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El debate en torno a la Ley Orgánica para la Optimización de la Jornada Laboral y Seguro de Desempleo

Fuentes: CELAG

Este jueves 17 de marzo está anunciada una jornada de movilizaciones en el Ecuador en contra de las reformas laborales propuestas por el Ejecutivo, en donde participarán el Frente Unitario de Trabajadores (FUT), la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), la Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Clasistas Unitarias de Trabajadores (CEDOCUT)  y la Confederación Ecuatoriana […]

Este jueves 17 de marzo está anunciada una jornada de movilizaciones en el Ecuador en contra de las reformas laborales propuestas por el Ejecutivo, en donde participarán el Frente Unitario de Trabajadores (FUT), la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), la Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Clasistas Unitarias de Trabajadores (CEDOCUT)  y la Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Sindicales Libres (CEOSL) además de otras organizaciones sociales.

El pasado 23 de febrero, el Ejecutivo entregó el proyecto inicialmente llamado Ley de Optimización de la Jornada Laboral y Seguro de Desempleo, para su tratamiento y posterior aprobación, a la Asamblea Nacional. El objetivo de este proyecto de ley, a diferencia de lo postulado por la oposición, no precariza ni flexibiliza el trabajo sino que es una iniciativa para mantener el empleo frente a las adversas condiciones económicas externas.

El mencionado proyecto incluye:

Un Seguro de Desempleo: tiene como fin apoyar a un trabajador que se encuentra cesante y haya tenido al menos 24 aportaciones, de ellas seis continuas. Su esquema de financiación consiste en el aporte mensual del 2% del trabajador y el 1% del empleador. Entre los requisitos para acceder a este seguro el trabajador debe tener al menos 24 aportaciones mensuales no simultáneas en el IESS y encontrarse cesante por un período de al menos sesenta días. De ser aprobado, el Seguro de Desempleo, se aplicaría a partir del cuarto mes de desempleo con el 70% de la remuneración. Es decir, en el cuarto mes recibiría 70% de su salario, en el quinto un 65%, en el sexto 60%, en el séptimo mes 55% y el octavo 50%.

Una reforma a la Ley de Pasantías: se elimina la obligatoriedad de pagar un salario básico al pasante y se lo reemplaza por un estipendio que cubriría alimentación y movilización. Los empleadores deben cancelar el 100% de la afiliación al IESS. Además se propone que en el primer empleo de los jóvenes entre 18 y 26 años, el Estado pagará la seguridad social que corresponde al empleador hasta por dos salarios básicos unificados. Un dato que vale la pena tener en cuenta es que hasta diciembre de 2015, 141.664 jóvenes se encontraban sin empleo. La tasa se ubicó en 12,6%, es decir, 2% más en relación a 2014, según datos del INEC.

La reducción de la jornada: El artículo 47 del Código de Trabajo establece que la jornada máxima de trabajo será de ocho horas diarias. Pero con la reforma se establece que, en casos excepcionales y previo acuerdo entre empleador y trabajador, la jornada podrá disminuirse a seis horas y la remuneración será pagada en función de lo trabajado. Ello debe ser autorizado por el Ministerio de Trabajo luego de que el empleador demuestre que efectivamente los ingresos de la empresa han disminuido. Además de que esta disminución de la jornada laboral no podrá durar más de seis meses, renovables por una sola vez.

La Comisión de los Derechos de los Trabajadores aprobó con nueve votos a favor y dos en contra (Cristina Reyes -PSC-MG- y de Gozoso Andrade -Avanza-) el informe para el primer debate. El nombre del proyecto fue cambiado a Ley para la Promoción del Trabajo Juvenil, Protección del Empleo y Seguro de Desempleo.
En lo que respecta al Seguro de Desempleo, la Comisión de Derechos de los Trabajadores ratificó que el financiamiento del Seguro de Desempleo no se hará con los recursos que ahora reposan en el Fondo de Cesantía, sino que el Fondo del Seguro de Desempleo será financiado con el 2 % del aporte personal del trabajador y con el aporte del empleador del 1 % que tiene el carácter de solidario.

Respecto a las pasantías, la Comisión fijó un monto mínimo para el pago de pasantías, de al menos un tercio del salario básico. El texto original hablaba de un monto fijado entre el estudiante y el empresario.
Mientras que en lo referido a reducción de la jornada, se incluyeron dos condiciones adicionales al texto original enviado inicialmente por el Ejecutivo:
-La primera. El empleador puede acogerse a la figura siempre que haya optimizado sus gastos en la administración de la empresa. Es decir, para acogerse a una reducción de jornada laboral, de hasta el 25%, el empresario deberá disminuir su salario y no podrá obtener dividendos hasta que todos sus empleados reciban el pago por ocho horas diarias de trabajo. Sin embargo, la inclusión de este punto significó que los empresarios dejaran de mirar con beneplácito el nuevo proyecto de ley.
-La segunda. Cuando en negocios haya recuperado sus índices económicos, el empleador dará a los trabajadores una bonificación equivalente a una remuneración que percibía antes de la reducción de la jornada».

También se reformaron dos de las otras seis condiciones propuestas por el Ejecutivo:

  • La reducción deberá ser autorizada por la autoridad de trabajo, previa demostración de la pérdida económica respecto del ejercicio económico anterior y que los ingresos netos del empleador hayan disminuido en más del 30%.
  • A la condición que dispone que las aportaciones a la seguridad social del personal deberán ser pagadas sobre la base total de la última remuneración recibida hasta antes de la modificación de la jornada de trabajo, la Asamblea agregó: «La diferencia del aporte generada por la reducción de la jornada será asumida por el empleador, pago que será objeto de deducción del impuesto a la renta».

El 11 de marzo y sin presencia de la oposición, la Comisión aprobó con siete votos el informe para el segundo debate. Uno de los principales cambios para este debate es que se incluyó la extensión de la licencia por maternidad y paternidad en hasta un año sin remuneración y de manera voluntaria. En la actualidad, las mujeres que son madres tienen tres meses de licencia remunerada por maternidad. De aprobarse la reforma, podría tener nueve meses más, pero sin remuneración. En el caso del padre, en la actualidad, tiene 15 días de licencia paternal pero con la reforma la licencia paternal podría extenderse hasta un año sin sueldo. Es decir, los restantes once meses y quince días adicionales serían sin sueldo. El propósito sería reducir la tasa de desnutrición infantil, que al momento bordea el 23%, y garantizar el óptimo cuidado del infante, a cargo de la madre[1].

Entre los cambios realizados al Informe final por la Comisión de Derechos de los Trabajadores se incluyó, que aquellas personas que se acojan a la licencia  de maternidad o paternidad de 9 meses sin remuneración podrán hacer uso de sus fondos de cesantía para mantenerse económicamente durante este período. La madre podría solicitar estos fondos luego de cumplir con su período de permiso por maternidad  que otorga el estado ecuatoriano (que dura tres meses), mientras que el padre lo podría hacer luego de su permiso de 15 días.

En el caso de los fondos de Cesantía y el Seguro de Desempleo, se han incorporado dos posibilidades en el proyecto de ley: quienes deseen acogerse al Seguro de Desempleo en caso de quedar cesantes puedan hacerlo, y quienes no lo deseen podrán seguir acumulando sus fondos de cesantía para retirarlos al momento de su jubilación[2].
Desde la oposición se ha insistido en que el Proyecto de Ley es el reconocimiento de la crisis que existe en el país, por la mala administración del gobierno y el supuesto derroche de los recursos. En otros casos se ha señalado que la reducción de horas de trabajo puede resultar contraproducente ya que en épocas de crisis lo que se requiere precisamente es todo lo contrario, una mayor productividad. Sin embargo, esto olvida que las propuestas de flexibilización laboral solo aplican en el caso de aquellas empresas que registren una situación de pérdida o riesgo de reducción de personal.

Miembros de los partidos de oposición, como CREO, señalan que la respuesta para mantener los niveles de empleo es generar un discurso amigable con el sector empleador, firmar acuerdos comerciales para impulsar la inversión, brindar seguridad jurídica y disminuir la cantidad de impuestos. Su líder Lasso aprovecha la situación para posicionar su candidatura para las elecciones presidenciales de febrero de 2017 proponiendo un nuevo modelo económico, la creación de nuevas fábricas, bancos y medios de comunicación para dotar a los ciudadanos de un empleo seguro.

Por su parte, Fernando Ibarra, del Parlamento Laboral, señalaba antes de la remisión del Proyecto de Ley del Ejecutivo a la Asamblea, la falta de colaboración del sector empresarial para los problemas de economía externa. Sin embargo, durante el transcurso del primer debate en la Asamblea Nacional, Ibarra instó al Gobierno y a la Asamblea Nacional a archivar el proyecto de Ley Orgánica de Promoción del Empleo Juvenil, Protección del Empleo y Seguro de Desempleo, o en su defecto cambiar los contenidos de la propuesta.

Para los líderes sindicalistas de oposición al gobierno nacional se trata de una flexibilización laboral, que precariza el empleo y no supone una solución estructural al problema del desempleo. En el caso del Frente Unitario de Trabajadores (FUT) se cataloga al proyecto como una «política antiobrera», señalando que el objetivo del gobierno consiste en eliminar los derechos de los trabajadores al propiciar la disminución de la jornada laboral y por ende, los  salarios. Además, señalan que la propuesta es inconstitucional pues contraviene dos artículos de la Constitución: el 11 que garantiza que los derechos deben ser progresivos y el 327 que prohíbe prácticas que afecten los derechos laborales.

Incluso el FUT se ha negado a asistir a la Comisión de los Derechos de los Trabajadores, señalando que el proyecto afecta los derechos de los trabajadores, viola la Constitución, agudiza los problemas de desempleo y protege a las empresas. Además, su titular Pablo Serrano tildó de «farsa» a la disminución de las horas de trabajo y asegura que los trabajadores van a verse obligados a aceptar la aplicación de la medida.

Los movimientos sindicales, afines a la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), anticiparon que una vez que se apruebe la  Ley para la Promoción del Trabajo Juvenil, Protección del Empleo y Seguro de Desempleo presentarán una demanda de inconstitucionalidad. Mientras que el FUT ya anunció que acudirá a la Corte Constitucional para interponer un recurso con el objetivo de que la norma no entre en vigencia[3].
Desde los sectores empresariales, la Cámara de la Pequeña Industria de Pichincha, planteó que la reducción de la jornada debería aplicarse cada vez que las empresas tengan la necesidad de ajustar su producción. Además de ser necesaria esta reducción de horas de trabajo porque evitará los despidos que pueden ocasionar los bajos ingresos en las empresas. Posición compartida por el Comité Empresarial Ecuatoriano (CEE) al plantear que una empresa debe poder acogerse a la reducción de la jornada no solo cuando está en crisis.

Para el jueves está previsto el debate final y aprobación de la Ley Orgánica para la Optimización de la Jornada Laboral y Seguro de Desempleo frente a lo cual, los sectores de oposición mantienen la convocatoria a la movilización, luego de que el Presidente Rafael Correa decretará dos días de duelo nacional por el accidente de aviación en donde fallecieron 22 militares en la provincia de Pastaza y se decidiera la suspensión de la concentración de simpatizantes oficialistas en la Plaza Grande.

[1] http://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/economia/8/la-ampliacion-de-la-licencia-por-maternidad-se-incorpora-al-debate-de-la-reforma-laboral
[2] http://www.andes.info.ec/es/noticias/reformas-laborales-votan-este-jueves-asamblea-ecuatoriana-hay-cambios-informe-final.html
[3] http://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/economia/8/el-proyecto-legal-sobre-empleo-recibio-60-aportes

Fuente: http://www.celag.org/ecuador-el-debate-en-torno-a-la-ley-organica-para-la-optimizacion-de-la-jornada-laboral-y-seguro-de-desempleo-por-maria-florencia-pagliarone/