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¿Por qué funcionarios?

Fuentes: Público

Entre las cosas buenas, malas y peores de la LOMLOE que ya se han comentado  en estos días, hay una que ha tenido menos repercusión y que, sin embargo, es de una inmensa gravedad, porque introduce el germen de una tendencia que atenta contra los principios mismos de la escuela pública y, en el fondo, contra los del mismísimo Estado de Derecho en general. Se trata de una enmienda que, al parecer, ha sido iniciativa de ERC y que afecta a las oposiciones para Inspector de Educación. En principio cambia solo una palabra: donde antes se hablaba de una «prueba» de conocimientos pedagógicos y normativos, se habla ahora de una «valoración». Según ha denunciado con alarma el Sindicato de Inspectores de Educación (USIE), este pequeño detalle va a permitir a las Comunidades autónomas interpretar los términos de esa «valoración» según la conveniencia gubernamental del momento.

El mayor peligro que puede tener esta posible deriva es que acabemos por olvidar el sentido mismo y la razón de ser del funcionario público. Hegel consideró al funcionario nada menos que «el intérprete de lo universal, dado que no está movido por intereses particulares como el poder o la riqueza». Semejante dignidad ya no hace mella en nosotros cuando pensamos en los funcionarios. Todo lo contrario, el funcionario se ha convertido en un personaje sospechoso, del que es posible imaginar todo tipo de mediocridades, en especial la de ser un pésimo trabajador muy poco eficiente. Y esto es lo que no se termina de entender. Los funcionarios, en efecto, no son propiamente trabajadores. Son más bien, en todo caso, propietarios, propietarios de su función. Esta propiedad la adquieren mediante una oposición, es decir, defendiendo sus méritos y su saber frente a un tribunal publico, poniendo como testigo al conjunto de la ciudadanía, que tiene en su mano asistir a todo el proceso. En nada parecido, en efecto, a lo que es una entrevista a puerta cerrada, en la que se «valora» si el candidato es idóneo para firmar un contrato de trabajo. Además, a un trabajador se le puede despedir. A un funcionario habría más bien que «expropiarle» y eso conlleva un proceso mucho más laborioso y mucho más difícil. Un funcionario lo es de forma vitalicia.

¿Por qué? ¿Qué sentido tiene todo esto? Algo trascendental, de lo que depende la arquitectura misma del Estado de Derecho: que ciertas funciones demasiado vitales desde el punto de vista civil puedan quedar a salvo de cualquier chantaje o presión privada. Y por lo mismo, a salvo de cualquier chantaje o presión gubernamental. Se entiende bastante bien, respecto de los jueces. Un juez no puede ser un «trabajador», no puede ser juez en virtud de un contrato laboral, porque sería un contrasentido. Ello implicaría nada más ni nada menos que los jueces pudieran ser despedidos en virtud de la rentabilidad privada, social o política de las sentencias que dictan. Eso les convertiría, sencillamente, en rehenes de quien los contratara, o bien de determinados poderes privados, o bien de determinados poderes gubernamentales. En este último caso, habríamos acabado, sin más ni más, con lo que llamamos separación de poderes. Los jueces tendrían que obedecer al gobierno para no ser despedidos o degradados. Finalmente, en lugar de una sociedad en estado de derecho, tendríamos un derecho en estado de sociedad.

Algunos dirán que todo esto es en teoría, alegando que el poder judicial está en la práctica muy gubernamentalizado. Pero la gran pregunta es si estamos dispuestos a trabajar para remediarlo o si sencillamente tiramos la toalla de la separación de poderes, como quien tira al bebé con el agua de la bañera. Podemos trabajar en un sentido o el contrario y esa es la gran pregunta que tenemos que plantear.

Por ejemplo, en esta ocasión, en el terreno de la enseñanza respecto a la Inspección. Los inspectores de educación, en principio, son figuras bastante marginales. En general, da la impresión de que no pueden hacer mucho por la mejora de la enseñanza, habida cuenta de sus limitadas competencias. Sin embargo, lo que sí que es seguro es que pueden hacer mucho en su contra. Una Inspección de carácter gubernamental podría ser un cáncer que corroyera los cimientos mismos de la escuela pública. Independientemente de que fuera de izquierdas o de derechas. En cualquier caso, nos encontraríamos con un brazo armado del gobierno interfiriendo con la libertad de cátedra en la enseñanza estatal.

Porque, en efecto, la enseñanza estatal, en primaria, secundaria, bachillerato y también en la Universidad, si sigue hoy día relativamente a salvo de las presiones privadas y de las presiones gubernamentales, es gracias al funcionariado. Como decimos, un funcionario es alguien que, en principio, puede resistirse a cualquier chantaje privado o gubernamental. Eso no quiere decir que, en virtud de su «propiedad» vitalicia, el funcionario no pueda y o no deba ser «inspeccionado», pues cualquiera puede hacer un uso pésimo o incluso delictivo de su propiedad. Por eso tiene que existir una Inspección de Servicios. Ahora bien, por ello mismo, la Inspección de servicios tiene que estar especialmente blindada frente a cualquier presión privada o gubernamental. Con mayor razón aún que el cuerpo docente que tiene que inspeccionar.

Es ahí, respecto al cuerpo de inspectores, donde hay que cuidar más especialmente el sistema de oposiciones, para arrancarlo de cualquier influencia del Gobierno. Desdichadamente, como bien ha denunciado USIE, el Sindicato de Inspectores de Educación, la aludida enmienda se encamina en sentido contrario. Al sustituir «prueba» por «valoración», se abre el camino a la injerencia de los gobiernos autonómicos que podrán inventar diversas maneras de sortear el carácter de oposición que precisamente habría que blindar. Algunos imaginan ya la utilización del cuerpo de inspectores en enseñanza que podría hacer un gobierno de ERC, respecto al asunto de la enseñanza en castellano, por ejemplo. También es posible imaginar la injerencia de Vox o del PP respecto a la enseñanza concertada y pública. O la del PSOE o Podemos, en cualquier caso, tendríamos una lucha por el control gubernamental de la escuela pública.

Y tanto más aún cuanto que han sido denunciados otros indicios inquietantes. Lo ha explicado CCOO. Según otra enmienda, «el personal funcionario docente que muestre una manifiesta falta de condiciones para ocupar un puesto docente o una notoria falta de rendimiento que no comporte inhibición, podrán ser removidos de su puesto de trabajo y realizar tareas que no requieran atención directa con el alumnado». Y en la disposición adicional se especifica que esta decisión «debe ser consecuencia de un expediente que finalice con una evaluación negativa realizada por la inspección educativa». De este modo, una Inspección gubernamentalizada podría llegar incluso a filtrar los puestos de trabajo de los profesores -supuestamente blindados por su libertad de cátedra-, según criterios ideológicos. Una metástasis que extendería el cáncer a toda  escuela pública, abriendo la puerta a una evaluación encubierta del profesorado.

Lo que ante todo hay que evitar es que los funcionarios se conviertan en asalariados gubernamentales que puedan ser despedidos, trasladados o perjudicados a conveniencia según la legislatura que haya tocado en suerte. Los funcionarios tienen que ser  propietarios protegidos por la Constitución frente a cualquier presión del gobierno. Es por este motivo que el sistema de oposiciones tiene que ser defendido a ultranza. Nadie duda de sus muchos defectos. Pero la cuestión es si estamos trabajando por enmendarlos o, por el contrario, por convertir esos mismos defectos en un nuevo sistema. La separación de poderes es un sistema de pesos y contrapesos, de presas y compuertas. Y el sistema de oposiciones es uno de los diques fundamentales para mantener el equilibrio y no precipitarnos a la dictadura. Y lo primero que hay que recordar es que los tribunales (también los de oposiciones) no se limitan a «valorar»: tienen la obligación de juzgar.

Carlos Fernández Liria es profesor de Filosofía de la UCM

Fuente: https://blogs.publico.es/dominiopublico/35301/por-que-funcionarios/