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La ley de empresa estatal: condición necesaria, pero no suficiente

Fuentes: IPS

Una relación proveniente de la lógica y las matemáticas, que viene como anillo al dedo para algunas reflexiones a propósito del actual proceso de elaboración de la esperada ley de empresas.

De mis clases de Matemática en la enseñanza media ya no recuerdo mucho.  Entre las pocas cosas que conservo hay una que traigo a colación para esta nota, por sus implicaciones que trascienden su empleo en la demostración de teoremas, donde supe de ella por primera vez:  la relación entre lo necesario y lo suficiente.

Las prioridades en materia de conducción de la economía cubana anunciadas por el gobierno para este año incluyen temas vitales de alta complejidad como el programa de estabilización macroeconómica, la continuación del proceso de descentralización de competencias a los municipios y la más que necesaria y esperada transformación de la empresa estatal.

Vale recordar las 480 empresas  con pérdidas el año pasado,  los llamamientos a estremecerla y la adopción de medidas que no han dado los frutos esperados, y los cuestionamientos acerca de su funcionamiento en una economía donde es actor principal.

Este año, en particular, se espera que pueda presentarse a la Asamblea Nacional el anteproyecto de ley de empresa estatal. Recientemente se divulgaron informaciones acerca de la marcha del proceso de elaboración, que cuenta con el concurso de académicos de diversas ramas del conocimiento, entidades gubernamentales, así como la participación de empresarios.

Se cuenta con la opinión de 646 empresarios estatales encuestados, todo lo cual, al decir de las autoridades responsables, ha permitido arribar a consensos iniciales acerca de su contenido, proceso que  continuará con consultas a lo largo del país para su enriquecimiento. La experiencia de otras latitudes en materia de leyes para las empresas estatales ha sido también considerada.

Antecedentes

Los anuncios acerca de una ley para la empresa estatal datan del 2015. En aquel momento, la concepción defendida por los funcionarios encargados del proceso era establecer un marco jurídico que prescribiese para 2017 «una única forma de funcionamiento de la empresa estatal». Las acciones encaminadas a hacerlo así sencillamente no funcionaron y se convirtieron en otro freno para la autonomía del sector empresarial estatal.

Esta nueva ley deberá dejar atrás ese enfoque, a partir de la existencia de una diversidad de modelos de negocios y enfoques en la gestión empresarial, y particularidades tecnológicas, económicas, culturales, de fuerzas actuantes, que diferencian los sectores de actividad y a las empresas participantes en estos sectores. Tal diversidad no puede constreñirse a una normativa que obligue a una única manera de gestionar empresas.

En cambio, según lo informado, los aspectos que formarán parte de este nuevo marco jurídico, serán temas como la gobernanza empresarial, el papel de las juntas de gobierno como representantes del dueño (el soberano) , las relaciones financieras con el Estado, los movimientos organizativos, el patrimonio, la autonomía, la tipología empresarial, entre otros asuntos y dejando atrás el enfoque precedente.

El avance hacia una ley que regule estos temas para el actor económico fundamental de nuestro modelo resulta una condición necesaria para el funcionamiento y desarrollo del sistema empresarial estatal. Sin embargo, no debe pensarse que una ley per se resulta suficiente y resolverá automáticamente los problemas de la empresa estatal.  En todo caso, esta ley debe legitimar lo más importante: la transformación de la empresa estatal y del ambiente en el que esta se desenvuelve.

Se requiere avanzar rápido

Es necesario no aplazar más  el abordaje de problemas de fondo como las restricciones presupuestarias blandas y la quiebra de empresas, así como  la toma de decisiones empresariales que se adoptan fuera de la empresa y afectan su reproducción y desarrollo, lo que supone reconocer en los hechos y delimitar claramente las funciones del Estado y de las empresas.

Se trata también de diferenciar las empresas estatales y con ellas sus relaciones con el Estado, cambiar el mecanismo de asignación de recursos, legitimar la  competencia y proceder a la eliminación de monopolios que no se justifican. Todo en un contexto donde actúa un tejido empresarial diverso, y donde también se requieren cooperación y alianzas de mutuo beneficio entre todos ellos, sin dejar de acometer, como ya se ha dicho en otros trabajos, la reestructuración organizativa y financiera de las empresas estatales y sus agrupaciones.

Y finalmente, más que una ley que abarque a todos los actores económicos,  como algunos opinan – que en la práctica sería muy engorroso y complicado de elaborar, poner en práctica e interpretar considerando toda la diversidad y peculiaridades de dichos actores económicos -, se trata de contar con marcos jurídicos específicos.

Bienvenida entonces la ley de empresas estatales y sobre todo las transformaciones que debe legitimar, de las que también  deberán formar parte aquellos cambios en legislaciones de orden inferior promulgadas por organismos y otras instituciones que contradigan o entorpezcan su implementación.

Humberto Blanco Rosales, economista cubano

Fuente: https://www.ipscuba.net/espacios/la-ley-de-empresa-estatal-condicion-necesaria-pero-no-suficiente/