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El Presidente Chávez da una lección a España

Fuentes: Aporrea

Año 1998: El candidato Hugo Chávez cierra su campaña electoral prometiendo y jurando que llamará a asamblea constituyente para hacer una nueva Constitución y refundar la republica. Diciembre de 1998: Chávez gana las elecciones presidenciales con un 56,2% de los votos. El 2 de febrero de 1999, asume la presidencia. Año 1999: El presidente cumple […]

Año 1998: El candidato Hugo Chávez cierra su campaña electoral prometiendo y jurando que llamará a asamblea constituyente para hacer una nueva Constitución y refundar la republica.

Diciembre de 1998: Chávez gana las elecciones presidenciales con un 56,2% de los votos. El 2 de febrero de 1999, asume la presidencia.

Año 1999: El presidente cumple su promesa y el 15 de diciembre, el pueblo en referéndum aprueba la primera la primera Constitución nacida y discutida en el seno del pueblo con el 71,78% de los votos.

Año 2000: En el contexto de la nueva Constitución los cargos públicos se someten a nuevas elecciones y Hugo Chávez gana con el 59% de los votos.

La nueva Constitución promovida por los revolucionarios y el presidente Hugo Chávez contempla el Referéndum revocatorio de los cargos de elección popular Artículo 72. Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables.

Año 2004: La oposición activa el referéndum revocatorio y el 15 de agosto, el Presidente Hugo Chávez es ratificado en su cargo con el 59%. Venezuela da una lección democrática al mundo.

Año 2006: el 03 de diciembre ¡Elecciones presidenciales! para el periodo 2007-2013. El candidato Hugo Chávez empuña las Banderas del Socialismo y le expresa a los venezolanos y al mundo: «Quien vota por Chávez ¡vota por el Socialismo!» Gana con el 62% de los votos.

Año 2007: Hugo Chávez y los revolucionarios proponen una Enmienda Constitucional.

Que nos dice la Constitución Bolivariana de Venezuela:

DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL

Capítulo I

De las Enmiendas

Artículo 340. La enmienda tiene por objeto la adición o modificación de uno o varios artículos de esta Constitución, sin alterar su estructura fundamental.

Artículo 341. Las enmiendas a la Constitución se tramitarán en la forma siguiente:

La iniciativa podrá partir del quince por ciento de los ciudadanos inscritos y ciudadanas inscritas en el Registro Civil y Electoral; o de un treinta por ciento de los integrantes de la Asamblea Nacional o del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros.

Cuando la iniciativa parta de la Asamblea Nacional, la enmienda requerirá la aprobación de ésta por la mayoría de sus integrantes y se discutirá, según el procedimiento establecido en esta Constitución para la formación de leyes.

El Poder Electoral someterá a referendo las enmiendas a los treinta días siguientes a su recepción formal.

Se considerarán aprobadas las enmiendas de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y en la ley relativa al referendo aprobatorio.

Las enmiendas serán numeradas consecutivamente y se publicarán a continuación de esta Constitución sin alterar el texto de ésta, pero anotando al pie del artículo o artículos enmendados la referencia de número y fecha de la enmienda que lo modificó.

El 02 de diciembre de 2007 la Enmienda constitucional propuesta por el Presidente Hugo Chávez y los revolucionarios se somete a referéndum popular y es rechazada por el 51% del pueblo

Año 2009: por iniciativa de la mayoría de los diputados (146 diputados) de la asamblea nacional y apoyada con 4.760.485 firmas recogidas legalmente en el seno de pueblo, se propone modificar la Constitución Bolivariana de Venezuela y permitir que todos los cargos de elección popular no tengan limites de reelección.

En otras palabras, es el pueblo con el Voto o referéndum revocatorio quien decide cuando se va por ejemplo el Presidente de la República u otro cargo de elección popular.

La pregunta sometida a referéndum fue:

¿Aprueba usted la enmienda de los artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución de la República, tramitada por la Asamblea Nacional, que amplia los derechos políticos del pueblo, con el fin de permitir que cualquier ciudadano o ciudadana en ejercicio de un cargo de elección popular, pueda ser sujeto de postulación como candidato o candidata para el mismo cargo, por el tiempo establecido constitucionalmente, dependiendo su posible elección, exclusivamente, del voto popular?

El 15 de febrero de 2009 se realizó el referéndum y se aprobó con el 54.85% del voto favorable, la enmienda constitucional que permite postulación de cualquier cargo de elección popular de manera continua.

Una lección de Democracia Participativa.

Con esta síntesis cronológica el Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela y el Presidente Hugo Chávez Frías dan una lección al mundo, fue el primer presidente del mundo sometido a referéndum, que él mismo impulsó para que la figura estuviese en la Constitución.

Ciudadanos de España por favor lean la carta que dirige JOSE LUIS SAMPEDRO A ZAPATERO

«…Ante este hecho y sus intenciones, ustedes han puesto la forma política dictada por la Constitución (representación parlamentaria) muy por encima de la soberanía establecida en la carta magna (el pueblo) documento que regula las normas y convivencia en nuestra nación.

Al ejercer su disciplina partidista, sr. Zapatero y sr. Rajoy, en la que los señores y señoras parlamentarias únicamente promulgan el deseo de sus líderes (en el presente caso ustedes), vuestras señorías son responsables y ejecutores del crimen que les expongo.

De forma sorpresiva, en periodo estival, con un Parlamento en funciones, donde las señorías preparan las maletas fuera del hemiciclo ante la próxima cita electoral, ustedes pretenden modificar la Constitución sin consultar a sus soberanos…»

TODA LA CARTA AQUÍ:

http://manuelote.blogspot.com/

¡Es hora de pasar de la indignación a la Sublevación!

¡Luchar hasta Vencer!

Fuente: http://aporrea.org/internacionales/a129366.html