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Informe de revisión de la Directiva Europea de Retención de Datos

Fuentes: Nación Red

  Tras los atentados de Madrid y Londres, ejecutados mediante el uso de teléfonos móviles, en 2006 se aprobó una Directiva por la cual se instaba a los gobiernos de los Estados miembros de la Unión a aplicar esquemas de recolección y almacenamiento de datos personales relativos a las telecomunicaciones. La Comisión Europea publicó ayer […]

 

Tras los atentados de Madrid y Londres, ejecutados mediante el uso de teléfonos móviles, en 2006 se aprobó una Directiva por la cual se instaba a los gobiernos de los Estados miembros de la Unión a aplicar esquemas de recolección y almacenamiento de datos personales relativos a las telecomunicaciones. La Comisión Europea publicó ayer su evaluación de la Directiva Europea de Retención de Datos.

Uno de los muchos efectos de la directiva fue la obligatoriedad de asociar nombre, apellidos y número de identificación (y hasta número de tarjeta de crédito) a todos los teléfonos móviles con tarjeta pre pago, que hasta entonces eran de libre compra y uso.

Otro de los efectos ha sido el constante peligro que comporta para la privacidad de los ciudadanos el hecho que se guarden todos sus datos en ficheros inseguros y susceptibles de robo, así como el encarecimiento de las operaciones para las tele-operadoras, que ahora están forzadas a mantener dichos ficheros durante periodos que van desde los 6 meses hasta los 2 años, dependiendo del país. Aún recibiendo compensaciones económicas, éstas también cambian dependiendo del país y la operadora.

Ésta disparidad en la aplicación de la directiva según países es uno de los puntos del informe, junto con las vías de acceso y uso a los datos. Otro punto declara que los datos retenidos causan una ligera perdida del derecho a la privacidad, mientras que se ha demostrado que los datos relativos a números de teléfono, direcciones IP y el resto de identificadores han sido realmente útiles para el encarcelamiento de delincuentes y la exoneración de inocentes.

Hay que recordar que las Directivas Europeas son de obligatoria transposición a todos los estados miembros, pero que su aplicación puede resultar, digamos, complicada. Como en Alemania, donde tras unas cuantas acciones de oposición, hace poco más de un año se declaró inconstitucional la Ley de Almacenamiento de Datos.

Aún así, el Parlamento Europeo sigue aceptando los dictados de la Comisión, como cuando sus Señorías «cayeron en una trampa«, gestada por parte del grupo popular, que les llevó a, no sólo aprobar el almacenamiento de más datos relativos a comunicaciones, si no también a las búsquedas en internet de los ciudadanos europeos.

Ahora, una vez realizado éste último informe de evaluación, la Comisión Europea preparará una nueva proposición de enmiendas a la Directiva, tras consultar a las diferentes agencias de policía, expertos en retención y protección de datos, así como a la sociedad civil y la industria.

Lo que pasa es que siendo un tema en manos de la inquietante Comisaria Malmström, responsable de la política de criminalización de casi todo lo relacionado con Internet en pos de la seguridad y la protección (aunque no se sabe bien de qué o de quien), casi que mejor dejar la directiva como está, no vaya a ser que, tras las enmiendas, el hecho de mandar un correo electrónico mediante una red abierta constituya delito penal por acoso a menores

http://www.nacionred.com/privacidad/informe-de-revision-de-la-directiva-europea-de-retencion-de-datos