Recomiendo:
0

Comunicado sobre las acusaciones a Venezuela y Ecuador de relaciones con las FARC, basadas en las supuestas computadoras de Raúl Reyes

12 puntos que desmontan una mentira

Fuentes: Rebelión

Ante la persistencia del gobierno Colombiano y los medios de comunicación internacionales de acusar a Venezuela y Ecuador de mantener vínculos con la organización guerrillera Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Ejército del Pueblo (FARC-EP) basándose únicamente en una supuesta incautación de materiales informáticos, el Colectivo Conocimiento Libre para el Socialismo (CoLibríS), realiza las siguientes […]

Ante la persistencia del gobierno Colombiano y los medios de comunicación internacionales de acusar a Venezuela y Ecuador de mantener vínculos con la organización guerrillera Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Ejército del Pueblo (FARC-EP) basándose únicamente en una supuesta incautación de materiales informáticos, el Colectivo Conocimiento Libre para el Socialismo (CoLibríS), realiza las siguientes precisiones, luego de analizar el informe de la Interpol que dieran a conocer el pasado 15 de mayo de 2008 en rueda de prensa.

Este análisis fue llevado a cabo por una comisión multidiscplinar del colectivo CoLibríS conformada por especialistas en seguridad informática, expertos jurídicos, expertos en relaciones internacionales y periodistas.

De este análisis se concluyeron doce puntos que exponemos a continuación:

1.- Posibles violaciones al derecho internacional y la Convención de Ginebra.

 Entre las circunstancias en las que presuntamente se obtuvieron los elementos informáticos aparecen hechos que necesitan ser investigados: violación del espacio aéreo ecuatoriano, violación territorial, violación a los derechos humanos de los prisioneros y ejecución de heridos y prisioneros de manera extrajudicial. Debe de investigarse, por tanto, las posibles violaciones al derecho internacional y la Convención de Ginebra.

El hecho de que existan estos delitos invalida por completo cualquier tipo de afirmación basada en unas supuestas evidencias incautadas, ya que, una acción delictiva no puede promover pruebas valederas para la acusación de otro hecho.

2.- El ejército colombiano no puede decomisar fuera de su jurisdicción.

No sería válido el término decomisar ya que éste sólo es válido cuando la acción es bajo propia jurisdicción, por tanto,el ejército colombiano no puede realizar decomisos fuera de su jurisdicción.

3.- Debe demostrarse la veracidad de las acusaciones.

Si, efectivamente, los elementos informáticos eran de Raúl Reyes, o de las FARC, y los documentos que presuntamente acusan a Venezuela y Ecuador estuvieran en las computadoras, estos por sí solos no prueban nada. Debe demostrarse adicionalmente la veracidad de las acusaciones, principio básico y elemental de la justicia en cualquier estado de derecho.

4.- El informe no prueba la autoría de los documentos.

Si los elementos informáticos eran de Raúl Reyes, o de las FARC, y estaban el 1 de marzo en el campamento de las FARC, habría que comprobar que esos documentos los escribió él. Dichos documentos no poseen firma electrónica registrada y, tal como afirma el propio informe de la Interpol, el estudio realizado no prueba la autoría de los documentos.

La página 7 del informe dice: «La precisión y el origen de los archivos de usuario contenidos en dichas pruebas quedan y han quedado siempre fuera del alcance del análisis informático forense de INTERPOL.»

Si las computadoras y discos fueran de Raúl Reyes, o de las FARC, y estaban el primero de marzo en dicho campamento de las FARC, habría que comprobar que esos documentos los escribió él. Ya que dichos documentos no poseen firma electrónica alguna que pudiera demostralo, y tal como lo afirma el informe en su contenido el estudio realizado no prueba la autoría de los documentos.

5.- El informe no prueba si los elementos de almacenamiento electrónico eran de Raúl Reyes, o de las FARC, o si estaban el 1 de marzo en el campamento del hecho.

En la rueda de prensa de presentación del informe el Secretario General Ronald Noble asegura que los elementos informáticos pertenecían a las FARC: «Estamos completamente seguros de que las evidencias computacionales que examinaron nuestros expertos vinieron de un campamento de las FARC, así que le pertenecían a la organización FARC y a sus miembros».

Sin embargo, como hemos visto en el punto 4, el informe asegura que » el origen de los archivos de usuario contenidos en dichas pruebas quedan y han quedado siempre fuera del alcance del análisis informático forense de INTERPOL.»

El presidente de Ecuador, Rafael Correa Delgado, asegura que dichas computadoras estaban en poder del ejército colombiano antes del 1 de marzo: «Nosotros tenemos información de que esas computadoras no estaban en el campamento, sino que habían caído en poder de la Inteligencia colombiana mucho antes’, señaló Correa en su programa semanal de radio, transmitido este sábado desde Lima.» (Prensa Web RNV/TeleSur, 17 Mayo 2008, 04:24 PM)

En la página 11 del informe, sin ninguna prueba y con un grave error que le resta credibilidad, se afirma lo siguiente:

«Las ocho pruebas instrumentales de carácter informático decomisadas a las FARC eran propiedad de Raúl Reyes, nombre de guerra de Luis Edgar Devia Silva, que pertenecía al grupo de siete miembros que constituye la Secretaría de las FARC y era el responsable de las negociaciones y el portavoz de dicha organización. Reyes y Guillermo Enrique Torres, alias Julián Conrado,(*) comandante de las FARC, murieron durante la operación. Las FARC han sido declaradas organización terrorista por Colombia, otros gobiernos e INTERPOL. »

El mismo ejército colombiano reconoció, antes de la presentación de este informe, que habían confundido el cadáver de un ciudadano ecuatoriano con Guillermo Enrique Torres, alias Julián Conrado. Parece que la Interpol ni siquiera comprobó que el otro cadáver no correspondía a Julián Conrado. Un descuido de gravedad para un informe que debe ser sumamente riguroso por las implicaciones que acarrea.

6. No se sigue el protocolo internacional que admitiría un tribunal.

 

En el propio informe se asegura, en diversos puntos, y en la conclusión 2b, que entre el 1 y el 3 de marzo hubo irregularidades y no se siguió el protocolo internacional que admitiría un tribunal:

«Conclusión no 2b: Entre el 1 de marzo de 2008, fecha en que las autoridades colombianas incautaron a las FARC las ocho pruebas instrumentales de carácter informático, y el 3 de marzo de 2008 a las 11.45 horas, momento en que dichas pruebas fueron entregadas al Grupo Investigativo de Delitos Informáticos de la Dirección de Investigación Criminal (DIJIN) de Colombia, el acceso a los datos contenidos en las citadas pruebas no se ajustó a los principios reconocidos internacionalmente para el tratamiento de pruebas electrónicas por parte de los organismos encargados de la aplicación de la ley. » (Pag. 8, Párr. 5)

Incluso en otro punto se pone en duda que un tribunal lo admita:

«77. Cuando los funcionarios de los organismos encargados de la aplicación de la ley acceden directamente a las pruebas electrónicas decomisadas sin hacer en primer lugar una copia imagen de los datos, el acceso a las pruebas y su visualización quedan registrados. El acceso directo puede complicar en gran medida el proceso de validación de las pruebas para presentarlas ante los tribunales, porque en este caso los funcionarios de las fuerzas del orden deben demostrar o probar que el acceso directo que efectuaron no afectó materialmente a la finalidad de las pruebas.» (Pág. 31, Apdo. 77)

En ningún apartado de este informe, se hace alusión a qué procedimientos llevó adelante el Departamento Administrativo de Seguridad de Colombia, DAS, entre el 3 de marzo a las 11:45 y el día 10 de marzo, en que las supuestas pruebas fueron entregadas a la Interpol. Las pruebas fueron obtenidas ilegalmente y sin respetar la debida cadena de custodia y, por tanto, no serían válidas ante ningún tribunal.

7.- Los alcances del informe elaborado por la Interpol no incluía el análisis del contenido de los documentos.

El informe, por tanto, no valida las acusaciones de los vínculos de Venezuela y Ecuador con las FARC:

Según se afirmó en la rueda de prensa se pudieron comprobar la existencia de 59 documentos, pero en el informe no se indica qué documentos fueron, por lo tanto, se puede presumir que ninguno de ellos pudieran ser incriminatorios.

El alcance está expresado en el propio documento:

«El alcance del análisis forense de carácter informático de INTERPOL se limitaba a: a) establecer los datos reales que contenían las ocho pruebas instrumentales de carácter informático decomisadas a las FARC, b) comprobar si los archivos de usuario habían sido modificados de algún modo el día 1 de marzo de 2008 o en fechas posteriores, y c) determinar si las autoridades de los organismos encargados de la aplicación de la ley colombianos habían manejado y analizado las citadas pruebas de conformidad con los principios reconocidos internacionalmente para el tratamiento de pruebas electrónicas por parte de las fuerzas del orden. »

«El cometido de la unidad de gestión de crisis y de la subsiguiente asistencia de INTERPOL a la investigación de Colombia no incluía el análisis del contenido de los documentos, archivos o cualquier otro material encontrado en las ochos pruebas instrumentales de carácter informático decomisadas a las FARC. La precisión y el origen de los archivos de usuario contenidos en dichas pruebas quedan y han quedado siempre fuera del alcance del análisis informático forense de INTERPOL. » (Pág. 7, Párr. 2 y 3)

 

8.- Se modificaron, crearon y borraron archivos de sistema.

El informe asegura que entre el 1º y el 3 de marzo se modificaron, crearon y borraron archivos de sistema. Indica, asimismo, que de los archivos de usuario sólo se hicieron aperturas, o sea que sólo se leyeron sin supuestamente modificar sus contenidos. Sin embargo, no indica qué archivos de sistema son los afectados y por qué, particularmente, fueron borrados algunos de ellos.

9.- Aparecen miles de documentos con fechas a futuro.

Estos documentos, según dice el mismo informe, puede que se generaran desde otras computadoras con estas fechas erróneas. Esta misma argumentación sería válida para asegurar que cualquier documento con fechas pasadas también podría haber sido modificado y transferido desde otras computadoras.

«95. La prueba no 31 contiene:

2.110 archivos cuyas fechas de creación oscilan entre el 20 de abril de 2009 y el 27 de agosto de 2009;

1.434 archivos cuyas fechas de última modificación varían entre el 5 de abril de 2009 y el 16 de octubre de 2010

96. Basándose en el análisis de las características de estos archivos, los especialistas de INTERPOL concluyeron que estos archivos habían sido creados antes del 1 de marzo de 2008 en uno o varios dispositivos con una configuración de fecha y hora del sistema incorrecta. El hecho de que estos archivos aparezcan en las pruebas no 30 y no 31 indica que o bien fueron creados cuando dichas pruebas instrumentales se encontraban conectadas a un dispositivo con una configuración de fecha y hora del sistema incorrecta, o bien se transfirieron posteriormente (después de su creación), junto con sus respectivas marcas de tiempo de 2009, a las pruebas no 30 y no 31.

97. En lo que respecta al único archivo con fecha de creación de 2009 que contiene la prueba no 28, los especialistas de INTERPOL llegaron a la conclusión de que este archivo había sido primero creado y después transferido a la prueba no 28, y que su fecha de creación se había transferido con él.

98. Basándose en todo lo anterior, los especialistas de INTERPOL llegaron a la conclusión de que las autoridades colombianas no deberían tener en cuenta la fecha futura marcada en los archivos de las tres pruebas citadas (28, 30 y 31). » (Pág. 34, Apdos. 95 al 98)

10.- El informe técnicamente está incompleto.

En el informe falta información fundamental para una análisis técnico como las fechas y horas del reloj interno.

Se menciona que se desencriptaron documentos, pero no da detalles de cómo y qué desencriptaron, información imprescindible a la hora de rebatir o confirmar los procedimientos por parte de otros técnicos.

En el pie de la página 27 se afirma que los computadores utilizan sistemas operativos de Microsoft, pero no se indica cuál ni la versión (DOS, Windows). Si esto fuera así, los computadores tendrían sistemas de ficheros NTFS o FAT 32, lo que permitiría modificaciones a bajo nivel de los archivos sin dejar rastro en el registro de sistema.

11. Los funcionarios lno tenían la suficiente preparación técnica para hacer análisis de informática forense

 

El propio informe afirma que los funcionarios de los organismos encargados del análisis no tenían la suficiente preparación técnica para hacer estos análisis de informática forense. e incluso emite recomendaciones en este sentido para casos futuros, con lo cual se pone en clara evidencia la poca

fiabilidad del informe:

«Por último, la unidad de gestión de crisis CompFor de INTERPOL ha descubierto varios problemas con respecto a la ejecución de los análisis informáticos forenses internacionales y al manejo de las pruebas electrónicas por parte de los funcionarios de los organismos encargados de la aplicación de la ley, especialmente de aquellos que intervienen los primeros en el lugar de los hechos.»

12.- No existe neutralidad por parte de la interpol.

Interpol, si fuera imparcial, nunca hubiera atribuido, sin ninguna prueba y sin ser parte del alcance de la investigación, la propiedad de los elementos informáticos directamente a las Farc.

Interpol califica de terroristas a las FARC, en la presentación del informe, sin embargo, la calificación de terrorista a las FARC ha sido adoptada solamente por Estados Unidos, Colombia, Perú, la Unión Europea e Israel (31 países), 17% del total de miembros de la Interpol. Calificarlas de terroristas los posiciona en una de las partes del conflicto y perder la neutralidad necesaria para emitir un informe con implicaciones políticas.

Por otra parte, hay que recordar el pasado de interpol, que tuvo la oposición de los países socialistas para ser admitida por la ONU como organismo internacional hasta 1971 por su falta de neutralidad política y su pasado vinculado al gobierno NAZI.

De sus 30 presidentes 6 tenían vínculos o pertenecían a gobiernos de ideología NAZI. Reinhard Heydrich, que fue número dos de las SS, conocido como El «Carnicero de Praga» fue presidente de la Interpol. Fue responsable de la muerte de 760 mil checoeslovacos. En la propia página web de la Interpol, en la sección de historia, y sin ningún pudor, se presenta la fotografía del presidente Reinhard Heydrich uniformado.

Concluimos

Por todo lo expuesto, desde el Colectivo Conocimiento Libre para el Socialismo, CoLibris, podemos asegurar, basándonos en el análisis de este informe, que no existen argumentos serios para emitir las graves acusaciones que tratan de vincular a los gobiernos de Ecuador y Venezuela con las FARC y pedimos, a las autoridades competentes, a la opinión pública y a los medios de comunicación, que dejen de hacer acusaciones irresponsables que pudieran poner en peligro la estabilidad de la región.