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Los 29 de Saraguro y el derecho a la resistencia ante medidas sanitarias que afectan su forma de vida

Fuentes: Acción Ecológica

Para el Pueblo Indígena Saraguro la elaboración de «quesillo» es una práctica tradicional de la que depende su alimentación y sus ingresos económicos. En los últimos meses se inició una persecución al quesillo Saraguro por no contar con registro sanitario, lo que dio lugar a que en las movilizaciones realizadas en agosto de 2015, las […]

Para el Pueblo Indígena Saraguro la elaboración de «quesillo» es una práctica tradicional de la que depende su alimentación y sus ingresos económicos. En los últimos meses se inició una persecución al quesillo Saraguro por no contar con registro sanitario, lo que dio lugar a que en las movilizaciones realizadas en agosto de 2015, las familias Saraguro demanden, entre otras cosas, la suspensión de estos requerimientos.

Muchas fueron las razones por las cuales las organizaciones sociales del Ecuador se movilizaron en agosto de 2015, y muchas de las demandas e insatisfacciones fueron compartidas por varios sectores de la sociedad.  

Para el Pueblo Saraguro, una motivación principal fue la imposición de normas de carácter sanitario, fitosanitario, de inocuidad alimenticia y de «buenas prácticas de manufactura» para la elaboración del quesillo.

El quesillo dinamiza la economía de Saraguro. Cerca del 50% de la leche que se produce en las comunidades es transformada en quesillo, que se destina a la venta y el autoconsumo. Sólo un 10% de la producción se vende como leche líquida. Los ganaderos prefieren transformar la leche en quesillo para darle valor agregado y evitar su comercialización diaria, porque las comunidades se encuentran a grandes distancias de los centros de comercialización.

La intención del gobierno es imponer en las comunidades rurales que elaboran alimentos, el registro sanitario y otras normas de control que serán muy difíciles de cumplir, o imposibles; y por alguna razón se las empezó a imponer en Loja.

Estas normas han sido desarrolladas en gran medida por la Organización Mundial del Comercio (OMC), y diseñadas para la producción industrial de alimentos. Su objetivo, lejos de velar por la salud de los consumidores responde en realidad a la necesidad de controlar el comercio mundial de alimentos. Un país puede usar argumentos sanitarios en el seno de la OMC para frenar importaciones de ciertos productos que pueden perjudicar a su industria; también se pueden imponer retaliaciones económicas sobre un país que quiere limitar legítimamente la importación de un producto por razones sanitarias.

Lo que sucede en el escenario mundial, se está aplicando ahora al interior de los países. La imposición de normativa sanitaria imposible de cumplir, desplaza del mercado interno a la producción campesina o artesanal, para dejar la cancha abierta a la producción industrial.

En este punto es necesario preguntarse ¿y qué pasa con nuestra salud?. La población de Manabí ha crecido alimentada con el que hoy se ha dado en llamar «queso manaba», sin que hayan existido casos de enfermedades a causa de su consumo. Lo mismo ocurre en Loja con el Quesillo Saraguro.

Por el contrario, es en la crianza industrial de animales donde han surgido algunas de las enfermedades emergidas en las últimas décadas. Este es el caso de la gripe aviar, la gripe porcícola y el mal de la vaca loca. La gripe aviar, aunque fue asociada con la cría familiar de pollos en el Sudeste asiático y hasta con las aves silvestres migratorias, ésta se desarrolló fue en las gigantescas granjas de cría industrial de pollos de la región. En cuanto a la gripe porcícola o conocida también como gripe AH1-N1, recordemos que el primer registro fue en México, en la comunidad La Gloria, contigua a las Granjas Carroll, donde se crían decenas de miles de chanchos. Ya en el pasado, los moradores de esta comunidad y de otras contiguas, habían protestado por las lamentables condiciones de salubridad de estos planteles porcícolas, por el ascinamiento, la inmensa generación de desechos, el uso de antibióticos, entre muchos otros factores.

Aplicar el mismo tipo de normatividad a la producción industrial que a un pequeño productor de quesillo que en Saraguro elabora unos pocos quesos diarios provenientes de la leche de 5 a 6 vacas, es una sinrazón. Sin embargo, su aplicación podría tener efectos nefastos para las formas de vida de estas comunidades, su derecho a la alimentación y la soberanía alimentaria.

Lo mismo podría suceder con más de 700 mil personas que de manera directa están involucradas en la producción de lácteos; muchas de ellas son pequeños productores y campesinos, especialmente mujeres. Porque aunque la aplicación de estas normas se iniciaron en Loja, van a imponerse en todo el país, y en todas partes los campesinos ganaderos y productores que queso saben que no podrán cumplir con una normativa desproporcionada.

La aplicación de esta serie de normas sacaría del mercado la producción artesanal y campesina de alimentos. En el caso de los productos lácteos, este nicho será ocupado por grandes empresas productoras de lácteos como Nestlé o Tony.

Lo que está en juego es la sobrevivencia de una forma de vida. Los productores de lácteos, especialmente de queso, serán reducidos, si tienen suerte, a ser proveedores de leche cruda para esas industrias.

Este problema se agudizará con la entrada en vigencia del Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea, pues en las negociaciones el Ecuador se abrió a la importación de distintos tipos de productos lácteos, incluyendo los quesos.

Por eso la protesta de agosto del 2015 tuvo tanta fuerza en Saraguro, porque estaban defendiendo su forma de vida que hoy está en peligro. Y lo hicieron acogiéndose al artículo 98 de la Constitución que reconoce el Derecho a la Resistencia cuando los derechos constitucionales están en peligro.

La aplicación de estas normas atenta contra el Derecho a la Alimentación reconocido en el Art. 13 de la Constitución del Ecuador. En él, no sólo se establece que la población cuente con alimentos suficientes, sino que además éstos deben ser «producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales».

Se viola además el derecho de los pueblos a «mantener, proteger y desarrollar los conocimientos colectivos; sus ciencias y tecnologías» (Art. 75.12). Se atenta además contra su derecho al desarrollo.

Paradójicamente, las movilizaciones ocurridas en Saraguro en agosto del año pasado fueron duramente reprimidas dejando un saldo de 29 personas judicializadas por parte del Tribunal de Garantías Penales de Loja, lo que ha merecido el rechazo de muchos sectores sociales del país. Luisa María Lozano y Amable Angamarca, ambos del Pueblo Saraguro, han sido sentenciados a cuatro años de prisión, mientras otros casos recientes han tenido sentencias de un año de prisión por lavado de activos, y de ocho meses por trama criminal en los pases policiales. Claramente, una señal de advertencia a quienes se resistan a obedecer las reglas vigentes, inclusive las nuevas normas sanitarias.

Fuente: http://www.accionecologica.org/editoriales/1943-los-29-de-saraguro-y-el-derecho-a-la-resistencia-ante-medidas-sanitarias-que-afectan-su-forma-de-vida