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Ley Económica Urgente, enorme beneficio para los más ricos

Fuentes: Rebelión

  La «Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Creación de Empleo y Estabilidad y Equilibrio Fiscal» constituye un gigantesco subsidio a para los más ricos económicamente, que además son los que no cumplieron con sus obligaciones tributarias.   Esta normativa, además de significar un enorme beneficio para el 1 %, carga el […]

 

La «Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Creación de Empleo y Estabilidad y Equilibrio Fiscal» constituye un gigantesco subsidio a para los más ricos económicamente, que además son los que no cumplieron con sus obligaciones tributarias.

 

Esta normativa, además de significar un enorme beneficio para el 1 %, carga el esfuerzo sobre el 99 % restante. La normativa se orienta a contraer la demanda agregada y a facilitar la salida de capitales, poniendo en peligro incluso el sistema monetario.

 

Los objetivos enunciados por la Ley son: el equilibrio fiscal y el estimulo de la inversión y el empleo. Sin embargo, los contenidos de la Ley impiden claramente que estos se cumplan.

 

En primer lugar, la remisión de multas e intereses a los deudores de impuestos, sobre todo a los grandes grupos económicos; y la exoneración de impuestos, no guarda sindéresis alguna con el desequilibrio fiscal. Pues el déficit que podría financiarse, en parte, con el cobro de aquella deuda tributaria, tendrá que cubrirse con endeudamiento. Esto implica una gran transferencia desde el conjunto de la sociedad hacia los grandes deudores del Estado, que una vez más privatizarán su beneficio y socializarán sus costos.

 

Ya en mayo del 2015 el gobierno de Rafael Correa pasó una Ley de Remisión de Intereses, Multas y Recargos, con la cual se entregó un plazo de 90 días laborables para que los contribuyentes se acojan, voluntariamente, a los beneficios de la normativa. De esta forma, los contribuyentes del Servicio de Rentas Internas que se beneficiaron con esta ley debieron pagar el total del capital del impuesto adeudado en un plazo de 60 días, si querían beneficiarse del 100 % de la remisión de los intereses, multas y recargos; y dentro de un plazo de 30 días más, para beneficiarse del 50 %.

 

Con la nueva Ley se amplía el rango de la condonación de intereses, multas y recargos puesto que se consideran las deudas vigentes al 2 de abril de 2018 con el Servicio de Rentas Internas (SRI), Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae), Agencia Nacional de Tránsito (ANT), Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Empresas Públicas y Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD).

 

Con esta medida el gobierno pretende recaudar USD 602 millones en este año. La pregunta que cabe hacerse es, cuanto deja de percibir. De acuerdo a calculos realizados por el Instituto de Investigaciones Económicas de la Universidad Central del Ecuador, lo que dejaría de percibir el SRI bordea el 1,5 % del PIB del 2018. De ese monto el 82 % se concentra en los 100 deudores más grandes.

 

Adicionalmente, la Ley elimina y rebaja impuestos directos y facilita el uso de velos societarios, como son los fideicomisos y fondos de inversión, lo cual incluso facilita actividades ilícitas como el lavado de activos.

 

Se altera drásticamente la estructura de incentivos: se premia a los evasores por sobre los que han pagado los impuestos; se premia los nuevos proyectos de inversión por sobre los emprendimientos existentes; se facilita la salida de capitales por sobre la reinversión de los mismos; y adicionalmente se crean sectores privilegiados (como el inmobiliario y turístico, «y sobre otros sectores que determine el Presidente de la República»).

 

Esta modificación impositiva al vulnerar la recaudación y atentar contra la generación de ingreso permanente para cubrir gasto permanente, como estipulan las normas económicas vigentes, abre paso a un próximo incremento del impuesto al valor agregado para compensar la disminución de ingresos, estableciendo un esquema regresivo, contrario incluso al mandato de la Constitución. De esta forma, también se atenta contra la demanda agregada, con su consiguiente efecto negativo sobre el equilibrio fiscal. Caída de la actividad implica caída de la recaudación y con ello ampliación del déficit fiscal y necesidad de más endeudamiento externo, puesto que se limita el endeudamiento interno con la banca pública.

 

Uno de los argumentos esbozados tanto para la condonación de intereses, multas y recargos tributarios, como para la disminución de las tasas de impuestos directos, es que estas medidas favorecen a la inversión. Las investigaciones, tanto para el Ecuador, como para otras economías muestra que en su gran mayoría los ahorros tributarios de los grandes empresarios se colocan en espacios económicos de mayor rentabilidad. En tal sentido, los circuitos especulativos del capital van a verse favorecidos y estos se hallan fuera de la economía doméstica y en todos los casos fuera de la inversión productiva de horizonte mediano y largo.

 

En segundo lugar, se instala una estructura de austeridad fiscal. La Ley prohíbe que se pueda aprobar el presupuesto con déficit primario; en caso que se supere el techo de la deuda (del 40 % sobre el PIB), se obliga a reducir el gasto primario hasta que se recupere el nivel de endeudamiento legal; se prohíbe al Banco Central comprar títulos del Gobierno lo cual es financieramente equivocado pues tendrá que obtenerse financiamiento caro mientras se tiene recursos internos remunerados a tasas de interés bajísimas en bancos internacionales. Gran negocio para los especuladores!

 

Junto con la aprobación de la Ley por la Asamblea Nacional, voceros del gobierno han anunciado que existen más de 160.000 empleados «irregulares» en el Estado y que por tanto se iniciará un proceso de «regularización de contratos». Fuera del eufemismo de la «regularización» habrá despidos, aunque no será posible echar a la calle a toda esa fuerza laboral. Sin embargo, el daño está hecho, pues los agentes económicos se mueven sobre la base de espectativas y frente a la «posibilidad» de perder el empleo se produce una inmediata contracción del consumo y la inversión. Con lo cual, así no se haga la reducción en los volúmenes señalados, la amenaza persiste y la reducción de la actividad económica es lo esperado.

 

La nueva Ley también elimina la realización de operaciones de redescuento por parte del Banco Central, mermando aún más su capacidad para una adecuada gestión monetaria. Esto coadyuva a aumentar el riesgo de iliquidez del sistema, el cual ya fue vulnerado anteriormente con el traspaso del manejo del dinero electrónico hacia la banca comercial, lo cual por lo demás no ha tenido ningún avance a pesar de toda la bulla mediática que precedió a este inconveniente traslado.

 

A la austeridad presupuestaria se suma la obligación para que la banca pública aumente sus colocaciones en bancos privados, creando un incentivo perverso para la fuga de capitales. Puesto que en vez de propiciar que la banca privada traiga sus propios recursos y los coloque en la economía doméstica, el Estado le facilita sus recursos en un contexto en el que el incentivo para colocar crédito es menor al incentivo para sacar los capitales e insertarlos en el circuíto especulativo internacional. Sin duda, el siguiente paso que querrán obtener los bancos privados es disminuir o desaparecer el Coeficiente de Liquidez Doméstica [i] , consagrando así un sistema financiero vulnerable, caro y restringido para la inversión productiva nacional.

 

En tercer lugar, se elimina de un plumazo la Ley 42 de marzo de 2006 que le permitió al Estado recuperar al menos el 50 % de los excedentes del precio de petroleo considerado como referencia, en los contratos de participación que tenían las empresas transnacionales. Con esta ley el Ecuador alcanzó a recuperar el 9,5 % del PIB, como ingresos petroleros en el 2008, frente al 2 % y 3 % máximo que recuperaba previamente. Luego, en Julio del 2010, durante el gobierno de Rafael Correa, con un falso discurso que pretendía reclamar mayor soberanía sobre el petróleo, se aprobó la Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la Ley de Régimen Tributario Interno. Con esta Ley se permitió el tránsito de los contratos de participación a los de prestación de servicios, en los cuáles se les garantiza a las petroleras precios mínimos que incluso han llegado a estar por encima del precio internacional al cual el Ecuador vende el crudo en el mercado internacional, generando un gigantesco perjuicio para el Estado. El Proyecto de Ley actual profundiza esta lesión enorme para el Estado al eliminar la posibilidad siquiera de participar adecuadamente en los excedentes del precio del petróleo, en un contexto en el que los precios del hidrocarburo han vuelto a subir -y se espera que suban más- en el mercado internacional.

 

En cuarto lugar, se incentiva el aumento de las importaciones y la salida de capitales. En una economía cuyo riesgo mayor se halla en el sector externo (balanza commercial y de pagos), dado su carácter dolarizado, la reducción y la exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) aumenta la presión para pérdida de reservas internacionales.

 

En efecto, se contempla la exoneración del ISD para las nuevas inversiones productivas que suscriban contratos de inversión, en los pagos al exterior por concepto de: importaciones de bienes de capital y materias primas necesarias para el desarrollo del proyecto; y dividendos distribuidos por sociedades nacionales o extranjeras domiciliadas en Ecuador. Igualmente, la exoneración del pago del ISD para contribuyentes que inviertan en activos productivos el 50 % de sus utilidades (y quienes se benefician con los dividendos distribuidos en Ecuador, también están exentos del impuesto a la renta).

Todo esto vulnera los equilibrios monetarios y pone en grave riesgo a la dolarización.

 

Claramente el discurso neoliberal ha vuelto a tener vigencia. El contexto politico favorece este regreso discursivo a pesar de su fracaso histórico. Existe suficiente evidencia empírica que muestra que entre 1982 y 2004 se mantiene el estancamiento en el producto interno bruto por habitante. Casi una generación de estancamiento para la mayoría de la población gracias a las políticas económicas que favorecieron el ajuste, la estabilización y la apertura. Recordemos que incluso fueron estas políticas las que condujeron a la quiebra financiera de finales del siglo pasado y a la dolarización. Con ella los grandes tenedores de dólares de esa época (exportadores y banqueros) obtuvieron un fabuloso trasalado de valor desde el conjunto de la sociedad hacia sus bolsillos. Con el Proyecto de Ley, la contracción de la demanda agregada, la condonación de deudas tributarias de los más grandes grupos económicos, la inclusion de reglas que incentivan la salida de capitales, la eliminación de la recuperación petrolera a favor del Estado reviven la agenda neoliberal y ponen en riesgo el propio esquema monetario: la dolarización. No sería de extrañarse que esta agenda, que no corresponde de ninguna manera a la del Plan Toda una Vida propuesta por el Presidente Lenín Moreno, responda a grandes intereses que pretenden obtener fabulosas fortunas tumbándose la dolarización.

 

 

Diego Borja Cornejo: Economista ecuatoriano; Master en Economía por la Universidad de Lovaina, Bélgica, ha sido Ministro de Economía y Finanzas, Ministro de Política Económica, Presidente del Banco Central del Ecuador, Asambleista Consituyente en Montecristi, Presidente del Movimiento Poder Ciudadano. Miembro de la Comité para la Verdad sobre la Deuda de Grecia, constituida por la Presidenta del Parlamento Helénico, Zoe Konstantopoulou en abril del 2015.
Nota:

 

[i] El Coeficiente de Liquidez Doméstica (CLD) es un índice mínimo requerido en función de la liquidez total que poseen las instituciones financieras ecuatorianas y se creó a partir de la Resolución No. 180-2009 del Directorio del Banco Central del Ecuador. Originalmente el CLD se colocó en el 45 % como porcentaje mínimo requerido. El objetivo es evitar la constante fuga de reservas que realizaban algunos bancos e incentivar a la banca privada a repatriar la liquidez externa con el fin de ampliar su capacidad de financiamiento productivo en el mercado nacional.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.