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Secuestro en Miami

Fuentes: Counterpunch

Después de años tratando, sin mucho éxito, que las personas conozcan la verdad acerca de los cinco jóvenes cubanos presos injustamente en Estados Unidos por combatir el terrorismo radicado en Miami, una sorpresiva luz apareció el 14 de julio. Llegó en un despacho de noticias de la AP desde Ginebra y, paralelamente en la misma […]

Después de años tratando, sin mucho éxito, que las personas conozcan la verdad acerca de los cinco jóvenes cubanos presos injustamente en Estados Unidos por combatir el terrorismo radicado en Miami, una sorpresiva luz apareció el 14 de julio. Llegó en un despacho de noticias de la AP desde Ginebra y, paralelamente en la misma fecha, del servicio de noticias de la BBC. Un panel de Naciones Unidas ha declarado arbitraria y en violación del derecho internacional la detención y el juicio en Miami de Antonio Guerrero, Fernando González, Gerardo Hernández, Ramón Labañino y René González.

Fue una noticia importante por sus propios méritos. Nunca antes un organismo de Naciones Unidas se había pronunciado de tal forma sobre este asunto. Y ha sido poco frecuente, por decir lo menos, que tales agencias mencionen siquiera a los Cinco cubanos.

Aparentemente algunas personas se pusieron nerviosas en Washington y la gran maquinaria de mentiras se puso en acción.

De acuerdo con la historia que apareció el 20 de julio en The Miami Herald, basada en citas de un alto oficial no identificado del Departamento de Estado, la acción de Naciones Unidas fue «orquestada» por el Gobierno cubano en vez de proceder de una denuncia individual.

Los hechos son bien diferentes y se reflejan claramente en el documento de Naciones Unidas. Adriana Pérez, esposa de Gerardo, y Olga Salanueva, esposa de René, (a quienes el informe identifica como la «fuente») presentaron personalmente el tema a los funcionarios de Naciones Unidas en Ginebra a principios de la primavera del 2004. Naciones Unidas trasmitió esa denuncia al Gobierno de Estados Unidos (su primera comunicación está fechada el 8 de abril de 2004) y después se comunicó en varias ocasiones con las dos partes, formulando también sus propias preguntas.

En otras palabras, hubo un Gobierno involucrado en el proceso, solamente un Gobierno. Y casualmente resulta ser el de Estados Unidos. Esto está reconocido correcta y adecuadamente por el panel de Naciones Unidas en su informe.

En el párrafo 2: «El Grupo de Trabajo envía su agradecimiento al Gobierno por haber remitido la información requerida a tiempo.»

En el párrafo 4: «El Grupo de Trabajo recibe con beneplácito la cooperación del Gobierno.»

En el párrafo 5: «El Grupo de Trabajo consideró este caso … y decidió … solicitar información adicional. El mismo ha recibido respuestas tanto del Gobierno como de la fuente».

Y en el párrafo 24: «El Grupo de Trabajo decidió en su sesión 40 dirigirse al Gobierno de Estados Unidos y a los demandantes sobre tres temas que facilitarían el trabajo del Grupo: … El Grupo de Trabajo ha recibido información tanto del Gobierno como de la fuente sobre estos temas.»

Fue sobre la base de estos intercambios y de sus propias consideraciones en un proceso que demoró más de un año, que el panel de Naciones Unidas manifestó en su decisión final, adoptada el 27 de mayo del 2005:

«Después del arresto… fueron mantenidos en confinamiento solitario durante 17 meses, durante los cuales la comunicación con sus abogados y el acceso a la evidencia y, con ello, las posibilidades de una defensa adecuada se vieron debilitadas.»

«El Gobierno no ha refutado el hecho de que los abogados de la defensa tuvieron un acceso muy limitado a la evidencia… lo que afectó negativamente su capacidad para presentar evidencia contraria.»

«El Gobierno no ha negado que… el clima de predisposición y prejuicio contra los acusados en Miami persistió y contribuyó a presentar a los acusados como culpables desde el principio. No fue impugnado por el Gobierno el hecho de que un año más tarde el mismo admitió que Miami no era el lugar adecuado para celebrar un juicio donde estaba probado que era casi imposible seleccionar un jurado imparcial en un caso vinculado con Cuba.»

Sobre esta base «el Grupo de Trabajo concluye que los tres elementos enunciados arriba, en conjunto, son de tal gravedad que confieren a la privación de libertad de estas cinco personas un carácter arbitrario», declara que «la privación de libertad de los señores Antonio Guerrero Rodríguez, Sr. Fernando González Llort, Sr. Gerardo Hernández Nordelo, Sr. Ramón Labañino Salazar y Sr. René González Sehwerert es arbitraria, está en contravención del artículo 14 de la Convención internacional de derechos civiles y políticos». Y en consecuencia «el Grupo de Trabajo solicita al Gobierno que adopte las medidas necesarias para remediar esta situación».

Los miembros del panel de Naciones Unidas cumplen su deber en estricta capacidad personal y no representan a ningún Gobierno. Los cinco miembros son: Sra. Manuela Carmena Castrillo (España), Sra. Leïla Zerrougui (Argelia), Sra. Soledad Villagra (Paraguay), Sr. Tamás Ban (Hungría), y el Sr. Seyed Mohammad Hashemi (Irán). No hay ningún cubano involucrado en ese Grupo ni en la Secretaría de Derechos Humanos de Naciones Unidas.

Estados Unidos debe responder la solicitud específica que ha recibido desde Mayo. Está moralmente obligado a «adoptar las medidas necesarias para remediar esta situación» en vez de pretender ignorar al Grupo de Trabajo de Naciones Unidas y calumniarlo. La privación de libertad de cualquier ser humano, cuando es arbitraria y contraria a la ley, es equivalente al secuestro. En este caso los secuestradores son las autoridades de Estados Unidos. Y sus víctimas han estado detenidas bajo tales condiciones por casi siete años. Ha llegado el momento de liberar a los Cinco.