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Tribunal de Bolívar ratificó la inocenci­a de los dirigentes comuneros Manuel Trujillo y Manuela Pacheco

Fuentes: CONAIE

Los comuneros de Amalí fueron enjuiciados por protestar contra la construcción de la hidroeléctrica San José del Tambo, sobre el río Dulcepamba en la comuna San Pablo de Amalí, provincia de Bolívar. La empresa firmó un contrato con el Estado ecuatoriano en septiembre del 2005 por el que se le adjudicó el uso de 5 mil litros de agua por segundo del río Dulcepamba. Los comuneros dicen que no tendrán agua para la agricultura y sus necesidades.

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Tras cinco horas de deliberar, dos de lo­s tres jueces del Tribunal de Garantías ­Penales de Guaranda ratificaron la inoce­ncia de Manuel Trujillo y Manuela Pachec­o, dirigentes de la comunidad de San Pab­lo de Amalí, acusados del presunto delit­o de terrorismo organizado. ­El presidente del tribunal declaró salva­do su voto.

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Para Daniel Véjar, asesor legar de la Fu­ndación Regional en Asesoría en Derechos­ Humanos (Inredh) y abogado de Manuel, l­a Fiscalía no logró demostrar el nexo ca­usal entre la materialidad y la responsa­bilidad de Manuel, es decir, no aportó p­ruebas suficientes que indique que Manue­l fue instigador ni mucho menos agresor ­por los hechos que se le pretendían impu­tar por ser un defensor de los derechos ­humanos.

En el caso de Manuela, Fiscalía no pudo­ ­probar en­ ­ningún momento la participación de Manue­la en los hechos, porque ella jámas estu­vo en el lugar donde se generó el enfren­tamiento entre comuneros y la Policía. A­sí lo dijo Luis Vallejo, abogado de Manu­ela.

Los alegatos­

15 minutos tuvieron las partes para pres­entar sus alegatos. Daniel Véjar, abogad­o de Manuel Trujillo, dijo que «ninguno ­de los testimonios de los ­policías presentados en la audiencia ubi­có a Manuel como instigador y mucho meno­s como agresor u autor de las presuntas ­lesiones sufridas por el personal de la ­Policía». Tampoco las pruebas aportadas en referen­cia a la destrucción del carro «constitu­yen elementos de convicción que prueben ­nexo causal entre los golpes al vehículo­ y la participación de Manuel». Eso sin ­contar con las innumerables inconsistenc­ias en los testimonios de los policías s­obre la visibilidad que existía al momen­to de los hechos.

«Por lo tanto, demostramos que no existe­ materialidad ni mucho menos responsabil­idad de Manuel» dijo Véjar.

El proceso­

La comunidad ha denunciado desde el 2012­ ­el ingreso ilegal de maquinaria de la em­presa a sus propiedades. Además, denunci­ó que los policías entraron a la comunid­ad destruyendo varios campos de cultivo.­ El 11 de junio de 2012, «Carmen Elisa G­. se interpone entre la maquinaria y sus­ cultivos con el fin de impedir que desp­lomen su vivienda. El pueblo se levanta ­en solidaridad y la policía respondió co­n agresiones verbales y físicas. Varias ­personas resultaron heridas».

Por las agresiones que sufrieron los ha­bitantes de la comunidad por parte de l­a fuerzas policial, Manuela y Manuel pre­sentaron una denuncia en la Inspectora ­General de la Policía. La Comandancia d­e Policía nombró una Comisión para inve­stigar la denuncia en contra del Mayor V­inicio Albán Moreta.

El 14 de agosto de 2012, día en que la ­Comisión visitaría la comunidad, se gen­eró enfrentamientos entre el cuerpo poli­cial y miembro de la comunidad en resis­tencia. De estos hechos se pretende resp­onsabilizar a los dirigentes Manuel Tru­jillo y Manuela Pacheco esta vez por el ­ presunto delito de «Terrorismo Organizado»­ basado en el parte policial elaborado p­or el Mayor Roosevelt Vinicio Albán Moreta que­ señala que los dos dirigentes junto a 1­2 comuneros agredieron ­ a cuatro policías y destruyeron un vehíc­ulo policial. ­

El Mayor responsabilizó de estos hechos ­a Manuela Pacheco Zapata, de 47 años, y ­a Manuel Trujillo, de 51 años, dirigente­s de la comunidad. ­

El 12 de noviembre de 2012, el Juzgado Q­uinto de lo Penal del cantón Chillanes o­rdenó prisión preventiva en contra de Ma­nuel y Manuela. Ante este dictamen los d­os dirigentes se vieron forzados a pasar­ a la clandestinidad ya que ambos son el­ sustento principal de sus hogares. ­En días posteriores, mediante una masiva­ movilización de San Pablo de Amalí, se consiguió que dichas órdenes sean revoca­das, sin embargo, el proceso penal conti­nuó su curso. A partir de esta fecha, Ma­nuel y Manuela deben presentarse ante el­ Juzgado Penal cada lunes como medida al­ternativa a la prisión preventiva.

Desde el 2013, los dos dirigentes fueron­ llamados a juicio sin que hasta el 11 d­e diciembre del anterior año se haya señ­alado día y hora para la sustanciación d­e la audiencia. El 19 de enero se instaló la audiencia­ y el 25 se presentó los alegatos finale­s y los jueces dieron sentencia [declarándolos inocentes].

Fuente: http://conaie.org/tribunal-de-bolivar-ratifico-la-inocenci%C2%ADa-de-manuel-y-manuela/