Las Islas Vírgenes, las Bahamas, Caimán, pero también Irlanda, Países Bajos o Malta, etc., tienen una legislación que permite que empresas y particulares no cumplan con sus obligaciones fiscales o que se aprovechen de mecanismos que facilitan la elusión fiscal. Estos mecanismos son generados intelectualmente, en muchas ocasiones, por lobbies y personas que practican las puertas giratorias.
Algunas de las soberanías fiscales que más facilitan la erosión de los ingresos públicos globales formalmente dependen de los gobiernos que dicen querer la inexistencia de esos mecanismos jurídicos de elusión y se declaran enemigos del fraude fiscal; también por gobiernos que ideológicamente quieren reducir los ingresos y gastos públicos o extraer esos ingresos públicos de las soberanías vecinas y no de su electorado.
Ahora, nos encontramos con los “Papeles de Pandora”, nombre asignado a la labor del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación, que han investigado los documentos de 14 despachos de abogados especializados en paraísos fiscales y generación de empresas opacas. A estas se les asignan beneficios extraídos de las operaciones mercantiles de filiales del grupo o de un particular, para minimizar su factura fiscal global, incluyendo la posibilidad de factura cero, a favor de accionistas y propietarios, con perjuicio del resto de los contribuyentes y de la ciudadanía en general.
Pero, antes de los Papeles de Pandora estuvieron los Papeles de Panamá, los de la Castellana, los del banco HSBC, … Nos escandalizamos periódicamente por el desvelamiento de documentos de diferentes despachos o fugas informativas en bancos gracias a informantes o alertadores, como Falciani. Pero la pregunta recurrente, que se nos viene a la cabeza y que se hace a los gobernantes, es por qué se permite la existencia de esas guaridas o paraísos fiscales, agujeros en la fiscalidad de los Estados.
O, complementariamente, por qué se mantienen legislaciones que formalizan la posibilidad de ocultar beneficios y riquezas para que no tributen. También, qué se hace para sancionar a los gobiernos que mantienen en sus países legislaciones facilitadoras de la ocultación de los fondos sin tributación y los nombres de los evasores y empresas que hacen elusión fiscal. O, como mínimo, qué obstáculos y medios se emplean para obstruir y mitigar el fraude y la elusión fiscal.
Las respuestas son ambivalentes, se nos dice que algo se está haciendo y se mantiene una buena dosis de hipocresía y cinismo. Si la Unión Europea permite que sus propios socios, Países Bajos, Irlanda y otros tengan mecanismos de elusión fiscal no es de extrañar que su definición de paraíso fiscal sea parcial y de poco alcance. No se soluciona nada si solo hay un cambio de nombre, pasando de ‘paraíso fiscal’ a ‘jurisdicción no cooperativa’. Hay que atacar de frente, si se quiere construir una Europa social, quitando la regla de la unanimidad en las reglas fiscales. Pero, al igual que hay una falta de coherencia europea, también Estados Unidos tiene en su seno a las mayores ‘jurisdicciones del mundo no cooperativas’, como el Estado de Delawere, con una legislación que no tiene nada que envidiar a la panameña.
Es cierto que varios factores como la crisis económica, la desigualdad escandalosa entre las decilas de población más pudiente y el resto denunciada repetidamente y la movilización de organizaciones por la justicia fiscal, han propiciado que la gobernanza de la fiscalidad mundial esté en entredicho y los rectores del G7, G20 o la OCDE hagan propuestas de alterar el statu quo actual.
Las búsquedas de consenso dentro de la OCDE son unas buenas respuestas para lograr que haya un mínimo mundial de tipo en el impuesto de sociedades, junto a una homogeneización del significado de la base imponible y una imposición a los beneficios empresariales proporcional a la cifra de ventas en un espacio económico a las empresas digitales. Es una buena respuesta también establecer un límite de los cargos por royalties y otras transferencias, que son utilizados para llevar los beneficios, con una planificación fiscal agresiva, a cualquier soberanía con bajos impuestos.
Pero hay que fortalecer la lucha contra la elusión y el fraude fiscal, generalizando el intercambio de información tributaria automático, potenciando el personal especializado, cambios legales o la utilización de las normas ya existentes. Y ahí, echamos en falta más diligencia.
¿Cuándo un desarrollo generalizado de la ley de contratos públicos impedirá o ponderará negativamente en los concursos a las empresas que actúan o tienen accionistas que operan en las guaridas fiscales? o ¿cuándo se inhabilita o sanciona a directivos, bufetes y otras entidades que facilitan fraudes y elusión fiscal? ¿Hay normas para que candidatos, electos y funcionarios no puedan tener cuentas o empresas en paraísos fiscales…?
Santiago González Vallejo. Economista, USO. Plataforma de la Justicia Fiscal