Los comuneros de Amalí fueron enjuiciados por protestar contra la construcción de la hidroeléctrica San José del Tambo, sobre el río Dulcepamba en la comuna San Pablo de Amalí, provincia de Bolívar. La empresa firmó un contrato con el Estado ecuatoriano en septiembre del 2005 por el que se le adjudicó el uso de 5 mil litros de agua por segundo del río Dulcepamba. Los comuneros dicen que no tendrán agua para la agricultura y sus necesidades.
Tras cinco horas de deliberar, dos de los tres jueces del Tribunal de Garantías Penales de Guaranda ratificaron la inocencia de Manuel Trujillo y Manuela Pacheco, dirigentes de la comunidad de San Pablo de Amalí, acusados del presunto delito de terrorismo organizado. El presidente del tribunal declaró salvado su voto.
Para Daniel Véjar, asesor legar de la Fundación Regional en Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) y abogado de Manuel, la Fiscalía no logró demostrar el nexo causal entre la materialidad y la responsabilidad de Manuel, es decir, no aportó pruebas suficientes que indique que Manuel fue instigador ni mucho menos agresor por los hechos que se le pretendían imputar por ser un defensor de los derechos humanos.
En el caso de Manuela, Fiscalía no pudo probar en ningún momento la participación de Manuela en los hechos, porque ella jámas estuvo en el lugar donde se generó el enfrentamiento entre comuneros y la Policía. Así lo dijo Luis Vallejo, abogado de Manuela.
Los alegatos
15 minutos tuvieron las partes para presentar sus alegatos. Daniel Véjar, abogado de Manuel Trujillo, dijo que «ninguno de los testimonios de los policías presentados en la audiencia ubicó a Manuel como instigador y mucho menos como agresor u autor de las presuntas lesiones sufridas por el personal de la Policía». Tampoco las pruebas aportadas en referencia a la destrucción del carro «constituyen elementos de convicción que prueben nexo causal entre los golpes al vehículo y la participación de Manuel». Eso sin contar con las innumerables inconsistencias en los testimonios de los policías sobre la visibilidad que existía al momento de los hechos.
«Por lo tanto, demostramos que no existe materialidad ni mucho menos responsabilidad de Manuel» dijo Véjar.
El proceso
La comunidad ha denunciado desde el 2012 el ingreso ilegal de maquinaria de la empresa a sus propiedades. Además, denunció que los policías entraron a la comunidad destruyendo varios campos de cultivo. El 11 de junio de 2012, «Carmen Elisa G. se interpone entre la maquinaria y sus cultivos con el fin de impedir que desplomen su vivienda. El pueblo se levanta en solidaridad y la policía respondió con agresiones verbales y físicas. Varias personas resultaron heridas».
Por las agresiones que sufrieron los habitantes de la comunidad por parte de la fuerzas policial, Manuela y Manuel presentaron una denuncia en la Inspectora General de la Policía. La Comandancia de Policía nombró una Comisión para investigar la denuncia en contra del Mayor Vinicio Albán Moreta.
El 14 de agosto de 2012, día en que la Comisión visitaría la comunidad, se generó enfrentamientos entre el cuerpo policial y miembro de la comunidad en resistencia. De estos hechos se pretende responsabilizar a los dirigentes Manuel Trujillo y Manuela Pacheco esta vez por el presunto delito de «Terrorismo Organizado» basado en el parte policial elaborado por el Mayor Roosevelt Vinicio Albán Moreta que señala que los dos dirigentes junto a 12 comuneros agredieron a cuatro policías y destruyeron un vehículo policial.
El Mayor responsabilizó de estos hechos a Manuela Pacheco Zapata, de 47 años, y a Manuel Trujillo, de 51 años, dirigentes de la comunidad.
El 12 de noviembre de 2012, el Juzgado Quinto de lo Penal del cantón Chillanes ordenó prisión preventiva en contra de Manuel y Manuela. Ante este dictamen los dos dirigentes se vieron forzados a pasar a la clandestinidad ya que ambos son el sustento principal de sus hogares. En días posteriores, mediante una masiva movilización de San Pablo de Amalí, se consiguió que dichas órdenes sean revocadas, sin embargo, el proceso penal continuó su curso. A partir de esta fecha, Manuel y Manuela deben presentarse ante el Juzgado Penal cada lunes como medida alternativa a la prisión preventiva.
Desde el 2013, los dos dirigentes fueron llamados a juicio sin que hasta el 11 de diciembre del anterior año se haya señalado día y hora para la sustanciación de la audiencia. El 19 de enero se instaló la audiencia y el 25 se presentó los alegatos finales y los jueces dieron sentencia [declarándolos inocentes].
Fuente: http://conaie.org/tribunal-de-bolivar-ratifico-la-inocenci%C2%ADa-de-manuel-y-manuela/