En el debate sobre la publicidad de la prostitución se están exponiendo algunos argumentos que intentan justificarla sobre la base de la libertad individual y que pretenden avalar la licitud de este tipo de publicidad apelando a la permisividad de los poderes públicos en relación con la prostitución, como si los anuncios sólo pudieran ser […]
En el debate sobre la publicidad de la prostitución se están exponiendo algunos argumentos que intentan justificarla sobre la base de la libertad individual y que pretenden avalar la licitud de este tipo de publicidad apelando a la permisividad de los poderes públicos en relación con la prostitución, como si los anuncios sólo pudieran ser ilícitos por la actividad que publicitan y no por su contenido.
Lo primero que debería quedar claro es que los anuncios de prostitución son inaceptables por sí mismos, porque su contenido habitual lesiona la dignidad de la mujer, convirtiéndola en una mercancía. Favorecen así la reproducción cultural de la imagen de subordinación total al hombre que configura el sustrato ideológico sobre el que se asientan otras figuras delictivas. Por ese motivo, aunque detrás de ellos no existiera ninguna actividad ilícita -que no es el caso, por cierto- deberían eliminarse sin contemplación alguna.
Otra línea de defensa de este tipo de publicidad pretende fundamentarse ya directamente en la justificación de la prostitución basada en la libertad de las personas que la ejercen. Se trata de una confusión conceptual habitual e intencionada: se pretende diluir el problema social apelando a las actitudes concretas de personas que voluntariamente aceptan la mercantilización de su cuerpo. Sin embargo, la prostitución no es un problema individual, sino social, y como tal debe ser afrontado. No deja de lesionar la dignidad de las personas que la practican porque algunas de ellas lo hagan «libremente».
Si en algo ha progresado la conciencia jurídica de las sociedades democráticas es en la percepción de la dimensión social de la dignidad humana, que no está -por ese motivo- a disposición de las personas individualmente consideradas. De otro modo, resultaría totalmente admisible la esclavitud, por ejemplo, sobre la base del consentimiento subjetivo de quienes la sufrieran. Una sociedad democrática no puede tolerar las lesiones objetivas a la dignidad de las personas, sea cual sea la posición individual que ante ellas se adopte por quienes las padecen. Existe un quantum social de la dignidad humana, cuya defensa es obligación de quienes integran la sociedad. La libertad sólo es posible dentro de esos márgenes, porque no puede existir libertad sin dignidad.
Fuente: http://blogs.publico.es/delconsejoeditorial/721/libertad-sin-dignidad/