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Derechos de Autor, ¿Reforma o Revolución?

Fuentes: Rebelión

En estos tiempos, cuando existe la oportunidad de realizar verdaderas transformaciones en el sistema de los derechos culturales, la disyuntiva entre la opción reformista de buscar las mínimas hendiduras del Sistema de propiedad intelectual para utilizarlas en beneficio de los derechos de la colectividad, sin tocar el sistema en sí; y la opción revolucionaria de […]


En estos tiempos, cuando existe la oportunidad de realizar verdaderas transformaciones en el sistema de los derechos culturales, la disyuntiva entre la opción reformista de buscar las mínimas hendiduras del Sistema de propiedad intelectual para utilizarlas en beneficio de los derechos de la colectividad, sin tocar el sistema en sí; y la opción revolucionaria de trascender todo el sistema de derechos de autor, en función de que los derechos de la colectividad dejen de ser «excepciones y limitaciones» y pasen a ser la norma, en tanto que las restricciones a los derechos colectivos en función de la comercialización de determinadas obras sean las excepciones, implica la contradicción, más profunda, entre «Reforma» y «Revolución».

Es necesario decidir entre adaptarse al sistema o trascenderlo, entre dorar la tortilla y voltearla.

Cuando todos los caminos estaban cerrados al cambio y la correlación de fuerzas no permitía siquiera plantearse el tema de imponer, por fuerza de la razón, una doctrina socialista de los derechos culturales, la opción de utilizar las fisuras, «suavizar» la omnipresente guillotina de los derechos de las empresas contenidos en toda la legislación internacional de derechos de autor, era la única opción.

Pero en la actualidad, tanto dentro de Venezuela como en el extenso ámbito internacional, existe la posibilidad cierta de insurgir contra la doctrina, impuesta por la fuerza del capital, que restringe los derechos de la mayoría sin importarles pasar por encima de tratados internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional sobre los derechos Económicos, Sociales y Culturales, que garantizan, teórica y declarativamente, el acceso de toda persona a las expresiones culturales.

Ya pasó el tiempo de las palabras, la insurgencia cultural debe ir más allá de lo declarativo. La acción revolucionaria, en relación a los derechos culturales, implica el cambio de las leyes que consagran los privilegios de las corporaciones por encima, incluso, de los derechos de los autores y las autoras que se dice proteger por medio de esos instrumentos jurídicos.

La acción revolucionaria implica también poner en discusión los convenios internacionales, que se suscribieron en momentos cuando el poder unipolar del imperialismo transnacional abría las puertas de nuestros países, en los cuales las corporaciones capitalistas ponían y quitaban gobiernos de acuerdo a sus conveniencias.

En el caso de las obligaciones contraídas por la derecha lacaya a nombre de nuestro país, no basta ponerlas en duda: hay que discutirlas letra por letra y utilizar los mecanismos existentes para modificar, parcial o totalmente, nuestra participación en esos estatutos coloniales.

La transformación de los convenios internacionales regidos por la OMPI requerirán más tiempo, debido a que muchos funcionarios de propiedad intelectual, cuyos cerebros han sido cuidadosamente lavados por ese organismo «multilateral», apoyan incondicionalmente lo que, según ellos han aprendido, es «lo mejor». Esto significa que hay un largo camino que recorrer mientras se rasgan los velos de las mentiras corporativas y se derriban los paradigmas capitalistas y restrictivos que han sido grabados, con la fuerza del cincel de los dólares, en las mentes de quienes se prestaron a eso, y que desgraciadamente ocupan espacios de poder. Los revolucionarios y las revolucionarias que tienen posibilidades de tomar decisiones en los Estados cobran, en estas circunstancias, una importancia crucial para el avance del proceso revolucionario en el ámbito de la llamada propiedad intelectual.

La transformación en nuestro país puede ser una contribución decisiva para la futura implantación de un sistema justo de derechos culturales y funcionará como un plan piloto, cuya evolución vigilarán cuidadosamente los gobiernos de los países progresistas, que seguramente evaluarán la posibilidad de implementar su propio sistema, de acuerdo con sus necesidades nacionales, pero teniendo a la vista la experiencia concreta de que una nueva legislación, es posible.

Sólo entonces estaremos actuando de acuerdo a los principios revolucionarios que declaramos, estaremos cumpliendo con el mandato de nuestra Constitución Bolivariana y de verdad estaremos participando en la vanguardia de la construcción de las bases jurídicas del Socialismo.

Rebelión ha publicado este artículo a petición expresa de la autora, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.