En estos tiempos de polarización política en las redes sociales a nivel global y de la cual no está exenta Cuba, un tema de permanente confrontación se da en torno a la situación de los derechos humanos dentro de la isla.
Con el ánimo de encontrar mejores equilibrios en esta acalorada discusión comparto algunos apuntes sobre un tema que precisa de una revisión histórica si pretendemos discutirlo seriamente y en el interés de contribuir con algunas posibles respuestas a los complejos asuntos que interpelan nuestro presente.
La historicidad de los derechos y el relato dominante
Los derechos no son valores ahistóricos y abstractos detenidos en un cuerpo normativo son la expresión de luchas sociales concretas e históricamente determinadas. Bajo la influencia de las revoluciones burguesas en Europa y Norteamérica, a partir de la segunda mitad del siglo XVIII, quedaron consagrados solo como “LOS DERECHOS”, los civiles y políticos. En un principio, incluso, solo atribuidos a los hombres blancos y propietarios. Ello no significó que durante estos procesos revolucionarios el emergente proletariado, las clases campesinas, de artesanos, las mujeres y sectores más empobrecidos, no exigieran otro tipo de reivindicaciones como el acceso a la tierra, a mejores condiciones de trabajo, alimentación, salubridad, agua, vivienda o educación. Sin embargo, las clases burguesas ya en el poder y bajo la doctrina liberal traicionaron estas demandas de igualdad y justicia social y solo establecieron como derechos esenciales en sus constituciones, aquellos que consideraron fundamentales para sus intereses mercantiles y de ejercicio del poder político frente al poder vencido del clero y la nobleza. De entrada, el derecho a la propiedad privada y algunas libertades de pensamiento, expresión, asociación, reunión y de manifestación.
Al no ser consideradas las demandas de carácter social como derechos fundamentales se les negó de garantías para su disfrute y protección. Por mucho tiempo, los derechos sociales fueron relegados a simples prestaciones o servicios públicos que los estados modernos podrían otorgar a la población, dependiendo de su capacidad económica. Es decir, para el relato liberal estos derechos no eran atributos inherentes a la condición humana. Fue así, que los derechos civiles y políticos fueron denominados derechos de “primera” generación mientras que los económicos, sociales y culturales fueron relegados a la “segunda” y “tercera” generación. Desde una revisión histórica crítica esta clasificación que ha predominado en las escuelas de derechos resulta insostenible. En la obra, Los derechos sociales y sus garantías [2], el destacado jurista Gerardo Pisarello, explora alguno de estos mitos fundacionales de la concepción de los derechos humanos y resulta crucial para ofrecer otras interpretaciones distintas a los enfoques liberales dominantes.
Con la llegada de las revoluciones sociales de inicios del siglo XX, en particular la rusa y la mexicana, y el influjo de constitucionalismo social en Europa occidental, los derechos sociales se reposicionaron a nivel de las constituciones nacionales. Con posterioridad, se sumó el drama humano de la Segunda Guerra Mundial y el Holocausto Nazi, que conminó al sistema internacional a proclamar en 1948 la Declaración Universal de Derechos Humanos. Su homóloga en la región fue la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, promulgada también ese mismo año. Estas cartas internacionales agruparon la mayoría de los derechos reconocidos hasta ese entonces, si bien aún se ofrecía un mayor desarrollo en el caso de los civiles y políticos.
A partir de entonces, se desató la pugna ideológica entre la visión socialista (pro derechos sociales) y la capitalista (pro derechos civiles y políticos) en tiempos ya de la Guerra Fría. Lo que dio lugar, hacia mediados de los setenta, a la entrada en vigor de dos pactos diferenciados de derechos en lugar de solo uno. Ello contribuyó a dotar de mecanismos de protección estos derechos, si bien solo el Pacto de Derechos Civiles contó con un Protocolo Facultativo para interponer denuncias a nivel internacional. En el caso de su correlativo, el Pacto de Derechos Económicos Sociales y Culturales, tuvieron que pasar más de cuatro décadas para su entrada en vigor en 2013, lo cual puede dar una idea de las inequidades aun manifiesta entre derechos.
Igual jerarquía legal pero la brecha continúa
Con la evolución del derecho internacional de los derechos humanos, durante la Convención de Viena del 93[3], quedó establecido que todos los derechos están dotados de igual jerarquía y además debían ser concebido como interdependientes entre sí para asegurar el goce pleno de una vida digna. Si bien esto significó un avance notable para hacer exigibles y justiciables los derechos sociales ante los Estados, con la caída del bloque socialista y el avance de la hegemonía capitalista hacia finales del XX la brecha entre derechos volvió a inclinarse en favor de los civiles y políticos. En este sentido, dejaron de tener menos reflectores los valores de justicia social y por ende las violaciones a derechos sociales si se compara con la atención concedida a las libertades de expresión, prensa o que afecten pilares de la democracia representativa como el pluripartidismo y la supuesta independencia o tripartición de poderes.
Estos valores, para la ideología liberal resultan intocables, es indiferente si se erigen sobre desigualdades de toda clase que hacen excluyente el acceso al poder para las mayorías y los grupos más vulnerables. Desde sus fundamentos, no importa que así suceda siempre y cuando el pueblo tenga su turno de “decidir” en las urnas el color político de su preferencia. En cambio, cuando existen liderazgos sociales o de países que se atreven a modificar las reglas del juego, sin reparo se les condena como “dictaduras”, “tiranías” y “regímenes autoritarios”. En estos casos, se borra por completo o se invalida el trasfondo histórico de aquellos procesos que han promovido y siguen defendiendo otras formas de reproducción social a las del capitalismo hegemónico.
Resulta paradójico que las tesis liberales que pregonan los valores de libertad y democracia no admitan que otras naciones puedan darse formas distintas de organización política e incluso interpretaciones y visiones distintas en torno a los derechos humanos. Si nos remitimos a otros instrumentos internacionales como la Carta Interamericana se establece la “democracia representativa”basado en la “independencia de poderes”[4] como el modelo político a seguir para todos los Estados. Así estaba, previsto desde los orígenes mismos de la Organización de Estados Americanos y que provocaron la expulsión de Cuba de este órgano al triunfo de la Revolución por adoptar una ideología comunista. Por ello, no es casual leer en los informes especiales que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dedica a la isla año tras año, que el punto de partida es “la falta de participación política y de elecciones libres por la persistencia de un partido único, así como la falta de disposiciones para asegurar la separación de los poderes”[5]. En conclusión, se trata prácticamente de la violación de un dogma religioso del que resulta imposible escaparse.
Hacia una lectura más balanceada sobre los derechos humanos en Cuba
La brecha histórica entre derechos prevalece en la actualidad. Se manifiesta a través de una narrativa instalada en los grandes medios y organismos de derechos humanos donde son silenciados los logros sociales de países como Cuba mientras se explayan en denunciar las amenazas y afectaciones a derechos civiles y políticos, principalmente, de actores opositores que desconocen abiertamente la legitimidad e institucionalidad del Estado cubano. Sin negar la existencia de violaciones a derechos humanos que pueden darse como en cualquier otra parte del mundo, cuando se analiza la visibilidad que se les brinda en relación a los atentados graves que enfrentan sociedades de la región, donde son frecuentes patrones de desapariciones forzadas; los asesinatos y agresiones contra defensores y periodistas; el abuso policial y la tortura; el despojo de los territorios de pueblos indígenas y campesinos por megaproyectos extractivos; la penalización del aborto, el disparo de feminicidios; la inequidad salarial entre hombres y mujeres; así como la falta de acceso a derechos sociales básicos como salud y educación, es inevitable percibir un trato discriminatorio en el caso cubano donde no se producen o se dan a gran escala violaciones de esta naturaleza.
Otro caso paradigmático, es el éxito del sistema de salud cubano, de su industria farmacéutica y de biotecnología en el combate de la pandemia del Covid 19, nada comparable con la situación dramática de la región, sin embargo, esta hazaña se empaña por la huelga de hambre de un opositor que se vuelve el tema del momento a nivel de redes sociales, medios e instancias internacionales. Sobre este incidente se pronuncian rápidamente la CIDH y Amnistía Internacional que no dedican un solo pronunciamiento sobre la proeza del Estado cubano frente a la crisis sanitaria. Cuando abordan la cuestión es desde el ángulo de las restricciones a la libertad de movimiento y de manifestación, es decir todo gira una y otra vez sobre los derechos civiles y políticos, pero ni una mención al mérito de evitar decenas de miles de muertes por la pandemia o del desarrollo de tres candidatos vacunales producidos por el país. De la misma manera, la prensa extranjera, con contadas excepciones, no reconoce el papel de la cooperación médica cubana en geografías de todos los continentes, por el contrario, se dedican a denostarla. Esta guerra sucia, al menos se contrarresta con el hecho innegable de las solicitudes que diferentes gobiernos continúan haciendo de los servicios médicos cubanos. Incluso, recientemente, el mandatario mexicano López Obrador elogió el gesto solidario de esta colaboración, reconociendo que su apoyo fue clave para poner en marcha un nuevo hospital para la atención del Covid 19 para el que no contaban con personal suficiente.[6]
Este trato inequitativo, desde nuestra óptica, sigue obedeciendo a una cultura hegemónica de la narrativa liberal, donde se le ofrece a los derechos civiles y político un trato privilegiado en comparación al que se les confiere a los derechos sociales. Es por ello, necesario asumir una mirada crítica del devenir histórico de los derechos para hacer evidente el doble rasero que impera a la hora de juzgar avances y retrocesos en esta materia de un país a otro. Algunas voces podrían refutar que la sobreatención al caso cubano obedece a poder sacar a la luz pública aquellas cuestiones incómodas que a nivel interno omiten medios oficiales. Si bien el argumento no carece de veracidad parece insuficiente. Frente al constante asedio externo que busca desestabilizar el proyecto social cubano no parece descabellado mantener una actitud defensiva ante este tipo expresiones.
Desde luego, no se trata de ser acríticos con respecto a la necesidad de abrir y revitalizar el debate público sobre temas poco abordados de la agenda social, política y de derechos humanos. También sería deseable dejar de lado cierto tono triunfalista que predomina en los medios masivos de información y encarar críticamente cuestiones medulares que aquejan a la población día con día. Ante la falta de espacio públicos formales para dirimir estos asuntos en no pocas ocasiones terminan siendo distorsionados en la nube de las redes, por medios extranjeros o sitios digitales alternativos que hoy ofrecen un periodismo más diverso y dinámico que la prensa tradicional. De igual manera, no debe justificarse cualquier ineficiencia administrativa por el genocida bloqueo y la agresión imperialista; tema ya reconocido hasta por los propios dirigentes que han acuñado la frase del “bloqueo interno”.
El otro lado de la moneda, que abunda en las redes y medios hostiles, es el de ignorar o menospreciar este factor, como si no hubiese Leyes del Congreso de Estados Unidos que afectan sistemáticamente el comercio y las inversiones de terceros países con Cuba, impidiendo mejores condiciones de vida a la población y ultrajando sus derechos humanos fundamentales. Es imposible excluir de cualquier análisis serio que pretenda acercarse a la realidad de la isla este aspecto e incluso que sea un elemento empleado por el Estado cubano para sostener la restricción a ciertos derechos civiles y políticos al enfrentarse a una situación de permanente de asedio por la potencia económica y militar que está a solo 90 millas.
Si los grupos opositores usan la reivindicación a derechos civiles y políticos como una estrategia para derrocar el sistema socialista con una abierta injerencia de potencias extranjeras, el Estado cubano tendría el legítimo derecho de salvaguardarlo con la aplicación firme de su régimen legal. Ahora bien, también se esperaría que el actuar de las autoridades deba ceñirse de forma estricta por la constitución y las leyes, y sean sancionados aquellas conductas que se practiquen al margen de estas. Cuando las instancias gubernamentales operan sin la observancia de la ley, como ha sucedido en casos de detenciones arbitrarias de opositores o se descalifica sin fundamento a activista e intelectuales críticos, su actuación y fines terminan por deslegitimarse. Contrario a lo esperado, su efecto es contrarrevolucionario, ya que alimentan la causa de las oposiciones y de adversarios externos para desmantelar el régimen político por no ser capaz de respetar ni su propia legalidad. Asimismo, presentan ante el mundo a las figuras de la oposición como las víctimas de la “tiranía de los Castros» y no como grupos aislados sin respaldo popular que conspiran con las agencias de Washington para dar al traste con el modelo socialista.
En momentos tan adversos como los que se viven, el Estado cubano debe actuar decididamente en varios frentes al mismo tiempo. El más urgente es la sobrevivencia económica de la población, agravada con un rebrote de la pandemia y la recesión del turismo, motor de la economía nacional. A esto se suma el endurecimiento del bloqueo desde la administración Trump, mantenido intacto hasta hoy por su sucesor Joe Biden. Ante este escenario, el gobierno ha impulsado un paquete de medidas urgentes, aunque el saldo está por verse. Por lo pronto, subsiste una escasez considerable de productos básicos y algunas de estas medidas, como la apertura de tiendas en dólares y el ordenamiento monetario, han generado malestar popular ante el disparo de los precios.
Por otro lado, las autoridades deben tener una respuesta enérgica, pero legalmente impecable, contra actores de la oposición que aprovechan el descontento de la población para minar el proyecto social. Como en el fondo también se trata de conflictos de naturaleza política que parecen diseminarse con rapidez, también debería acometer con firme voluntad una apertura que propicie un cauce civilizado e institucional para la crítica ciudadana y de la sociedad civil, comprometida en contribuir a la resolución de los problemas públicos y que demanda una profundización de la participación popular y un ejercicio más amplios de derechos y vías para su protección legal. Todo ello debe encararse bajo los horizontes y límites que marca la nueva Constitución y el estado socialista de derecho.
Sin embargo, los ensayos de diálogos que se dieron a partir del 27 N con diversos sectores, incluido actores de la oposición – algo totalmente inédito – no fructificaron. Tampoco el 8vo Congreso del Partido Comunista dio muchas señales al respecto. Sin dudas, se trata de un escenario altamente complejo, que ocurre en medio de un recambio en el liderazgo histórico de la Revolución, pero que la nueva dirección del país debe avanzar no solo desde una actitud defensiva y como si se tratara solo de perfeccionar los métodos de comunicación ante la manipulación mediática. Hoy el Estado debe poder canalizar demandas ciudadanas de fondo como la violencia de género; las formas de discriminación racial y de orientación sexual; causas ambientalistas; el aumento de las desigualdades y regresiones en derechos sociales; una prensa poco plural y crítica y una falta de transparencia y de acceso a la información en la toma de decisiones.
Más allá del rol que debe jugar el Estado, sería deseable que la comentocracia de las redes sociales, los espacios digitales alternativos y los medios y organismos internacionales, a la hora de analizar los temas de derechos humanos en Cuba consideren la brecha histórica y el trato discriminatorio que ha prevalecido entre derechos civiles y políticos y sociales, que ha tenido un impacto particular en países como el nuestro con una clara vocación de justicia social y que no comparte los cánones de la ideología liberal. Es cierto que no se trata de un asunto de buenos deseos sino de propiciar cambios en la correlación de fuerzas a nivel geopolítico orientados a promover una cultura de derechos sin dobles estándares y alterna a la lógica capitalista; por esencia contraria a la satisfacción plena de los derechos. De cualquier manera, dejamos a la mesa la invitación de ponderar con mayor justeza el caso cubano cuando se trata de derechos humanos.
Notas:
2 https://www.trotta.es/libros/los-derechos-sociales-y-sus-garantias/9788481648942/
3 Declaración y Programa de Acción de Viena, Aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 1993, https://www.ohchr.org/documents/events/ohchr20/vdpa_booklet_spanish.pdf
4 Desde los considerandos del texto https://www.oas.org/es/cidh/mandato/documentos-basicos/carta-democratica-interamericana.pdf
5 CIDH, Informe Anual, Capítulo IV.B, Cuba, párr.2, https://www.oas.org/es/cidh/docs/anual/2020/capitulos/IA2020cap.4b.CU-es.pdf
6 https://www.milenio.com/politica/amlo-temas-conferencia-mananera-8-abril-2021
Edmundo del Pozo. Master en Derecho por la UNAM con trabajo e investigación en temas de políticas públicas y derechos humanos.