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Internet, Ciberdelincuencia e Interpol

¿El mundo avanza hacia una (ciber)policía global?

Fuentes: Télam

La agenda geopolítica mundial mostró en los últimos meses una serie de iniciativas tendientes a crear una suerte de policía global de Internet. Esto ocurrió bajo las premisas de perseguir la ciberdelincuencia y asegurar medidas de seguridad digital, que comenzaron con la modificación de leyes de propiedad intelectual y rápidamente viraron hacia la persecución del […]

La agenda geopolítica mundial mostró en los últimos meses una serie de iniciativas tendientes a crear una suerte de policía global de Internet. Esto ocurrió bajo las premisas de perseguir la ciberdelincuencia y asegurar medidas de seguridad digital, que comenzaron con la modificación de leyes de propiedad intelectual y rápidamente viraron hacia la persecución del lavado de dinero y el terrorismo internacional. Sin embargo, el problema central es la confusión que presenta el término «ciberdelincuencia» al momento de tratar de identificar los delitos informáticos.

Mientras tanto: el Parlamento Europeo estudia por estos días avanzar con medidas de restricción sobre software legal que posibilita la eventual práctica de hacking (acceso a redes de computadoras con o sin permiso), México dio media sanción a una ley que equipara el intercambio de paquetes de datos End2End con la trata de personas y la Cámara de Representantes de los Estados Unidos lanzó otro proyecto -luego del fracaso de PIPA, SOPA y OPEN- conocido como CISPA (Cyber Intelligence Sharing and Protection Act, o Ley de Protección e Información Policial Cibernética), remozando la idea de que las empresas de Internet confíen la información de sus usuarios al gobierno en nombre de la «seguridad nacional».

De los antecedentes vale destacar que algunas propuestas transformaban a las empresas de Internet en agentes punitivos mediante medidas de ahogo financiero (PayPal, eBay y Visa) o en delatores sobre presuntas violaciones cometidas por los usuarios de Google, Yahoo!, AOL, Twitter y Facebook, entre otras. Esta situación generó el rechazo y conformación por éstas de la NetCoalition, debido a que la mayoría de las firmas cotizantes del Nasdaq (la bolsa de valores electrónica de mayor envergadura) veían comprometido su modelo de negocios.

Respecto de la «ciberdelincuencia» en el ámbito local, la normativa argentina tipifica con la ley 26.388, de 2008, aquellas faltas no contempladas en tiempos anteriores a Internet. Se trata de reformas al Código Penal que adecuan las medidas coactivas a los soportes y plataformas digitales. Entre ellos: difusión de pornografía infantil, la violación o intercepción de una comunicación electrónica -equiparada al correo epistolar-, la confidencialidad de datos o información de archivos, la suplantación de identidad, el fraude informático y la manipulación de cualquier programa de computación «con el fin de causar daños». Nada señala sobre la propiedad intelectual, el lavado de dinero o el terrorismo internacional.

No obstante, Argentina integra la Convención de Budapest sobre ciberdelitos (2001), la cual armoniza normativas de asistencia mutua junto al Consejo de Europa, Estados Unidos, Canadá, Japón, Costa Rica, México y Sudáfrica.

La misma fue suscripta en marzo de 2010 por la Subsecretaria de Tecnologías de Gestión -en la 5ta. Conferencia Anual sobre Ciberdelito, realizada en Estrasburgo- y confirmada el 5 de octubre de 2011 por Resolución Conjunta (863/2011 y 1500/2011) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Jefatura de Gabinete de Ministros para la creación de Comisión Técnica Asesora de Cibercrimen.

Uno de los objetivos centrales de la Convención consiste en crear los instrumentos para perseguir redes de pedofilia, con atención a la Convención de sobre los Derechos del Niño (Naciones Unidas).

La norma -que observa las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y del G-8- persigue el lavado de dinero y la violación de las leyes de propiedad intelectual mediante mecanismos de cooperación internacional, dejando en la legislación interna la tipificación de los mismos, acorde a los Tratados de Internet celebrados ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI – Naciones Unidas).

En sus considerandos protege los datos personales, lo cual entra en colisión directa con aquellas posturas que promueven medidas de control violatorias de la intimidad de los usuarios. Por tal motivo, el cibercrimen o ciberdelincuencia poco tendría que ver con el terrorismo internacional sobre el que avanzan algunas legislaciones y planes directos de Interpol, como la acción conjunta para identificar activistas de Anonymous, que realizó operativos en Argentina y detenciones en España, entre otros países.

Sin embargo, existe un dato curioso, Interpol -con representación en 188 países-realizó una encuesta formal para consultar a la opinión pública sobre la actuación futura de esta policía global.

En su propuesta sobre seguridad digital, Interpol propone cuatro puntos: 1) Capacitación y Formación (para la lucha contra la corrupción); 2) Incremento del apoyo operativo y de la ayuda a la investigación (neutralización de peligros incipientes e identificación de víctimas de catástrofes); 3) Innovación, investigación y seguridad digital (sobre ciberseguridad y ciberdelincuencia); y, 4) Alianzas internacionales y desarrollo con los sectores público y privado.

Los resultados de la encuesta, que finalizó en noviembre de 2011, no están publicados. Serán presentados en la apertura del Complejo Mundial de Interpol para la Innovación en 2014, a realizarse en Singapur.

Hasta entonces seguirá siendo poco claro el alcance y la definición sobre el «cibercrimen», aunque todo parece indicar que se confirma la tendencia hacia la creación de una policía global para Internet.