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Los fondos de las «no pensiones»

Fuentes: Contrapunto

El asunto de las pensiones está suscitando todo tipo de ocurrencias, son ruido en el sistema, sin que ningún partido sea capaz de coger el toro por los cuernos. En ese mar de confusión ha intervenido el Gobierno con una medida difícil de entender, abre la posibilidad de rescatar las participaciones de los fondos de […]

El asunto de las pensiones está suscitando todo tipo de ocurrencias, son ruido en el sistema, sin que ningún partido sea capaz de coger el toro por los cuernos. En ese mar de confusión ha intervenido el Gobierno con una medida difícil de entender, abre la posibilidad de rescatar las participaciones de los fondos de pensiones a los diez años de haberlas realizado.

He defendido siempre la inutilidad de los llamados fondos de pensiones. Constituyen tan solo una forma de ahorro, y no de las mejores. El único nexo que hasta ahora, aparte del nombre, mantenían con las pensiones era que no podían rescatarse hasta la jubilación. Este lazo ya se había roto, aunque muy parcialmente, hace algún tiempo, al permitir el rescate en determinadas excepciones: desempleo de larga duración o enfermedad grave. Pero ahora se da un paso más al desaparecer por completo la relación con la jubilación en cuanto que se permiten, sin ninguna condición, los rescates a los diez años de realizar la aportación. Se han convertido más bien en depósitos a plazo. Fondos de «no pensiones» deberían denominarse.

El Gobierno justifica la medida en la conveniencia de incentivar los fondos privados. Dudo mucho que eso acreciente el atractivo de esta inversión, pero sí puede originar dentro de 10 años una desbandada de recursos. En realidad, racionalmente el interés de los fondos de pensiones es muy reducido. En España, el único aliciente que tienen es la desgravación fiscal en el impuesto sobre la renta. El beneficio, no obstante, no es tan grande como podría parecer a primera vista. Si bien las aportaciones se deducen de la base imponible del IRPF, cuando se rescata parcial o totalmente el fondo la cantidad correspondiente tiene que tributar en ese ejercicio. Desde esta óptica, el beneficio fiscal consiste tan solo en posponer el momento en que se hace efectivo el gravamen. La única ventaja hipotética radica en que el tipo marginal del impuesto pudiera ser menor en el momento del rescate que en el de las aportaciones.

Hasta el 31 de diciembre de 2006, fecha en la que se modificó la normativa, contaban con otro aliciente: llegada la jubilación, el fondo se podía rescatar de una sola vez, y su tratamiento fiscal comportaba que la incorporación a la base imponible era tan solo del 60 % de su cuantía. Esta ventaja desaparece para las nuevas aportaciones realizadas a partir de esa fecha. Si hasta ese momento era muy dudosa la conveniencia de realizar aportaciones a los fondos privados, a partir de entonces parece evidente que únicamente la ignorancia y el desconocimiento pueden conducir a querer invertir en esta modalidad. Ello es tanto más cierto si tenemos en cuenta que los posibles beneficios que puedan obtenerse, a diferencia de los de otras inversiones, tributan a un tipo más elevado, al hacerlo como rentas de trabajo en lugar de como rentas de capital.

Los fondos de pensiones no salen muy bien librados si se les compara con otras formas de ahorro. En primer lugar, participan de los mismos defectos que todos los fondos de inversión. El partícipe no controla el destino de la inversión y nunca estará seguro de si se realiza mirando a la rentabilidad o a la conveniencia de la gestora o depositaria, que normalmente pertenecerán a la misma entidad financiera., la rentabilidad, como es lógico, estará en correlación con el riesgo; pero, en cualquier caso, sea esta positiva o negativa, se verá minorada por las comisiones de gestión y de depósito. Además, los fondos de pensiones presentan un inconveniente adicional a los de los otros fondos y es que el dinero permanece cautivo, ahora al menos durante diez años, antes hasta la jubilación.

Los mal llamados fondos de pensiones solo benefician a las entidades financieras depositarias de las inversiones y que controlan a las gestoras. De hecho, dejarían de existir tan pronto como desapareciese la desgravación fiscal, tal como se han encargado de vocear sus propios defensores todas las veces que se ha extendido el rumor de que iban a perder las ayudas tributarias. ¿Pero cuál es entonces la razón de ser de un producto financiero que sin desgravación fiscal nadie, ni ricos ni pobres, estaría dispuesto a demandar? Para el participante carecen de todo aliciente: ausencia de liquidez, carencia de control de la inversión, pago de importantes comisiones, etc. Ahora bien, precisamente lo que son rémoras para el cliente se convierten en ventajas para las entidades financieras: fondos cautivos que manejan a su antojo a través de las gestoras y que les dotan de enorme poder económico, a la vez que les permiten apropiarse mediante distintas comisiones de la casi totalidad de la rentabilidad que tales recursos puedan generar.

La potenciación de los fondos de pensiones se fundamenta en una gran mentira: la inviabilidad del sistema público. Los interesados en que los fondos de pensiones se extiendan procuran que arraigue todo tipo de dudas acerca de la supervivencia de las pensiones públicas, en el convencimiento de que cuanto menos se proteja desde el sector público la contingencia de jubilación, más se expandirán los fondos privados. Muchos ciudadanos serán víctimas de un doble engaño. Primero, que el sistema público de pensiones es inviable. Segundo, que la forma de protegerse para la jubilación consiste en suscribir un fondo privado.

Entre todos los gastos del Estado, las pensiones públicas sufren una especial maldición: el haber ligado su financiación a las cotizaciones sociales. Eso es lo que origina que se hable de la viabilidad o inviabilidad del sistema, cosa que no se hace en relación con ninguna otra partida presupuestaria. Nadie se plantea la imposibilidad de afrontar los costes de la educación, la sanidad, la policía, la justicia, etc. No se duda de que se pagarán las deudas contraídas. Todos los ingresos del Estado responden de su financiación.

Es verdad que ya va calando la idea de que la financiación de las pensiones no puede depender exclusivamente de las cotizaciones sociales y de que se precisa la concurrencia del Estado. Concurrencia del Estado, pero no como prestamista, tal como ahora ocurre, sino con aportaciones a fondo perdido. Las ocurrencias que van desgranando los partidos, en buena medida para hacerse propaganda electoral, no llegan al fondo del problema. El partido socialista ha propuesto crear dos impuestos específicos a la banca para financiar las pensiones. La iniciativa tiene de positivo el hecho de que se acepta explícitamente que estas prestaciones también deben sostenerse con impuestos, pero se equivocan al no superar la concepción de la Seguridad Social como un apartado cerrado dentro del sector público y al pretender, en contra de los principios más elementales de la Hacienda Pública, crear impuestos afectados a determinados gastos.

Tampoco el Partido Popular está dispuesto a superar el esquema de la separación de fuentes de financiación, ya que afirma que la solución al problema de las pensiones radica en la creación de empleo y en todo caso en el traslado de determinadas prestaciones -como los complementos a mínimos- de la Seguridad Social al presupuesto del Estado.

En cualquier caso, la salvación no puede provenir de los fondos de pensiones. Supeditar la solución de la contingencia de vejez a la cantidad de ahorro que cada individuo haya podido acumular a lo largo de su vida activa es condenar a la pobreza en su ancianidad a la gran mayoría de la población. Es bien sabido que el 60 % de los ciudadanos carece de capacidad de ahorro (no llega a final de mes), y otro 30 %, si ahorra, lo hace en una cuantía a todas luces insuficiente para garantizar el mínimo vital en la jubilación.

www.martinseco.es

Fuente: https://www.republica.com/contrapunto/2018/02/22/los-fondos-las-no-pensiones/#