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Las emisoras comunitarias del Ecuador, a la espera de un nuevo escenario comunicacional

Fuentes: Revista Pueblos

La Ley Orgánica de Comunicación de Ecuador cumple dos años de vigencia en el país andino. La polémica norma, que en su momento fue bautizada por los sectores de oposición como «ley mordaza», aspiraba a democratizar el acceso a la comunicación de la ciudadanía a través del reparto equitativo del espectro radioeléctrico y el fortalecimiento […]

La Ley Orgánica de Comunicación de Ecuador cumple dos años de vigencia en el país andino. La polémica norma, que en su momento fue bautizada por los sectores de oposición como «ley mordaza», aspiraba a democratizar el acceso a la comunicación de la ciudadanía a través del reparto equitativo del espectro radioeléctrico y el fortalecimiento del sector comunitario. Dos años después de su aprobación, el sector privado mantiene prácticamente la totalidad de la propiedad del radioespectro, mientras que los movimientos sociales critican las dificultades para acceder a la asignación de frecuencias.

La primera medida del presidente Rafael Correa a su llegada a unas instituciones socialmente deslegitimadas fue la convocatoria de una Asamblea Constituyente para dotar al país de un marco constitucional acorde a la nueva etapa política, social y económica que se abría en el Ecuador. La Constitución de Montecristi (2008) incorporó muchas de las reivindicaciones históricas de las organizaciones sociales que, a su vez, ya habían sido recogidas en la agenda programática del movimiento Alianza País. La Carta Magna definió el carácter intercultural y plurinacional del Estado ecuatoriano (una de las principales demandas del movimiento indígena); el reconocimiento de los derechos de la naturaleza, que hacen única en el mundo a la constitución ecuatoriana; y una sección dedicada exclusivamente a los derechos a la comunicación e información en la que se habló por primera vez de medios comunitarios, se prohibió la concentración de medios y se garantizó la asignación de frecuencias en condiciones de igualdad.

La mayoría de Alianza País en la Asamblea Legislativa permitió la aprobación de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) después de que varios proyectos anteriores hubieran sido rechazados. Al igual que las leyes aprobadas en otros países de la región, como Bolivia o Argentina, la LOC establece el reparto equitativo y porcentual de frecuencias entre los sectores público, privado y comunitario, una estrategia necesaria para romper los monopolios de la comunicación que fue propuesta por las organizaciones populares que participaron en la redacción del texto.

Como en otros países de América Latina que se atrevieron a tocar los intereses de los poderosos grupos comunicacionales, los medios privados del Ecuador orquestaron una campaña por la defensa de la libertad de expresión que, según ellos, estaba siendo amenazada con la entrada en vigor de una norma que calificaron como «ley mordaza». La guerra entre los medios privados y el Gobierno venía desde años atrás, a raíz de la prohibición constitucional que impide a los grupos financieros participar en el control del capital, la inversión o el patrimonio de los medios de comunicación social. Dos años después de la aprobación de la LOC, siguen siendo habituales los rifirrafes entre el Gobierno y los medios privados, mientras que el presidente Correa ejerce el derecho a réplica, reconocido en la ley, en los programas semanales «Enlace Ciudadano», donde llegó a romper un ejemplar del diario La Hora.

Sanción a los programas discriminatorios

Algunos de los artículos más valorados desde las redes de comunicación comunitaria y alternativa son los que hacen referencia al derecho a la comunicación intercultural y plurinacional y los que sancionan los contenidos discriminatorios. En un país que reúne población mestiza, indígena, afrodescendiente, blanca y montubia, la promoción de contenidos interculturales que reflejen la cosmovisión de pueblos, nacionalidades y comunidades implica la visibilización de la mayor parte de la sociedad, que históricamente ha sido excluida de los medios de comunicación.

Bajo el amparo de la ley, las personas o colectivos que identifiquen la emisión de contenidos discriminatorios en los medios de comunicación pueden presentar la correspondiente denuncia ante la Superintendencia de Comunicación e Información (Supercom), encargada de la resolución de conflictos y, en su caso, de la sanción al medio que infringiera la ley. La asociación TILGB Silueta X presentó la denuncia por contenidos discriminatorios por orientación sexual emitidos en un sketch del programa «Pareja Feliz» del canal Teleamazonas. Después de ser sancionado en dos ocasiones y verse obligado a pedir disculpas públicas, Teleamazonas decidió finalmente sacar de antena «Pareja Feliz», programa que, haciendo alarde de una escasa sensibilidad, se definía en su perfil de Twitter como un «programa censurado, multado y observado por la Secom, Cordicom, Supercom y por el pocotón de acomplejados sufridores inseguros sensibles y perturbados».

Sanciones como éstas han sido entendidas como ataques a la libertad de expresión por parte de los medios afectados. La obligación de identificar las fuentes de información u opinión o la responsabilidad del medio sobre los contenidos emitidos son interpretadas como medidas de control del Gobierno hacia unos medios privados en su mayoría críticos con la gestión de la Revolución Ciudadana. Desde el oficialismo, el espíritu de la ley se resume en una sola frase: «Diga usted lo que quiera, pero hágase responsable».

El sector comunitario

El reconocimiento del derecho a la comunicación, plasmado tanto en la Constitución de Montecristi como en la LOC, amparaba la distribución porcentual y proporcional de frecuencias entre los sectores público, privado y comunitario, lo que hacía prever un fuerte impulso a la comunicación comunitaria y a las radios populares, que llevaban décadas emitiendo bajo licencia comercial por la falta de reconocimiento a lo «comunitario». Según se redactó en el texto final, las frecuencias se repartirían equitativamente «reservando» los porcentajes asignados a cada sector conforme se liberaran las licencias por finalización de las concesiones otorgadas por quince años, o por la obligación de devolverlas en casos de concentración. Pero, a dos años de la aplicación de la LOC, sólo se han otorgado licencias provisionales para 14 nacionalidades indígenas, mientras que los medios privados conservan alrededor del 85 por ciento de la propiedad del radioespectro.

José Ignacio López Vigil es el coordinador de Radialistas Apasionados y Apasionadas, un centro de producción de contenidos que desde hace catorce años distribuye micros para reforzar la programación de las emisoras de la región, especialmente de las radios comunitarias y locales. José Ignacio formó parte de las redes que trabajaron para que la ley saliera adelante con las aportaciones realizadas desde las organizaciones de base y recuerda la satisfacción del movimiento por la aprobación de un proyecto en el que habían trabajado durante años.

Pero la alegría duró hasta que pudieron leer el texto que finalmente fue aprobado en la asamblea y al que se introdujeron «literalmente la noche anterior» varios puntos que no habían sido discutidos, según aclara López. Entre ellos, señala la creación de un órgano sancionador que nunca había sido mencionado, la posibilidad de que los medios públicos puedan tener «carácter oficial» o la obligación de contar con un título en comunicación para realizar actividades periodísticas, lo que considera un atentando contra el ejercicio del derecho a la libertad de expresión. Muy oportunamente, José Ignacio recuerda que este artículo hubiera impedido a Gabriel García Márquez o a Eduardo Galeano el ejercicio periodístico en los medios ecuatorianos.

Sin embargo, lo que llega a calificar como «emboscada», y que estaría detrás de la paralización de licencias comunitarias, es el reglamento en el que se fijan los mismos criterios de asignación de frecuencias para los medios privados y los comunitarios, «que por supuesto no juegan con las mismas ventajas». La exigencia de personalidad jurídica y la presentación de cuatro informes (informe técnico para no interferir frecuencias, proyecto comunicacional de la emisora de acuerdo a la ley, plan de gestión y plan de sostenibilidad económica que garantice la viabilidad del proyecto para los quince años que dura la licencia) son requeridos tanto a medios con fines sociales como a medios privados para poder competir en un concurso público para la asignación (o concesión, según el reglamento) de frecuencias. Precisamente, el uso del término «concesión» es otro de los elementos que para José Ignacio desvirtúa el espíritu de la ley: «El Estado no me concede un derecho, me lo tiene que garantizar».

Desde las instituciones responsables de la distribución de frecuencias se reconoce con preocupación que no constan solicitudes por parte de medios comunitarios para acceder a licencias de emisión, pero lo atribuyen a la inexistencia de actores comunitarios. El trabajo activo de las históricas radios populares y educativas del Ecuador contradice el argumento oficial. La Coordinadora de Medios Comunitarios Populares y Educativos del Ecuador (CORAPE) agrupa a ochenta emisoras que emiten desde las tres regiones del país y que todavía lo hacen bajo licencia comercial.

Es el caso de las Escuelas Radiofónicas Populares del Ecuador (ERPE), fundada en 1962 por el monseñor Leónidas Proaño con la ayuda de la cooperación extranjera para la alfabetización indígena y campesina. Medio siglo después de que se iniciara la educación a distancia, ERPE continúa emitiendo para las zonas urbanas y rurales de la provincia de Chimborazo y promueve proyectos socioproductivos entre sus asociados. La ley permite que estas emisoras migren de las licencias privadas a las frecuencias comunitarias reservadas para el sector, pero desde estas redes se critican las dificultades para acceder a la asignación de frecuencias y manifiestan el desconocimiento general del sector respecto al proceso. Tampoco se puede dejar de lado el costo estimado por la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicación (Arcotel) para la puesta en marcha de una radio comunitaria: 100.000 dólares que difícilmente puede reunir la mayor parte de los colectivos interesados en solicitar una radio con fines sociales.

Lo comunitario en lo urbano

Wambra Radio es la única emisora comunitaria que emite desde Quito. En ella participan diversos colectivos que mantienen de forma solidaria y colaborativa esta propuesta de comunicación alternativa que, de momento, sólo se lanza en versión digital. Jorge Cano es miembro de El Churo, un colectivo de educación y comunicación popular que junto a otras organizaciones vieron, hace ya cinco años, la necesidad de crear una radio comunitaria en el contexto de lo urbano «frente al individualismo y al tratamiento de la información como mercancía». En este momento participan diversos colectivos urbanos que trasladan su agenda a la agenda de «la Wambra» («chica» en kichwa), que se define como una emisora feminista, no racista, defensora de los derechos humanos y de la tierra, y con una posición política de izquierda, pero no partidista.

Uno de los colectivos que hace la aportación feminista a la Wambra es el programa Calzón Violeta, del colectivo Las Menganas. Desde hace un año, sus integrantes trasladan el activismo a la radio digital para abordar desde la comunicación popular los temas que les ocupan: el feminicidio y la visibilización de las múltiples violencias hacia las mujeres; los derechos sexuales y reproductivos, con la penalización del aborto como eje; y la criminalización de la protesta social en diferentes áreas de activismo. Para Violeta Carrillo, Calzón Violeta se convierte en el «pretexto para reunir a las integrantes del colectivo, para planificar, para escucharnos unas a otras y reafirmar, de forma espontánea y desde nuestras necesidades, los temas que nos preocupan».

Aunque en el horizonte de la emisora está salir al aire, los requerimientos contemplados para la solicitud de frecuencias están lejos de su alcance. Jorge Cano reconoce los avances del texto en muchos sentidos, pero, finalmente, «la introducción de tantos nudos en la ley hace que mi derecho a la comunicación esté supeditado a un montón de requisitos».


Mari Cruz Tornay Márquez forma parte del consejo de redacción de Pueblos – Revista de Información y Debate.

Artículo publicado en el nº66 de Pueblos – Revista de Información y Debate, tercer trimestre de 2015.