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El Banco Mundial tiene que rendir cuentas

Fuentes: Attac Madrid

Contrariamente a lo que se piensa, el Banco Mundial (BM) no goza en cuanto institución y en tanto que persona moral de la inmunidad.

Pregunta 1 : ¿Es posible accionar contra el Banco mundial ante los tribunales ?

Contrariamente a lo que se piensa, el Banco Mundial (BM) no goza en cuanto institución y en tanto que persona moral de la inmunidad. El artículo VII, Sección 3 del convenio constitutivo prevé explícitamente que el BM puede ser demandado ante los tribunales bajo ciertas condiciones. El BM puede ser el objeto de juicio ante una instancia nacional en el pais en el que tiene una representación y/o en uno donde emite títulos [1].

La posibilidad de llevar al BM ante la justicia fue prevista desde su fundación en 1944 sin que ninguna modificación haya sido aportada hasta hoy. La explicación es simple: el BM financia los préstamos que otorga a sus miembros a través de los emprestitos que él mismo hace (via emisión de títulos-bonos) en el mercado financiero. Originalmente dichos títulos fueron adquiridos por los grandes bancos privados, principalmente norteamericanos y hoy lo son por otras instituciones entre las que aparecen también los fondos de pensión y sindicatos.

Lo paises fundadores del BM consideraron que los títulos emitidos no serían vendidos si los compradores no recibían la garantía que podrían accionar en caso de imposibilidad de pago. Desde el punto de vista de la inmunidad, aquí encontramos una diferencia fundamental entre el convenio constitutivo del BM y del FMI: el primero no goza de ella porque en general recurre a los servicios de los banqueros y al de los mercados financieros. Ningún banquero le haría préstamos si gozara de la inmunidad. En cambio el FMI goza de la inmunidad porque financia sus préstamos con las cuotas-partes aportadas por sus miembros. Se puede decir que si la inmunidad no cubre al BM no es por razones humanitarias sino por la necesidad de dar garantias a los proveeedores de fondos. Por eso es posible demandar al BM en los numerosos paises en los que tiene oficinas. Es posible hacerlo en Jakarta o a Dili, capital de Timor oriental, lo mismo que en Kinshasa, Bruxelles, Moscú o Washington donde tiene representaciones.

Pregunta 2 : ¿Cuáles son los argumentos para demandarlo ?

Desde que el BM otorga préstamos [2] , una gran parte de éstos sirvió para la aplicación de políticas que perjudicaron a cientos de millones de ciudadanos. Qué entendemos por esto? El BM sistemáticamente privilegió los préstamos destinados a las grandes infraestructuras como las inmensas represas [3], inversiones en las industrias de extracción de materias primas (por ejemplo, las minas en cielo abierto, la construcción de numerosos oleoductos – los más recientes en el Chad-Camerún y Baku-Tbilissi-Ceyhan [4] políticas agrícolas que favorecenn el «todo a la exportación» que significaron el abandono de la seguridad y soberanía alimentarias, la construcción de centrales térmicas, grandes consumidores de bosques tropicales. Asimismo, el BM en numerosas ocasiones ayudó a regímenes dictatoriales, responsables de crímenes contra la humanidad: las dictaduras del Cono Sur de América latina entre los años 60- 80, numerosas dictaduras en Africa (Mobutu de 1965 hasta su caída en 1997, el régimen del apartheid en Africa del Sur), regímenes del antiguo bloque soviético como la dictadura de Ceaucescu en Rumania, las dictaduras del Sud-Este asiático y de Extremo Oriente como la de Marcos en Filipinas de 1972 a 1986, de Suharto en Indonesia de 1965 a 1998, de regímenes dictatoriales de Corea del Sur (1961-1981), de Tailandia (1966-1988), hasta la actual dictadura china. En contrapartida, el BM contribuyó con otros actores a desestabilizar sistemáticamente gobiernos progresistas y democráticos cortándoles toda ayuda: es el caso del gobierno de Sukarno en Indonesia hasta su caida en 1965, el de Jocelino Kubitchek (1956-1960) y luego el de Joao Goulart (1961-1964) en Brasil echado por un golpe de Estado militar, el gobierno de Salvador Allende (1970-1973) en Chile… No olvidemos los préstamos que el BM otorgó a las metrópolis coloniales ( Bélgica, Gran Bretan_a, Francia, Italia, Holanda…) para explotar los recursos naturales de los países bajo su dominación colonial hasta los años 60. Dichos préstamos fueron transferidos! a la carga de los nuevos Estados independientes como parte de su deuda externa. Por ejemplo, el nuevo Estado independiente del Congo debió asumir el reembolso de la deuda contraída por Bélgica en nombre del Congo belga. Fueron los casos igualmente de Kenia, Uganda, Nigeria, Gabon, Mauritania, Argelia, Somalia por deudas que fueron contraídas por los gobiernos de las metrópolis colonizadoras.

Hay que mencionar todavía los préstamos de ajuste estructural otorgados por el BM desde los an_os 70. Los mismos no estuvieron destinados a proyectos económicos específicos sino para la aplicación de políticas globales cuya finalidad es la apertura total de las economías de los países beneficiarios; a las inversiones y a las importaciones provenientes de sus principales accionarios.

El BM apoya una política de desnacionalización en los países asistidos, política puesta en marcha para favorecer los intereses de un puñado de países industrializados, cuyo modelo es impuesto a la mayoría de las poblaciones y países del planeta. Las múltiples y sucesivas crisis que se produjeron a partir de la crisis Tequila que golpeó Méjico en 1994, demostraron el carácter nocivo de las soluciones estructurales y de shock. Las nuevas prioridades del BM, tales la privatización del agua y de la tierra, combinadas a su reciente negativa de aplicar las recomendaciones de la comisión independiente de industrias extractivas, muestran que su orientación no mejoró: nuevas catástrofes sociales se están produciendo y otras se anuncian. En síntesis, poderosísimos tsunamis provocados por la intervención del BM !

Pregunta 3. ¿Quién puede demandarlo?

Se puede imaginar que asociaciones que representan los intereses de las personas afectadas por los préstamos del BM y/o por su apoyo a regímenes dictatoriales puedan constituirse en partes y lo demanden ante tribunales nacionales. Podemos imaginar que los detentores de los títulos del BM- no se trata solo de banqueros sino también de sindicatos – introduzcan demandas por el uso que hace del dinero que le prestaron. Aun cuando no exista la garantía de un resultado satisfactorio, este derecho debería ser utilizado contra el BM a fin que éste rinda cuentas de sus actos. Es inconcebible que una institución tan nefasta como el BM no sea el objeto de sanciones por parte de los tribunales.

Pregunta 4. ¿Por qué nunca fue interpuesta ninguna acción?

La disposición del Convenio constitutivo del BM (artículo VII sección 8) que atribuye a sus funcionarios y dirigentes la inmunidad en el ejercicio de sus funciones, ocultó la posibilidad de demandarlo en tanto que persona moral (artículo VII sección 3, ver nota 1 de este artículo). Sin embargo, es más importante exigir que el BM rinda cuentas que limitarse a pedirlas a los ejecutantes. Podemos agregar que según la disposición del artículo VII sección 8, el BM puede renunciar voluntariamente al privilegio de inmunidad del que gozan sus funcionarios y dirigentes. Podemos imaginar demandas contra los más altos dirigentes del BM cuando dejen sus funciones.

Otro elemento que puede explicar por qué el BM nunca fue demandado es que tuvo que pasar mucho tiempo antes de que se tomara conciencia del carácter sistemático y generalizado de tales prácticas reprensibles. A menudo, ellas no aparecen en primer plano puesto que son los gobiernos nacionales los que asumen ante sus ciudadanos las políticas que el BM les exige.

Por Eric Toussaint, presidente del CADTM (Comité para la Anulación de la Deuda del Tercer Mundo) Bélgica, autor de La Bolsa o la vida. Las finanzas contra los pueblos. CLACSO, Buenos Aires, 2004. Coautor con Damien Millet de 50 Preguntas /50 Respuestas sobre la deuda, el FMI y el Banco Mundial. Icaria- Intermon/Oxfam, Barcelona 2004. ISBN 84-7426-699-8; coautor con Arnaud Zacharie de Salir de la Crisis. Deuda y Ajuste. CADTM – Paz con dignidad, Madrid, 2002.

NOTAS:

[1] Sección 3 del artículo VII : » Situación del Banco respecto a procesos judiciales Sólo podrá seguirse acción contra el Banco ante un tribunal de jurisdicción competente, en los territorios de un miembro donde el Banco tuviere establecida una oficina, en que hubiere designado un apoderado con el objeto de aceptar emplazamiento o notificación de demanda judicial, o donde hubiere emitido o garantizado títulos. Sin embargo, ninguna acción podrá ser seguida por miembros o personas que representen o que tuvieren reclamaciones contra miembros. Los bienes y activos del Banco, dondequiera se encontraren y en poder de quienquiera estuvieren, gozarán de inmunidad contra cualquiera forma de comiso, embargo o ejecución, mientras no se dicte sentencia definitiva en contra del Banco».

[2] El primero se remonta a 1947.

[3] Según el informe sobre las grandes represas, 60 a 80 millones de personas fueron desplazadas como consecuencia de la construcción de grandes represas. En numerosos casos los derechos de estas personas en términos de indemnización y de reinstalación no fueron respetados.

[4] Según el informe de la Comisión sobre las industrias extractivas, hecho público en diciembre 2003, gran parte de los proyectos financiados por el BM produjeron efectos negativos pra las poblaciones de los paises involucrados.),