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Si Syriza siguiera al pie de la letra las exigencias de la UE en materia de auditoría de la deuda

Fuentes: CADTM

Desde el anuncio de elecciones en Grecia el 25 de enero de 2015, la posibilidad de que Syriza salga victoriosa en las urnas y forme gobierno se ha presentado como una amenaza para la opinión pública internacional, y particularmente para la de la eurozona. Sin embargo, aquellos que hacen saltar la alarma saben perfectamente que […]

Desde el anuncio de elecciones en Grecia el 25 de enero de 2015, la posibilidad de que Syriza salga victoriosa en las urnas y forme gobierno se ha presentado como una amenaza para la opinión pública internacional, y particularmente para la de la eurozona. Sin embargo, aquellos que hacen saltar la alarma saben perfectamente que Syriza anunció que no suspenderá el pago de la deuda ni saldrá del euro una vez llegue al gobierno. Syriza propone una renegociación de la deuda a escala europea y desea que Grecia permanezca en la eurozona. En cambio, Syriza se compromete a poner fin a las medidas de austeridad, injustas y antisociales implementadas por los anteriores gobiernos y la troika.

Esta campaña sobre las supuestas amenazas que representa Syriza pretende intimidar al electorado griego con el fin de que renuncien a su derecho al cambio. De igual modo pretende poner a una parte de la opinión pública europea en contra de la coalición de izquierda radical griega para intentar evitar que, acto seguido, Podemos en España pueda ganar las elecciones en otoño de 2015.

La deuda reclamada a Grecia representa el 175% de la riqueza producida en el país en un año y supone un lastre insostenible para el pueblo heleno.

¿Qué pasará si Syriza, una vez en el gobierno, decidiera tomar literalmente el artículo 7 de un reglamento adoptado en mayo de 2013 por la Unión Europea para los países sometidos a un plan de ajuste estructural? Entre estos, sobre todo Grecia, Portugal y Chipre.

El punto 9 del artículo 7 prescribe a los países bajo ajuste estructural la realización de una auditoría integral a fin de determinar por qué el endeudamiento aumentó de manera exagerada y desvelar irregularidades. He aquí el texto completo del punto 9 del citado artículo 7: «Un Estado miembro sometido a un programa de ajuste macroeconómico efectuará una auditoría exhaustiva de sus finanzas públicas a fin, entre otras cosas, de evaluar las razones por las que se ha incurrido en niveles excesivos de endeudamiento y de detectar cualquier posible irregularidad.»

El gobierno de Antonis Samaras se abstuvo de aplicar esta disposición del reglamento para así ocultar a la población griega los verdaderos motivos del aumento de la deuda y las irregularidades vinculadas al respecto. En noviembre de 2012, el Parlamento dominado por la derecha había rechazado la moción presentada por Syriza para la creación de una comisión de investigación sobre la deuda, con 167 votos en contra, 119 a favor y cero abstenciones.

Está claro que tras una victoria electoral de Syriza, el gobierno que se formase bajo su liderazgo podría perfectamente tomarle la palabra a la Unión Europea al constituir una comisión de auditoría de la deuda (con participación ciudadana) con el propósito de analizar el proceso de endeudamiento excesivo de Grecia para desvelar las posibles irregularidades e identificar las partes que sean ilegales, ilegítimas, odiosas… de esa deuda.

La participación ciudadana resulta fundamental de cara a un proceso de auditoría que se quiere sea riguroso e independiente. Pero hay que destacar que en el reglamento antes citado, en su artículo 8, se recomienda la participación «de los interlocutores sociales y de la sociedad civil» en la elaboración de un «programa de ajuste macroeconómico». Razón de más pues para que se involucren activamente en la auditoría.

Algunos elementos clave que la realización de la auditoría podría sacar a la luz:

La deuda griega, que representaba el 113% del PIB en 2009 antes del estallido de la crisis en el país y la intervención de la troika, que posee 4/5 partes de esa deuda, pasó al 175% del PIB en 2014. Por tanto, a la intervención de la troika le ha seguido un aumento muy fuerte de la deuda griega.

A partir de 2010 y hasta 2012 los créditos concedidos por la troika a Grecia sirvieron en gran parte para rembolsar a los acreedores durante ese período, a saber, los bancos comerciales de las principales economías de la UE, comenzando por las entidades alemanas y francesas. Cerca del 80% de la deuda griega en 2009 estaba en manos de bancos comerciales de países de la UE. Entre estos, solo los bancos alemanes y franceses mantenían en torno al 50% del total de títulos públicos griegos.

Una auditoría de la deuda griega mostrará que los bancos comerciales europeos aumentaron con intensidad sus créditos a Grecia entre finales de 2005 y 2009 (los créditos se incrementaron en más de 60.000 millones de euros, pasando de 80.000 millones a 140.000 millones) sin considerar la capacidad de Grecia para devolverlos. Los bancos actuaron de manera temeraria, convencidos de que las autoridades europeas vendrían en su auxilio en caso de problema.

Como ya se ha indicado más arriba, la auditoría mostrará que el presunto plan de rescate a Grecia, puesto en marcha por las autoridades europeas con la ayuda del FMI, ha permitido en realidad que los bancos de algunos países europeos con un peso decisivo en las instancias europeas continúen recibiendo los reembolsos de Grecia transfiriendo el riesgo a los Estados a través de la troika. No es Grecia quien ha sido rescatada, sino un puñado de grandes bancos comerciales europeos implantados principalmente en los países más fuertes de la UE.

Los bancos comerciales han sido así pues reemplazados por la troika, que ha pasado a ser el principal acreedor de Grecia desde finales de 2010.

La auditoría analizará la legitimidad del plan de rescate. ¿Resulta este conforme a los tratados de la UE (principalmente el artículo 125, que prohíbe a un Estado miembro hacerse cargo de los compromisos financieros de otros Estados miembros)? Los prestamistas públicos en 2010 (es decir, los 14 Estados miembros que concedieron préstamos a Grecia por un total de 53.000 millones de euros, el FMI, el BCE, la Comisión Europea, etc.), ¿han respetado el principio de autonomía de la voluntad del prestatario, a saber Grecia? ¿O se han beneficiado de su angustia ante los ataques especulativos de los mercados financieros para imponerles contratos que van en contra de su propio interés? Estos prestamistas, ¿han impuesto condiciones leoninas, sobre todo al exigir para su devolución tipos de interés exagerados?

Se trata asimismo de auditar la acción del FMI. Sabemos que en el seno de la dirección del Fondo varios directores ejecutivos (el brasileño, el suizo, el argentino, el indio, el iraní, el chino, el egipcio) mostraron sus grandes reservas con respecto al préstamo acordado por el FMI, afirmando sobre todo que Grecia no sería capaz de devolverlo dadas las políticas que le eran impuestas. El gobierno griego, ¿solicitó a la administración encargada de las estadísticas, en connivencia con el anterior director gerente del Fondo, falsear los datos exactos a fin de presentar un boletín sobre la salud financiera del país tan malo que permitiera al FMI poner en marcha un plan de rescate? Varios altos funcionarios griegos así lo afirman.

¿Ha sobrepasado el BCE de manera grave sus prerrogativas al exigir al Parlamento griego que legislara sobre el derecho de huelga, la Sanidad, el derecho de asociación, la educación y la legislación sobre la fijación de salarios?

En marzo de 2012, la troika organizó una reestructuración de la deuda griega que fue presentada en su momento como un éxito. Recordemos que el entonces primer ministro, Yorgos Papandréu, anunció a principios de noviembre de 2011, en la víspera de una reunión del G-20, su intención de convocar un referéndum para febrero de 2012 sobre esa reestructuración de la deuda preparada por la troika. Ante la presión de esta, aquel referéndum jamás tuvo lugar y se le retiró el derecho al pueblo griego a pronunciarse sobre las nuevas deudas. Los grandes medios de comunicación dieron eco al discurso de que la reestructuración permitía reducir la deuda griega en un 50%. En realidad, esta deuda es mayor en 2015 que en 2011, el año previo a la gran anulación del supuesto 50%. La auditoría mostrará que esta operación de reestructuración, que constituye una vasta superchería, estaba vinculada a la profundización de las políticas contrarias al interés de Grecia y de su población.

La auditoría deberá evaluar si las estrictas condiciones impuestas por la troika a Grecia en contraprestación a los créditos constituyen una violación de una serie de tratados y convenciones que han de ser respetados tanto por los acreedores como por el prestatario, Grecia. El profesor de Derecho, Andreas-Fischer-Lescano, comisionado por la Cámara de Trabajo de Viena demostró de manera irrefutable que los programas de la troika son ilegales en virtud del derecho europeo y del derecho internacional. Las medidas definidas en los programas de ajuste a los que Grecia fue sometida y las políticas concretas que son la consecuencia directa de ello violan una serie de derechos fundamentales, tales como el derecho a la sanidad, a la educación, a la vivienda, a la Seguridad Social, a un salario justo, pero también a la libertad de asociación y a la negociación colectiva. Todos estos derechos están protegidos por numerosos textos jurídicos a escala internacional y europea, como la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el Convenio Europeo de Derechos Humanos, la Carta Social Europea, los dos pactos de la ONU sobre Derechos Humanos, la Carta de Naciones Unidas, la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU, la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, pero también los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que tienen el estatus de Principios Generales del Derecho (PGD). La lista de artículos conculcados por los memorándums impuestos a Grecia, que muestra meticulosamente el profesor Fischer-Lescano es impresionante y compromete a la responsabilidad jurídica de las entidades que conforman la troika o aquellas puestas en marcha por esta (como el Mecanismo Europeo de Estabilidad, por ejemplo).

La auditoría determinará si, como exige el Reglamento (UE) nº 472/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 21 de mayo de 2013, antes citado, el «programa de ajuste macroeconómico respeta plenamente el artículo 152 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 28 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea». La auditoría debe verificar igualmente si ha sido respetado el siguiente pasaje del Reglamento: «Los esfuerzos de consolidación presupuestaria establecidos en el programa de ajuste macroeconómico tendrán en cuenta la necesidad de garantizar recursos suficientes para las políticas fundamentales, como la educación y la salud.» Se trata asimismo de verificar si se ha aplicado este principio fundamental del Reglamento: «En el artículo 9 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) se dispone que, en la definición y ejecución de sus políticas y actividades, la Unión tendrá en cuenta las exigencias relacionadas con la promoción de un nivel de empleo elevado, con la garantía de una protección social adecuada, con la lucha contra la exclusión social y con un nivel elevado de educación, formación y protección de la salud humana.» Se trata de contraponer esto con el informe de evaluación de la puesta en marcha del segundo programa de ajuste estructural, publicado en abril de 2014, por los servicios competentes de la UE y en el que los autores se felicitan de la reducción de un 20% de los empleos públicos griegos. En el recuadro titulado «relatos de logros del programa de ajuste económico» (Success stories of the Economic Adjustment Programme) se puede leer que las reformas del mercado laboral han permitido reducir el salario mínimo legal y que se han suprimido 150.000 empleos en la Administración Pública (decrease in general government employement by 150,000, p. 10).

La auditoría deberá demostrar que las medidas dictadas por los acreedores constituyen regresiones manifiestas en el ejercicio de los derechos humanos fundamentales y la violación flagrante de una serie de tratados. Se pueden identificar importantes irregularidades. En consecuencia, la comisión encargada de la auditoría podrá emitir una opinión argumentada acerca de la legalidad, la ilegitimidad e incluso la nulidad de la deuda contratada por Grecia con la troika.

Traducción: Antonio Sanabria.

Fuente: http://cadtm.org/Si-Syriza-siguiera-al-pie-de-la