internautas aboga por los estándares abiertos

Fuentes: AI

Vista la actual redacción del Proyecto de Ley para el acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones públicas, la Asociación de Internautas hace públicas las siguientes consideraciones: 1. Felicitarse por la voluntad política, plasmada en este proyecto de ley, de que la ciudadanía y las administraciones públicas se comuniquen e interactúen digitalmente, en la […]

Vista la actual redacción del Proyecto de Ley para el acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones públicas, la Asociación de Internautas hace públicas las siguientes consideraciones:

1. Felicitarse por la voluntad política, plasmada en este proyecto de ley, de que la ciudadanía y las administraciones públicas se comuniquen e interactúen digitalmente, en la medida en que el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación supondrá un importante incremento en la eficiencia de los servicios públicos y un mayor grado de satisfacción de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración.

2. Expresar su preocupación ante la expresión contenida en diversas partes del proyecto de ley «estándares internacionales aceptados» para su uso en dicha comunicación e interacción que, según entendemos, podría abrir la puerta a la utilización de formatos de licencia propietaria o incluso bajo patente y, con ellos, aplicaciones privativas. El uso de formatos y aplicaciones privativas conlleva, a nuestro entender, dos graves problemas que incluso podrían llegar a una afectación de nivel constitucional:

a) El de la seguridad. Siendo de código cerrado, las administraciones y, desde luego, el ciudadano, desconocen cómo se gestiona la información que se trata digitalmente. Existe el peligro cierto de que esa información trascienda de los ámbitos administrativos y privados y ello no por intrusiones externas no autorizadas sino por el normal desarrollo de la aplicación en cuestión que podría no responder en su absoluta totalidad a los intereses de las administraciones y de los ciudadanos. Es imprescindible, por tanto, que no sólo las Administraciones públicas sino también el propio ciudadano puedan auditar (por sí o recabando a sus expensas auxilio profesional) el software que se está utilizando en la gestión digital de sus datos.

b) El de cautividad del ciudadano y de la propia Administración por parte de una empresa. Las aplicaciones y formatos privativos hacen que la administración dependa enteramente de una empresa privada que, además, casi siempre será una multinacional no española -probablemente ni siquiera europea- y, lo más inaudito, obligarían a los ciudadanos a ser clientes de una determinada empresa privada para poder relacionarse con sus propias administraciones públicas. Esta situación, a todas luces absurda e intolerable, llevaría a que los efectos de la Ley que se proyecta fueran justamente inversos de los que se pretende y que llevara a una profundización de la brecha digital que en estos momentos afecta de forma muy importante a nuestro país.

Por tanto, la Asociación de Internautas hace suya la propuesta formulada por varias entidades (Hispalinux, FFII, estandaresabiertos.org, etc.) de que esta expresión sea sustituida por la de «estándares abiertos»(especificaciones públicas y gratuitas, libres de regalías y patentes y que tengan una implementación de referencia bajo una licencia libre), como así ha sido recogido en las enmiendas presentadas por varios partidos y grupos parlamentarios (BNG, IU-ICV, CHA, ERC y CiU).

3. Exigir que en el articulado de la Ley se obligue a las Administraciones públicas a la puesta en pública disposición y para su libre uso por parte de los ciudadanos, empresas y entidades de todas aquellas aplicaciones cuya propiedad sea del Estado y ello por varias razones:

a) Al no tratarse de un bien fungible y haber sido desarrollado mediante recursos públicos, no debería haber ningún inconveniente para que fuera usado. copiado, modificado y redistribuido (con o sin cambios) por todo aquel que lo deseara siempre que las obras derivadas se entregasen en las mismas condiciones, puesto que ese uso público no iba a privar del mismo a la administración que lo desarrolló.

b) Eso supondría, entre otros muchísimos beneficios, que muchos pequeños ayuntamientos, asociaciones civiles, ONG’s y demás entidades socialmente útiles, además de pequeñas empresas y profesionales libres, tuvieran acceso a una tecnología que, en condiciones normales no pueden adquirir, por su enorme coste, en el comercio privado.

c) A la postre, el inmenso ámbito de ese uso libre redundaría necesariamente en una sustancial mejora de la competitividad de nuestro país.

A estos efectos, consideramos idóneo el uso de licencias libres como la europea EUPL o la licencia libre por excelencia, tradicional y mundialmente utilizada, General Public Licence (GPL) de la Free Software Foundation.