La Cláusula Mariposa plantea la posibilidad de exigir indemnizaciones y daños punitivos a un Estado infractor de una licencia de software. Esta Cláusula propone la prohibición del uso de dichas licencias de software por aquellas administraciones públicas en una guerra de agresión o actos de lesa humanidad y genocidio. «La informática representa un esfuerzo global, […]
La Cláusula Mariposa plantea la posibilidad de exigir indemnizaciones y daños punitivos a un Estado infractor de una licencia de software. Esta Cláusula propone la prohibición del uso de dichas licencias de software por aquellas administraciones públicas en una guerra de agresión o actos de lesa humanidad y genocidio.
«La informática representa un esfuerzo global, ingente y eficaz, es obra intelectual y moral de muchas personas y de décadas de trabajo. Pero el software puede servir los fines más perversos de control, dominio y aniquilación.
Los creadores de tecnología tienen por ello una responsabilidad: asegurar que los frutos de su obra no servirán para que un Estado criminal acometa crímenes a gran escala y quede impune por ello.»
El abogado José María Lancho, asociaciones humanitarias y un equipo de relevantes programadores proponen a los creadores de software un modelo de contrato internacional sencillo y justo, que el titular o programador añadiría a cada una de sus licencias principales. Está concebido para no poder interferir con el uso legal del contrato de licencia principal y que se relaciona con este conformando un negocio informático complejo.
Esta iniciativa, suscrita por Manos Unidas, la asociación Linux Español, el programador Julian Coccia, la empresa informática CISL Spain, la asociación de juristas Legal Venture y tiene como finalidad no producir interferencia jurídica ninguna en el ámbito jurídico civil y privado entre las partes y tampoco deformar o interferir con el tipo de licencia abierta o propietaria que el productor de software decida incorporar a su obra. Además, pretende aprovechar el sistema internacional privado de reglas para sujetar a un Estado con un compromiso contractual, libremente aceptado por él, que en caso de que no se cumpla, pueda ser demandado en una instancia diferente a sus Juzgados y Tribunales nacionales y sus sistemas de inmunidad, impunidad y excepciones soberanas.
En definitiva, la Cláusula Mariposa, arbitra una teoría del caos para el Derecho Internacional Privado.
Constitución de la Junta del Proyecto Mariposa:
José María Lancho Rodríguez
Julian Coccia
Isabel Sanuy
Ana Piernas
Natalia Fernández Durán
Roberto Santos
Dirección:
C/Sagasta nº 24, 6º derecha
Madrid
Teléfonos:
645973374 (Cuestiones legales)
639424135 (Cuestiones técnicas)
Correo electrónico:
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