En una declaración conjunta, diversas organizaciones llaman a las autoridades estadounidenses a la mesura en la regulación de la propiedad intelectual. Estados Unidos no debería exigir a los países una protección más allá de los acuerdos internacionales, ni de lo que dispone su propia legislación. La declaración llama también a adoptar procedimientos abiertos y […]
En una declaración conjunta, diversas organizaciones llaman a las autoridades estadounidenses a la mesura en la regulación de la propiedad intelectual. Estados Unidos no debería exigir a los países una protección más allá de los acuerdos internacionales, ni de lo que dispone su propia legislación. La declaración llama también a adoptar procedimientos abiertos y transparentes para la evaluación de los países, y a evitar el uso de amenazas de sanciones comerciales. En cambio, Estados Unidos debería desarrollar políticas de acceso a la información.
La siguiente declaración fue suscrita por organizaciones de Brasil, Colombia, Chile, España, Estados Unidos e India:
DECLARACIÓN CONJUNTA SOBRE EL REPORTE ESPECIAL 301
El Reporte Especial 301 no debería ser empleado:
- Para presionar a los países a adoptar una protección de la propiedad intelectual que excede los requerimientos del Acuerdo sobre los ADPIC.
- Para presionar a los países a adoptar una protección de la propiedad intelectual que excede el nivel de protección previsto en la legislación de los Estados Unidos.
- Para presionar a los países a firmar los Tratados Internet de la OMPI o el Anti-Counterfeiting Trade Agreement
El Reporte Especial 301 y el proceso de revisión que precede a su redacción debería ser más abierto y transparente.
- Una significativa parte del Reporte Especial 301 está escrito ambiguamente, dejando incertidumbre en sus lectores acerca del objetivo o requerimiento del USTR. Cuando el USTR cita un país carente de adecuada o efectiva protección a la propiedad intelectual, debería precisar exactamente las leyes o políticas que son vistas como problemáticas.
- Cuando agrupaciones empresariales alegan que un país carece de adecuada o efectiva protección a la propiedad intelectual, el país debería disponer de una adecuada oportunidad para revisar y responder. Del mismo modo, partes interesadas (organizaciones de la sociedad civil) deberían ser capaces de usar dicha oportunidad para responder.
- Las alegaciones de la industria que incluyen estimaciones de sus pérdidas debidas al débil cumplimiento de la propiedad intelectual deberían ser acompañadas de la data y metodología usada para llegar a sus estimaciones.
Para cumplir con nuestra obligación ante la OMC de hacer uso de su sistema de resolución de controversias para resolver disputas bilaterales, la revisión anual del Reporte Especial 301 debería implementarse en un modo que remueva toda amenaza de sanciones comerciales unilaterales.
La administración de Obama debería convocar a un proceso de investigación y adoptar una política pro desarrollo en derechos de autor que guíe sus objetivos de política comercial.
FIRMAN:
Centre for Internet and Society (India) Centro de Tecnologia e Sociedade-Fundação Getulio Vargas (Brasil) Closer2Patents (India) ONG Derechos Digitales (Chile) Electronic Frontier Foundation (Estados Unidos) Fundación Karisma (Colombia) IP Justice (Estados Unidos) Knowledge Ecology International (Estados Unidos) La-EX (España) Public Knowledge (Estados Unidos)
La declaración está también disponible en inglés.