Recomiendo:
0

Entre la sobreinformación y el derecho al olvido

Fuentes: Revista Debate

Para algunas personas, las redes sociales y los blogs pueden actuar como un espacio cuasi utópico que garantiza y vehiculiza la libertad de expresión; para otros, la sobreinformación que fluye en la web puede ser un lugar agobiante, que replica y persiste en la difusión de información lesiva para su integridad. Precisamente, ante el pedido […]

Para algunas personas, las redes sociales y los blogs pueden actuar como un espacio cuasi utópico que garantiza y vehiculiza la libertad de expresión; para otros, la sobreinformación que fluye en la web puede ser un lugar agobiante, que replica y persiste en la difusión de información lesiva para su integridad.

Precisamente, ante el pedido de un ciudadano español, un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dispuso que los buscadores de Internet deberán eliminar de sus listas de resultados los links que lleven a datos personales en páginas web publicadas por terceros, cuando el afectado por esos datos lo solicite.

De esta forma, la justicia reconoció el denominado «derecho al olvido».

En la sentencia, determina que los ciudadanos pueden pedir a los buscadores que se supriman determinados resultados «debido a que estos datos e información pueden perjudicarle» o porque anhelen «que estos datos e información se ‘olviden’ tras un determinado lapso de tiempo».

Con este fallo, los links que los motores de búsqueda deberán suprimir son aquellos que se obtengan luego de buscar el nombre de una persona y que lleven a sitios en los que haya información delicada sobre un individuo, inclusive si la información es verídica, ya que afectaría «potencialmente a una multitud de aspectos de la vida privada», argumentó el Tribunal. De todos modos, el fallo considera una excepción para aquellas personas públicas sobre las que exista un interés especial. En los demás casos, si los buscadores no suprimen los resultados solicitados, las personas afectadas podrán acudir a los tribunales para que ordenen la eliminación de los enlaces.

El líder en la materia, Google, dio el puntapié inicial para cumplir con la determinación judicial y subió un formulario online, mediante el cual los ciudadanos europeos podrán requerir que se borren algunos resultados de búsqueda. Por el momento, las solicitudes se restringen a los habitantes de cualquiera de los países de la Unión Europea, Noruega, Lichtenstein, Islandia y Suiza. La corporación indicó que, luego de que los usuarios especifiquen las razones de la petición, «evaluará cada solicitud de forma individual e intentará buscar un equilibrio entre los derechos de privacidad de los usuarios y el derecho del público a conocer y distribuir información». Es decir, que no se eliminarán los datos personales en aquellos casos en los que exista un interés público por esa información, como datos sobre estafas financieras, negligencia profesional, condenas penales o comportamiento público de funcionarios del gobierno. Ya se estima que los casos controvertidos serán elevados a los tribunales

ara algunas personas, las redes sociales y los blogs pueden actuar como un espacio cuasi utópico que garantiza y vehiculiza la libertad de expresión; para otros, la sobreinformación que fluye en la web puede ser un lugar agobiante, que replica y persiste en la difusión de información lesiva para su integridad.

Precisamente, ante el pedido de un ciudadano español, un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dispuso que los buscadores de Internet deberán eliminar de sus listas de resultados los links que lleven a datos personales en páginas web publicadas por terceros, cuando el afectado por esos datos lo solicite.

De esta forma, la justicia reconoció el denominado «derecho al olvido».

En la sentencia, determina que los ciudadanos pueden pedir a los buscadores que se supriman determinados resultados «debido a que estos datos e información pueden perjudicarle» o porque anhelen «que estos datos e información se ‘olviden’ tras un determinado lapso de tiempo».

Con este fallo, los links que los motores de búsqueda deberán suprimir son aquellos que se obtengan luego de buscar el nombre de una persona y que lleven a sitios en los que haya información delicada sobre un individuo, inclusive si la información es verídica, ya que afectaría «potencialmente a una multitud de aspectos de la vida privada», argumentó el Tribunal. De todos modos, el fallo considera una excepción para aquellas personas públicas sobre las que exista un interés especial. En los demás casos, si los buscadores no suprimen los resultados solicitados, las personas afectadas podrán acudir a los tribunales para que ordenen la eliminación de los enlaces.

El líder en la materia, Google, dio el puntapié inicial para cumplir con la determinación judicial y subió un formulario online, mediante el cual los ciudadanos europeos podrán requerir que se borren algunos resultados de búsqueda. Por el momento, las solicitudes se restringen a los habitantes de cualquiera de los países de la Unión Europea, Noruega, Lichtenstein, Islandia y Suiza. La corporación indicó que, luego de que los usuarios especifiquen las razones de la petición, «evaluará cada solicitud de forma individual e intentará buscar un equilibrio entre los derechos de privacidad de los usuarios y el derecho del público a conocer y distribuir información». Es decir, que no se eliminarán los datos personales en aquellos casos en los que exista un interés público por esa información, como datos sobre estafas financieras, negligencia profesional, condenas penales o comportamiento público de funcionarios del gobierno. Ya se estima que los casos controvertidos serán elevados a los tribunales.

Fuente: http://www.revistadebate.com.ar/?p=6329