La reforma del Código Penal que prepara Alberto Ruiz-Gallardón introducirá un nuevo delito: la difusión de mensajes a través de las redes sociales que inciten a alteraciones de orden público. El delito será castigado con entre 3 meses y 1 año de cárcel, aunque también podrá ser sancionado con multa, según fuentes del Ministerio de […]
La reforma del Código Penal que prepara Alberto Ruiz-Gallardón introducirá un nuevo delito: la difusión de mensajes a través de las redes sociales que inciten a alteraciones de orden público. El delito será castigado con entre 3 meses y 1 año de cárcel, aunque también podrá ser sancionado con multa, según fuentes del Ministerio de Justicia que cita el diario Público.
Las citadas fuentes señalaron que no estará sancionada la convocatoria de movilizaciones, sino la incitación a cometer desórdenes graves del orden público en esas convocatorias. Bastará para la persecución penal que se haya lanzado el mensaje, es decir, que no será necesario que se haya concretado realmente el acto violento, al configurarse técnicamente como un delito de peligro y no de resultado.
Según la Referencia del Consejo de Ministros, sólo se castigará la difusión de mensajes que inciten a la comisión de algún delito de alteración del orden público. Es decir, no la simple convocatoria a movilizaciones, sino la incitación a cometer actos de violencia constitutivos de desórdenes graves en esas convocatorias.
¿Se entiende que un mensaje en Twitter o Facebook (o en una pancarta) con la leyenda Ocupa el Congreso 25-S puede entrar en el tipo penal que plantea Gallardón? ¿Son los rastreos policiales una prueba de por dónde van los tiros?.
«La autocracia solo existe donde no penetran las redes sociales», según Alberto Ruiz-Gallardón.