“La historia es la enseñanza del porvenir: ignorar los tiempos pasados es no ser aptos para los venideros”. –Juan Montalvo (Las Catilinarias)
El presidente Daniel Noboa amenaza nuevamente con una Asamblea Constituyente. Para lograrlo expide un decreto para que el Consejo Nacional Electoral dé paso al proceso, sin considerar el dictamen que le corresponde a la Corte Constitucional, lo que ya de por si constituye una violación constitucional. Su deseo de construir un marco constitucional ajustado a sus apetencias y a las de las viejas y remozadas oligarquías se manifiesta en la avalancha de leyes inconstitucionales y en los sostenidos ataques en contra de la Corte Constitucional. Con su accionar, Noboa sintetiza el afán expresado desde hace muchos años atrás por los grupos de poder: derribar la Constitución de Montecristi. Desde que el pueblo ecuatoriano, en las urnas, el domingo 28 de septiembre del año 2008, aprobó dicha Constitución, elaborada en una gran minga democrática, empezaron los ataques. Consideran que esta carta magna es “una anomalía estructural y moral que produce desorden, distorsión e impunidad desde el corazón mismo del sistema”.
Quienes ven amenazados sus privilegios por la Constitución de Montecristi o se asumen como únicos portadores de la verdad acotada a un constitucionalismo abstracto y libresco, no descansan en combatirla. Así, en estos años han convergido diversas posiciones conservadoras desde múltiples ideologías -de neoliberales a socialistas-, opuestas a las esencias de la Constitución. Esa es una posición hasta entendible, pues hablamos de una Constitución con un enorme potencial transformador, con capacidad de hacer saltar por los aires o al menos jaquear algunos elementos de “el sistema…”, un sistema colonial, patriarcal, antropocéntrico, capitalista… siempre y cuando sea empleada como una herramienta en la lucha política.
La de Montecristi, una Constitución emancipadora
Toda Constitución sintetiza una coyuntura política, cristaliza procesos sociales acumulados y plasma una determinada forma de entender la vida. Las constituciones, en suma, responden a problemas y demandas que se plantean en distintos momentos históricos. Una constitución no es solo una norma jurídica sino el resultado de un proceso político. También entendamos que una Constitución no es una panacea, pues dependerá de su contenido y del proceso de su cristalización y de su aplicación en tanto resultado del empoderamiento de una sociedad sobre los mandatos constitucionales.
Entendamos, una Constitución no es el mero resultado de un ejercicio jurídico de avanzada, según la lógica de algunos personajes que dicen ser los entendidos en materia constitucional. Es más, sobre todo una Constitución con potencial transformador -como la de Montecristi- no será nunca el resultado del esfuerzo de un caudillo inspirado o de varios sujetos iluminados.
En Ecuador la balanza se ha inclinado casi siempre hacia constituciones elitarias, con las cuales los grupos de poder han intentado resolver sus disputas y, casi siempre, han terminado consolidando sus privilegios, así como enraizando los modelos de dominación y acumulación, sin afectar para nada las estructuras jerárquicas de la sociedad. Así constatamos en nuestra historia que las élites han tenido el derecho de elaborar las constituciones y las leyes, si asumir siquiera la obligación de obedecerlas; a eso le consideran una institucionalidad republicana. Hay, por el contrario, muy pocos procesos genuinamente constituyentes, que han desatado o al menos propuesto cuestiones con efectivo poder transformador.
La Constitución de Montecristi tiene ese potencial transformador. Más allá de su indudable trascendencia jurídica tiene una enorme relevancia al sintetizar un proyecto político de vida en común, con elementos que auguran inclusive un cambio civilizatorio. Sin embargo, dicho logro, alcanzado por el acumulado de varios procesos políticos, con un amplio y profundo debate constituyente, no aseguró el cumplimiento de muchos mandatos constitucionales porque inclusive el gobernante, que apoyó dicho proceso, pronto se transformó en uno de los primeros y principales violadores de la nueva Constitución; mientras que los grupos sociales que “escribieron” la Constitución no se empoderaron efectivamente de la misma.
La Constitución de Montecristi fue un proyecto elaborado y puesto en vigencia con el concurso activo de amplios segmentos de la sociedad, rompiendo con la larga y conflictiva tradición constitucional del Ecuador, que producía textos con escasa o inclusive ninguna participación popular. La participación ciudadana dentro y fuera de Montecristi fue una de sus más notables características. El debate favoreció una vigorosa confluencia democrática. Más allá de la labor de los y las asambleístas, fue crucial el concurso de muchas organizaciones sociales que apoyaron y propiciaron a nivel nacional una discusión abierta y plural alentada desde Montecristi, enfrentando posiciones conservadoras y retardatorias hasta desde el propio gobierno y su presidente.
En síntesis, la Constitución del 2008, la de Montecristi, en la provincia de Manabí, la única aprobada en un referéndum luego de un proceso constituyente genuino, no es una más de la larga lista de constituciones con las que, casi siempre, las élites han tratado de resolver sus conflictos o han procurado acomodar al Ecuador a los vientos de cambio provenientes del capitalismo metropolitano, con limitado espacio de participación popular. Sin desmerecer esta constatación, no se puede negar algunos avances conseguidos a lo largo del tiempo, siempre impulsados por luchas sociales, como lo es, por ejemplo, el tema de la ciudadanía, que se puede ver cómo ha ido evolucionando en los textos de cada una de las constituciones desde 1830. Otros avances importantes se destacan en la Constitución de 1906, que liberó al Estado del tutelaje de la iglesia católica; en la de 1929, que abrió el voto a la mujer; en la de 1945 que incorporó los derechos sociales; en la de 1979, que permitió el voto a las personas analfabetas… estos son algunos aportes transformadores que ayudaron a democratizar, al menos parcialmente, las instituciones políticas elitarias.
La Constitución de Montecristi avanzó mucho más y en varios ámbitos. Recogió las demandas y expectativas acumuladas en muchas y diversas jornadas de luchas populares, sintonizándose con los problemas y las demandas mundiales, muchas de ellas derivadas del colapso ecosocial global. Así, en su contenido se escribieron múltiples y potentes textos para impulsar transformaciones de fondo, como son, entre muchos otros temas, los Derechos de la Naturaleza; el Estado Plurinacional; la prohibición del latifundio y de la concentración de la tierra, así como del acaparamiento o privatización del agua y sus fuentes; la construcción de un sistema económico social y solidario; la prohibición del arbitraje internacional y la precarización laboral; el impedimento al establecimiento de bases militares extranjeras, como parte de la “cultura de la Paz”; la ampliación de los derechos de las mujeres y de las diversidades sexuales, tanto como los derechos de la migración y por supuesto los derechos colectivos; logros a ser cristalizados con procesos de permanente participación ciudadana. Todo eso, y más, explica porqué desde las oligarquías se reclama con tanta insistencia superar el texto de Montecristi, el que, por lo demás, en su mayoría, sigue siendo más una aspiración que una realidad.
Esta Constitución, en suma, es una meta que refleja los objetivos de las luchas de resistencia y de construcción de nuevas visiones de vida, pero es también una herramienta para cristalizar la sociedad prefigurada en el texto constituyente. Sin rodeos, una Constitución transformadora, como la de Montecristi, no es un instrumento para mantener el status quo. Sintetiza, en suma, una meta y una caja de herramientas para construir, en democracia, una sociedad democrática.
La Constitución en tanto herramienta de cambio
Es cierto que la Constitución de Montecristi, hasta ahora, no ha servido como la gran palanca del cambio radical por no haber sido suficientemente entendida y menos defendida por muchos actores sociales que incluso se presentan como impulsores de procesos transformadores. Y justamente en esta coyuntura, cuando las oligarquías pretenden avanzar hacia un proceso de cambio constitucional para reposicionar y asegurar sus privilegios, requerimos defender la Constitución de Montecristi, reconociendo que puede ser mejorada, incluso profundizando derechos y garantías.
Es evidente que una Constitución garantista no asegura en la práctica que las instituciones y el gobierno, ni siquiera la Corte Constitucional, sean consecuentes con los postulados constitucionales. La realidad no se escribe con una Constitución. Las personas no gozan de los derechos constitucionales solo por estar consagrados en la Constitución, ni tampoco los derechos ganan poderes especiales por el mero hecho de que éstos se encuentren escritos en el papel de una carta magna. La vigencia de la Constitución debe disputarse desde la lucha política concreta.
Si bien una Constitución no cambia la realidad, su conocimiento y vigencia contribuyen a modelarla e incluso a transformarla. Por eso, para que su cumplimiento genere confianza, cohesión social e institucionalidad se precisa una sociedad empoderada de su Constitución, que haga realidad el cumplimiento de sus derechos y garantías, y que cumpla con sus obligaciones. Y también, como parte de ese empoderamiento, se necesita que la misma sociedad vea todo aquello que necesite mejorarse y superarse. La sociedad debe disputar la vigencia y perfeccionamiento permanente de su Constitución.
Así, si el presidente Noboa logra abrir la puerta para un nuevo proceso constituyente, habrá que decirle categóricamente NO en el referéndum convocatorio; lo que implica volver a votar SI por la Constitución de Montecristi. Incluso en el caso de que se diera una nueva Asamblea Constituyente, habrá que participar activamente en ella -y fuera de ella- para defender e inclusive ampliar los derechos y las garantías, teniendo como línea de mínima los logros alcanzados hasta ahora. Y finalmente todavía habría como sostener dichos logros impulsando, de ser el caso, un rotundo NO al nuevo texto, en el referéndum aprobatorio, luego de la Asamblea Constituyente de Noboa.
En definitiva, asumamos a la Constitución de Montecristi como el horizonte de una sociedad democrática, plurinacional, igualitaria y libre, al mismo tiempo que como una herramienta de cambio radical. Y es eso mismo, el cambio radical, lo que incomoda a las oligarquías que quieren mantener sus privilegios.
Cerremos con Montalvo, el de “Los siete Tratados”: “mientras haya que hacer, nada hemos hecho”.
Economista. Presidente de la Asamblea Constituyente (2007-2008). Candidato a la Presidencia de la República por la Unidad Plurinacional de las Izquierdas (2012-2013).
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