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Entrevista a Cephas Lumina, experto independiente de la ONU sobre la deuda externa

«Animo a todos los Estados a que hagan auditorías de la deuda»

Fuentes: CADTM

Traducido para Rebelión por Caty R.

El 5 de junio de 2009, se celebró en Ginebra la undécima sesión del Consejo de los Derechos Humanos de la ONU, en la que el experto independiente sobre la deuda externa, Cephas Lumina, presentó su informe preliminar (1) a los Estados, las agencias de la ONU y las ONG acreditadas. El Banco Mundial no participó, mostrando su desinterés por los asuntos relativos a los derechos humanos… El CETIM (2) y el CADTM estuvieron presentes en dicha sesión y organizaron una conferencia paralela en el palacio de las Naciones Unidas, sobre la auditoría de la deuda, en presencia de la ministra de Economía y Finanzas de Ecuador, María Elsa Viteri, y de Cephas Lumina. Este último, además, nos concedió una entrevista sobre su informe intermedio. Su mandato finalizará en 2010 con la entrega de un informe final. Los temas de esta entrevista son la auditoría de la deuda, la deuda ilegal y las obligaciones de las IFI y los Estados de respetar los derechos humanos. Señalamos que ese informe utiliza la publicación del CADTM «Las cifras de la deuda» (3) y que afirma explícitamente que las obligaciones de respetar los derechos humanos prevalecen sobre las obligaciones financieras de los Estados.

 

En el informe que ha presentado hoy al Consejo de los Derechos Humanos de la ONU, usted insiste sobre el vínculo entre la deuda externa y los derechos humanos, y propone un marco conceptual para comprender esa relación, ¿puede explicarnos este enfoque?

 

Uno de los principales objetivos del mandato que me ha confiado el Consejo de los Derechos Humanos en su resolución 7/4 del 27 de marzo de 2008, es el desarrollo de directrices para los Estados, las instituciones financieras internacionales (IFI) y las instituciones privadas con el fin de garantizar que el cumplimiento de los compromisos de los Estados con respecto a la deuda externa no afecte a sus obligaciones de respetar los derechos humanos. Mi predecesor, el experto independiente Bernard Mudho, ha elaborado una primera versión de las directrices. Mi trabajo consiste en perfeccionar esas directrices vinculándolas con los Tratados de protección de los derechos humanos con el fin de que éstos tengan más peso. Así, tengo que recordar las obligaciones jurídicas internacionales que no sólo se imponen a los Estados, sino también a las instituciones internacionales como el Banco Mundial. Para elaborar dicho marco conceptual que vincula la deuda externa con los derechos humanos, he examinado los efectos de la deuda y las políticas de ajuste estructural sobre los derechos fundamentales. Mi informe intermedio evidencia el impacto negativo del mecanismo de la deuda externa sobre los derechos económicos, sociales y culturales, tales como los derechos a la educación o la salud. Por ejemplo, en 2005, Líbano dedicó el 52% de su presupuesto al reembolso de la deuda frente a sólo el 23,1% para educación y sanidad. También explico que el alivio de la deuda concedido por la Iniciativa PPTE (Países pobres muy endeudados), promovida por el Banco Mundial y el FMI, no han resuelto el problema de la deuda, puesto que países como Burkina Faso o Níger se vuelven a encontrar con un grado de endeudamiento todavía mayor después del final de la Iniciativa PPTE. Además, para conseguir el alivio de sus deudas, esos países deben aplicar políticas que conllevan la violación de los derechos sociales. Por ejemplo, en 2004, Zambia se ha visto obligada a congelar los salarios de los funcionarios públicos conminada por el FMI. Los derechos civiles y políticos, como el derecho a la participación, también se violan en el proceso de adopción de los DSRP (Documentos estratégicos de reducción de la pobreza). En efecto, en la mayoría de los casos no se consulta a los parlamentos nacionales y la adopción final de dichos documentos siempre está condicionada por el acuerdo final de las IFI.

 

¿Este enfoque de la deuda basado en los derechos humanos tiene un apoyo amplio de los Estados y las IFI?

 

No, en absoluto. La resolución 7/4 que instituye mi mandato se aprobó por una mayoría de 34 votos contra 13. De los 34 Estados que votaron a favor de esta resolución, ninguno es un país acreedor del norte. En realidad, el principio de mi mandato estuvo marcado por las tradicionales tensiones entre los países ricos acreedores y los países en desarrollo. En efecto, desde la designación de la ONU del primer experto sobre la deuda externa, en 1977, los Estados del norte consideran que la problemática de la deuda no tiene ninguna relación con los derechos humanos, que es puramente económica y que, por lo tanto, se debe tratar al margen del Consejo de los Derechos Humanos y de la Asamblea General de la ONU. Los Estados del norte promueven que el reglamento se establezca en el Club de París, ya que en la Asamblea General y en el Consejo de los Derechos Humanos dichos Estados se encuentran en minoría puesto que cada país tiene un voto. Lo que, naturalmente, va contra los intereses de los países acreedores. Desde el principio de mi mandato, me he entrevistado con diversos actores (Estados, IFI, ONG) pero tengo que reconocer que son las organizaciones de la sociedad civil y algunos Estados, como Ecuador y Noruega, quienes más me han apoyado. Los responsables del Banco Mundial a quienes he consultado tienen posiciones diferentes entre sí. Algunos rechazan categóricamente el enfoque basado en los derechos humanos, porque sólo tienen en cuenta la dimensión económica de la deuda. Sin embargo, las IFI están vinculadas jurídicamente por textos obligatorios como la Carta de las Naciones Unidas o los dos Pactos de 1966 sobre los derechos económicos, sociales y culturales y sobre los derechos civiles y políticos. Esta actitud se debe especialmente al hecho de que las IFI se crearon en 1994, es decir, antes de que se adoptasen esas convenciones internacionales.

 

¿Qué medidas inmediatas relativas a la deuda externa preconiza usted para hacer frente a la crisis económica mundial que afecta a los derechos humanos y que, irremediablemente, viene acompañada por una nueva crisis de la deuda? ¿Está, por ejemplo, a favor de una moratoria del reembolso de la deuda, como propone el secretario general de la CNUCED, Supachai Panitchpakdi?

 

Estoy en contra de una simple moratoria porque esa medida no es viable. Es necesario ir más lejos e instaurar una moratoria condicional: es decir, una suspensión del pago de la deuda seguida de la anulación de la deuda externa si la situación del Estado no ha mejorado a la expiración de la moratoria. En efecto, me temo que si los PED asumen el compromiso de suspender el reembolso de la deuda durante un tiempo determinado, se arriesgan a quedarse enganchados por ese compromiso y reanudar después el reembolso de la deuda en detrimento de los gastos sociales. Por lo tanto, se debería establecer un acuerdo entre los PED y los acreedores para que la moratoria se combine con la anulación de la deuda cuando la situación de endeudamiento permanezca insostenible. Yo preconizaría más bien que se sigan los ejemplos de Noruega y Ecuador (4), que han llevado a cabo auditorías de la deuda y han anulado a una parte de sus acreedores, siempre reconociendo su corresponsabilidad (en el caso de Noruega). Hay que tener en cuenta que dicha corresponsabilidad es un principio fundamental desde el Consenso de Monterrey en 2002. Por lo tanto incito, en especial a los poderes públicos, a que efectúen auditorías de la deuda como han hecho Noruega y Ecuador. Dichas auditorías, que son herramientas de control democrático, al mismo tiempo permitirán conocer el origen de las deudas y basar jurídicamente la anulación o repudio, por ejemplo, de todas las deudas contraídas en violación del derecho interno de los Estados. También es necesario reformar el entramado financiero internacional con la democratización de las IFI, que son defensoras de los intereses de los acreedores.

 

La deuda ilegal constituye uno de sus ejes prioritarios para 2009 y 2010. ¿Cómo va a trabajar exactamente sobre este concepto?

 

Las experiencias de auditorías en Ecuador y Noruega han sacado a la luz el concepto de deuda ilegal. Pero todavía no existe una definición internacional de deuda ilegal. Por lo tanto deseo, en estrecha colaboración con la CNUCED, definir los contornos de este concepto haciendo hincapié en la corresponsabilidad de los acreedores y los deudores para promover una financiación responsable. Este concepto debe aplicarse en el futuro para prevenir la aparición de nuevas deudas ilegales, pero también en el pasado con el fin de anular sin condiciones todas las deudas ilegales. Con respecto a esas cuestiones ya estoy en contacto con la CNUCED, ya que ésta recibió el año pasado financiación de Noruega, en el marco de un proyecto de tres años, para el desarrollo del concepto de deuda ilegal. Así, nuestro interés común consiste en establecer las posiciones más cercanas posibles con respecto a la deuda ilegal. Para aclarar su contenido, consultaremos a los Estados y las ONG, pero también a las IFI. Finalmente, también pretendo desarrollar, a partir de ahora, la relación entre la deuda externa y el comercio internacional para poder explicar ese vínculo en mi informe de 2010. En efecto, la deuda externa y el comercio internacional son indisociables, puesto que los Estados deudores deben exportar sus materias primas para reembolsar la deuda en dólares estadounidenses. Ese mecanismo los vuelve muy dependientes de los precios de esos productos, fijado por los mercados internacionales.

 

¿Cómo articula las auditorías nacionales de la deuda y el arbitraje internacional de la deuda externa?

 

Es una gestión en dos etapas. En primer lugar, animo a los Estados a que lleven a cabo auditorías de la deuda, a la manera de Ecuador. Las auditorías, en tanto que actos soberanos de los Estados, no necesitan el consentimiento de los acreedores. Dichas auditorías podrían basar las anulaciones o repudios incondicionales de todas las deudas ilegales. Pero si tras la decisión resultante de esas auditorías, como la anulación, el repudio o la suspensión del pago de las deudas, aparece un litigio, éste podrá ser resuelto por un tribunal de arbitraje. Dicho tribunal podrá, además, establecer las responsabilidades compartidas de las partes. Señalamos que esos arbitrajes sobre la deuda soberana ya se han abordado en las Naciones Unidas, en especial por el ex secretario general Kofi Annan. Por lo tanto, la crisis actual se debería aprovechar para establecer este tipo de arbitraje. Finalmente, quiero señalar que mi informe, ciertamente, no será del agrado de los acreedores. Por eso será necesario un amplio apoyo de los ciudadanos, en el norte y en el sur, y una presión popular sobre los gobiernos, porque, en realidad, mi informe no tiene ninguna fuerza vinculante.

 

Notas

 

(1) http://www2.ohchr.org/english/bodies/hrcouncil/11session/reports.htm

 

(2) http://www.cetim.ch/

 

(3) http://www.cadtm.org/IMG/pdf/LAS_CIFRAS_DE_LA_DEUDA_2009-1.pdf

 

(4) El experto independiente presentará en 2010 el informe completo de sus visitas oficiales a Noruega y Ecuador.

 

http://www.cadtm.org/spip.php?article4483