Al cumplirse un año de vigencia de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), hay que tomar en cuenta las siguientes consideraciones. En primer lugar, la profesionalización de los trabajadores vinculados a la comunicación, hecho histórico que permitirá eliminar la pauperización de las condiciones laborales y elevar el estatus de quienes, por décadas, han laborado en […]
Al cumplirse un año de vigencia de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), hay que tomar en cuenta las siguientes consideraciones. En primer lugar, la profesionalización de los trabajadores vinculados a la comunicación, hecho histórico que permitirá eliminar la pauperización de las condiciones laborales y elevar el estatus de quienes, por décadas, han laborado en los medios sin estabilidad laboral; ofreciendo sus servicios a varias empresas de comunicación sin reconocimiento alguno. Para muchos de estos trabajadores, la profesionalización, se ha convertido en su bandera de lucha; razón por la cual fotógrafos, camarógrafos y otros se agremiaron. Sin embargo, siguen siendo invisibilizados por la inmediatez de los mismos medios y por la ausencia de una adecuada comunicación que permita presentarlos a la sociedad como los beneficiarios de esta Ley.
En este sentido, la Disposición transitoria primera manifiesta que «a partir del quinto año de la publicación en el Registro Oficial del Reglamento, será requisito indispensable para el ejercicio de las actividades profesionales de apoyo a la producción y difusión periodística, tales como la realización audiovisual, fotografía y sonido, entre otras similares, contar con el título profesional correspondiente o con certificación de competencias en tales actividades».
La inquietud de varios comunicadores ha sido la siguiente, ¿si los trabajadores vinculados a la comunicación han laborado varios años en los medios y -por ende- cuentan con la experticia necesaria en áreas como fotografía, manejo de cámaras, presentación y locución, entre otros, se podría replicar esta experiencia para las personas que trabajan en otras áreas como el derecho? ¿Qué hace que un trabajador vinculado a la comunicación por décadas pueda obtener una certificación de competencias y no un trabajador que por años labora en consultorios jurídicos particulares o en las mismas instituciones del Estado sin título, pero sabe de leyes y de los trámites pertinentes a esa área?
A pesar de que varios locutores y presentadores de televisión y radio, dueños de medios, no son comunicadores ni periodistas; se pueden acoger a la LOC para obtener la certificación correspondiente a la actividad que desempeñan en los medios. Entonces una nueva interrogante surge para la polémica, ¿dónde quedan los años de estudio de quienes sí son comunicadores sociales y periodistas? Según el Art. 42 de la LOC, se exceptúa a «las personas que tienen espacios de opinión, y profesionales o expertos de otras ramas que mantienen programas o columnas especializadas».
Un segundo aspecto a destacar es cómo, a partir de la vigencia de LOC y su Reglamento, el contenido de varios programas transmitidos por los medios de comunicación fueron objeto de análisis y debate. Entre los casos más sonados estuvo el de Diario Extra y sus acostumbradas publicaciones de los días lunes. Donde mujeres semidesnudas se convierten en objeto de deseo sexual de los lectores, quienes compran el diario de crónica roja y sensacionalismo, con el afán de satisfacer este deseo. Adicionalmente, el contenido violento de sus páginas aborda temas como violaciones y asesinatos a sangre fría. En este sentido, el Art. 66 de la LOC establece que «se entenderá por contenido violento aquel que denote el uso intencional de la fuerza física o psicológica, de obra o de palabra, contra uno mismo, contra cualquier otra persona, grupo o comunidad, así como en contra de los seres vivos y la naturaleza». Sin embargo, ¿acaso los medios de comunicación no reproducen la realidad de la sociedad, o de un sector de ella?
Sin ánimo de justificar el contenido violento que presentan medios de comunicación como Diario Extra, es necesario analizar cómo en sus páginas se muestra aquella parte de la realidad social que incomoda al poder. Los epicentros de la violencia y sus habitantes, personas de lugares periféricos y suburbanos, forman parte de esos sectores donde la mano de la «Revolución Ciudadana» no llega, por ende, no se gestó el proceso de «ciudadanización» que entre otras cosas comprende: vialidad, infraestructura educacional, vivienda, etc.
Por otra parte, uno de los objetivos de la LOC y su Reglamento es la eliminación de contenidos discriminatorios en los medios de comunicación. Bajo esta lógica, programas como «Vivos», «La Pareja Feliz» y «Mi Recinto» fueron denunciados por la activista GLBTI y excandidata a la asamblea por el extinto movimiento Ruptura de los 25, Diane Rodríguez, ante la Defensoría del Pueblo para que a través de la Superintendencia de Información y Comunicación (SUPERCOM), se regule el contenido de los mismos.
Si bien es cierto, la frontera entre el entretenimiento y la burda reproducción de estereotipos que naturaliza la agresión verbal, la discriminación étnica y sexual, y el machismo es corta. El escaso conocimiento de los ciudadanos sobre la Ley de Comunicación y su Reglamento, por fuera de la parafernalia política del gobierno y sus aliados estratégicos, originó que sean grupos afines al movimiento Alianza País (AP) y al Gobierno del Presidente Correa quienes denuncien los contenidos violentos, discriminatorios y sexualmente explícitos de los medios, y no los lectores y televidentes de esos programas. Así por ejemplo, la asambleísta de AP, Soledad Buendía, puso la denuncia en contra de Diario Extra y su publicación denominada «Lunes sexy». En el caso del programa «El nalgómetro», trasmitido por TC Televisión (medio incautado), la denuncia fue interpuesta por la Juventud Comunista del Ecuador (JCE), quienes en varias oportunidades han salido a las calles para apoyar la gestión del Presidente Correa.
Un tercer aspecto está relacionado con los candados impuestos por la misma Ley de Comunicación, que regula el contenido de los medios de comunicación, pero es incapaz de regular el contenido peyorativo de los Enlaces Ciudadanos, donde el principal protagonista, desde hace siete años, es el Primer Mandatario. El argumento de la SUPERCOM es que el Presidente no puede ser calificado como un medio de comunicación y la actividad que realiza son actos de gestión pública. Es así como la LOC es una Ley para todos, menos para el gobernante. Esta excepción premeditada debe ser eliminada a través de los bastos pedidos de enmienda que se plantearon a raíz de la re-elección indefinida. ¿Por qué no plantear la enmienda histórica a esta omisión? De esta manera, se podría demostrar que el Gobierno no lo controla todo en el país. ¿Quién se atreve a romper el silencio y a desafiar al poder?…
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