A partir del 10 de julio del 2002 escribí tres columnas -que fueron publicadas sucesivamente en La Hora- dedicadas, la primera, al arresto en Estados Unidos por el FBI, el 12 de septiembre de 1998, de Gerardo Hernández, Antonio Guerrero, Ramón Labañino, Fernando González y René González, los cinco patriotas cubanos que fueron procesados y […]
A partir del 10 de julio del 2002 escribí tres columnas -que fueron publicadas sucesivamente en La Hora- dedicadas, la primera, al arresto en Estados Unidos por el FBI, el 12 de septiembre de 1998, de Gerardo Hernández, Antonio Guerrero, Ramón Labañino, Fernando González y René González, los cinco patriotas cubanos que fueron procesados y sentenciados por un tribunal de Miami con base en acusaciones carentes de sustentación y eficacia probatoria. Hice referencia, además, a la histérica campaña de estigmatización de que se les hizo victimas, el trato cruel, inhumano y degradante a que fueron sometidos y que se les mantuvo en confinamiento solitario durante 17 meses y 48 días sin justificación alguna.
En la columna publicada el miércoles siguiente decía que el proceso al que se les sometió era un proceso ilegal e inconstitucional y en flagrante violación al derecho internacional público. También hice referencia a que en el curso de los debates la defensa desbarató uno a uno los cargos que falsamente se les imputó y que quedó plenamente demostrado que los acusados «habían servido exclusivamente al gobierno cubano en función de penetrar a organizaciones terroristas radicadas en Miami, ejecutado su derecho a defender la soberanía del pueblo cubano, como una necesidad, para conocer y frustrar planes terroristas contra Cuba». Durante el proceso quedó demostrado y se comprobó, igualmente, «que nunca pretendieron ni asumieron realizar actividades semejantes contra organismos y organizaciones del Estado norteamericano y muchos menos dañar su seguridad».
En la tercera columna, publicada el miércoles 24 de julio, traje a cuenta que la normativa constitucional estadounidense, entre otras garantías, protege a toda persona de vejámenes, le reconoce el derecho al debido proceso, al cambio de jurisdicción por razones debidamente justificadas, y la imparcialidad de los jurados. En el caso de los cinco procesados y condenados por un tribunal de Miami, fue notorio y evidente que se violaron flagrantemente tres Enmiendas de la Constitución de Estados Unidos: la VII, la V y la VI. La VII prohíbe los «castigos crueles e inusuales»; la V establece que nadie podrá ser «privado de su vida, de su libertad o de su propiedad, sin el debido procedimiento de Ley»; y, la VI consigna que «en todas las causas criminales, el acusado gozará del derecho a un juicio rápido y público, ante un jurado imparcial del Estado y distrito en que el delito haya sido cometido, distrito que será previamente fijado por la Ley». A los cinco se les procesó y sentenció por un tribunal en cuya jurisdicción prevalecía «un sentimiento
público contra ellos y revelaba que de hecho todos eran ya convictos en la opinión pública y, en los medios de comunicación de Miami, de ser agentes del gobierno cubano y de todos los cargos que se les imputaban».
Desde que fueron arrestados y el inicio del proceso de que fueron objeto, transcurrieron 33 meses, no se les permitió comunicarse entre ellos, se les restringieron las visitas de sus abogados y sus comunicaciones y se les dio el trato de prisioneros de máxima seguridad. Su juicio comenzó en noviembre del 2000 y terminó en junio del 2001. El resultado es aberrante: a Gerardo Hernández se le condenó a dos cadenas perpetuas, más 15 años de reclusión. A Fernando González y René González, también se les sentenció a cadena perpetua. Antonio Guerrero y Ramón Labañino, fueron condenados a 19 y 15 años de prisión, respectivamente.
Al juicio comparecieron más de 70 testigos. Los miembros del jurado en tan sólo un día decidieron un juicio que, repito, duró siete meses. Ninguno de sus doce integrantes hizo alguna pregunta, ninguno releyó ni uno sólo de los testimonios ni examinó ninguna de las evidencias.
Después de ser condenados, los cinco fueron enviados a diferentes prisiones. A la fecha, están por cumplir siete años de encarcelamiento y guardan prisión en las cárceles federales de máxima seguridad de California, Wisconsin, Carolina del Sur, Texas y Colorado, algunas de las cuales son consideradas como de las peores de Estados Unidos. Varios de ellos no han visto a sus esposas y familiares. A la esposa de René González y a la de Gerardo Hernández, el servicio de inmigración estadounidense les ha negado las visas para poder viajar a Estados Unidos y visitarlos, al considerar que ellas no pueden alegar razones humanitarias para obtenerlas ya que ambas representan una amenaza para la seguridad de Estados Unidos. En el tema de las visitas familiares a prisioneros federales, la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos conoció del asunto y en una decisión extraordinaria sostuvo que si la Constitución estadounidense protege algún interés, ése es el de mantener la familia. Con base en ello, la Corte decidió que una agencia gubernamental no podía destruir una familia al obstruir las relaciones de un recluso con su esposa e hijos.
Es cada vez más amplia y generalizada la campaña mundial de solidaridad y simpatía con los cinco patriotas cubanos prisioneros del imperio y más amplia y generalizada la demanda por su libertad. En el caso de la prensa estadounidense, ha silenciado el caso de los cinco a fin de evitar que la opinión pública norteamericana conozca la verdad, se movilice y exija justicia.
En ese marco, el 10 de marzo del 2004, los abogados de la defensa presentaron ante el XI Circuito de Atlanta, un recurso de apelación que fue conocido y resuelto por el Tribunal de Apelaciones y dado a conocer la mañana del recién pasado martes 9 de agosto. Con anterioridad, el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, con sede en Ginebra, en comunicación dirigida al Gobierno de Estados Unidos puso en su conocimiento la declaración adoptada con fecha 27 de mayo de 2005 y en la que considera que «la privación de libertad de los señores Antonio Guerrero Rodríguez, Fernando González Llort, Gerardo Hernández Nordelo, Ramón Labañino Salazar y René González Sehwerert es arbitraria, está en contravención del artículo 14 de la Convención Internacional de Derechos Civiles y Políticos» y le solicita que «adopte las medidas necesarias para remediar esta situación, de conformidad con los principios expresados» en la referida Convención. El pasado 20 de julio, el departamento de Estado dijo que no aceptaría esa «ridícula y confusa decisión».
Según el despacho del corresponsal del diario mexicano La Jornada, David Brooks, el fallo del Tribunal de Apelaciones del XI Circuito de Atlanta «determinó que las condiciones políticas y sociales de perjuicio que imperan en Miami negaron un proceso imparcial a los cinco cubanos en 2001» y de acuerdo al abogado defensor de Gerardo Hernández, Paul McKenna, «las condenas quedan anuladas y los acusados ahora no tienen antecedentes legales; todo vuelve a ser como al principio». En el despacho de Brooks, fechado en Nueva York, se destaca que «siete años después de comenzar su juicio, todo regresa a donde empezó, con un nuevo proceso, pero con una diferencia: queda constatado que en ciertas esquinas de este país (se refiere a Estados Unidos, por supuesto) no hay garantías de un juicio justo e imparcial».
De ahora en adelante, lo que en este caso corresponde y procede es redoblar la solidaridad y apoyo internacional a la lucha por exigir de las autoridades estadounidenses correspondientes, la puesta en libertad de los cinco patriotas cubanos prisioneros del imperio. La opinión de las autoridades cubanas respecto al fallo unánime de los tres jueces que integran el Tribunal de Apelaciones del XI Circuito de Atlanta, es que constituye «un importante paso en la batalla legal por su liberación» y una victoria frente a Estados Unidos y «a los hipócritas que alardean de una supuesta lucha frente al terrorismo y en realidad lo protegen».