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Tribunal de la UE falla contra el canon digital en Italia para profesionales

Fuentes: Agencias

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció hoy que el «canon digital» que recoge la legislación italiana sobre los derechos de autor es contrario al derecho comunitario y debe excluir a los equipos de grabación audiovisual adquiridos por profesionales. La sentencia, que responde a una cuestión planteada al tribunal con sede en […]

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció hoy que el «canon digital» que recoge la legislación italiana sobre los derechos de autor es contrario al derecho comunitario y debe excluir a los equipos de grabación audiovisual adquiridos por profesionales.

La sentencia, que responde a una cuestión planteada al tribunal con sede en Luxemburgo por parte del Consejo de Estado de Italia, censura el llamado «decreto Bondi», que prevé una compensación para los autores a través de un canon, y sostiene que la administración transalpina debe proporcionar un sistema automático de exención cuando el uso final no sea una copia privada.

La sentencia comunitaria se pronunció así a favor de ocho firmas productoras, Nokia Italia (antes Microsoft Mobile Sales International Oy), Hewlett-Packard, Telecom Italia, Samsung Electronics Italia, Dell, Fastweb, Sony Mobile y Wind Telecomunicazioni.

Esas empresas, que fabrican dispositivos susceptibles de ser utilizados para realizar copias audiovisuales, como ordenadores o teléfonos móviles, apelaron una sentencia italiana en primera instancia que avalaba la legislación vigente en el país.

Sin embargo, los magistrados de la UE señalan que, si bien es legal a ojos del derecho comunitario que se establezca un sistema para que los autores reciban una «compensación equitativa», esta debe aplicarse al usuario final y no a quienes fabrican o distribuyen el producto.

La sentencia rechaza, además, que ese sistema recaiga exclusivamente en la Sociedad Italiana de Derechos de Autores y Editores (SIAE) y que no exista una ley específica que regule el procedimiento.

La sentencia fue aplaudida por la mayor asociación europea de industrias de tecnología digital, Digital Europe, que señaló que, al considerarse ilegal el sistema que impera en Italia desde 2009, el fallo podría dar lugar a que la SIAE tuviera que afrontar el «reembolso de millones de euros de cánones cargados en los últimos siete años».

«La sentencia de hoy es la última de una serie de fallos que muestran que los cánones digitales no pueden imponerse indiscriminadamente», agregó Digital Europe.

Por ejemplo, el dictado el pasado mes de junio relativo a España, cuando el TJUE estableció que el nuevo cálculo para la compensación por copia privada que sustituye al conocido como «canon digital» en ese país se opone a la directiva comunitaria pues «no asegura que el coste de la compensación equitativa solo sea sufragado por los usuarios de copias privadas».

Fuente: http://eldia.es/agencias/8873774-UE-PROPIEDAD-INTELECTUAL-Tribunal-UE-falla-canon-digital-Italia-profesionales