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Reflexiones sobre el Secuestro y el Acuerdo de la Jurisdicción Especial de Paz en Colombia

Fuentes: Rebelión

El pasado 23 de septiembre el país y el mundo entero saludó con esperanza el Acuerdo entre las FARC y el Presidente de la República de Colombia en torno a la Justicia transicional con la que se habría de juzgar a los diferentes actores del conflicto. Un documento inicial de diez puntos, suscrito por las […]

El pasado 23 de septiembre el país y el mundo entero saludó con esperanza el Acuerdo entre las FARC y el Presidente de la República de Colombia en torno a la Justicia transicional con la que se habría de juzgar a los diferentes actores del conflicto. Un documento inicial de diez puntos, suscrito por las partes, resumía las líneas esenciales de lo pactado, no obstante había otro más extenso con 75 puntos que se supone desarrollaba detalladamente el contenido del Acuerdo.

Pero pasados unos días «explotó» una diferencia entre el jefe negociador del gobierno, Humberto de la Calle, y el de las FARC, Iván Márquez. El dirigente guerrillero afirma que el gobierno ha faltado a su palabra al no ratificar los 75 puntos y de la Calle sostiene que siempre se dijo que el extenso documento estaba en discusión y que quien falta a la palabra es la guerrilla.i

«»Hubo un Acuerdo plasmado en diez puntos, pero respecto del documento largo, jamás se aceptó que se trataba de un convenio cerrado e inmodificable«, aseguró el funcionario del gobierno de Juan Manuel Santos desde La Habana ante periodistas, en el cierre de un nuevo ciclo del diálogo de paz.

«La paz no se construye con palabras que se lleva el viento ni con promesas que nunca se cumplen», aseveró el negociador de las FARC.ii» Para mayor claridad éste pidió que se publicaran la totalidad de los acuerdos.iii

«Sin embargo, según De La Calle «hay interpretaciones del abogado de las FARC sobre las características de la restricción de la libertad que son inaceptables y que están por debajo de los mínimos que exige la comunidad nacional e internacional», apuntó. «No creemos que haya formas de secuestro que puedan ser objeto de amnistía», remarcó.»iv

De lo anteriormente resumido podrían desprenderse algunas reflexiones.

1.- El Acuerdo y el principio de coherencia. El gobierno colombiano va en contra de la lógica jurídica más elemental. No puede sostener que aprobó las líneas generales del acuerdo (los diez puntos expresados el 23 de septiembre) y que los otros 75 quedaban en discusión. De haber sido así lo tuvo que haber dicho en el mismo texto de los diez puntos. Nadie hace semejante «show» internacional sin tener un conjunto de pautas definidas más allá de lo genéricamente expuesto en los diez puntos. Pero, peor queda, al negarse a publicar los 75 puntos…

2.- El secuestro y la legislación aplicable. Uno de los tantos temas divergentes es lo referido al secuestro. Dice Humberto de la Calle que «secuestro es secuestro» y que por lo tanto ninguna de sus formas son amnistiables. Al respecto debemos remitirnos a la legislación aplicable que tipifica tal conducta, particularmente al «Estatuto de Roma» (ER: texto articulado que rige la Corte Penal Internacional -CPI-) y a la «Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas», ambos ratificados por Colombia. En ambos textos el secuestro se encuadra dentro de la «desaparición forzada» y el ER lo clasifica como un «crimen de lesa humanidad».

El art. 7.2.i del ER reza:

«Por «desaparición forzada de personas» se entenderá la aprehensión, la detención o el secuestro de personas [negrilla del autor] por un Estado o una organización política, o con su autorización, apoyo o aquiescencia, seguido de la negativa a admitir tal privación de libertad o dar información sobre la suerte o el paradero de esas personas, con la intención de dejarlas fuera del amparo de la ley por un período prolongado.»v

El art. 2 de la «Convención Internacional contra la desaparición forzada», dice:

«A los efectos de la presente Convención, se entenderá por «desaparición forzada» el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.»

Como puede concluirse el enunciado es prácticamente igual en las dos normas. La pérdida de la libertad debe ir acompañada «de la negativa a admitir tal privación de libertad o dar información sobre la suerte o el paradero de esas personas» (ER) o lo que es lo mismo «seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida» (Convención Internacional contra la desaparición forzada».

Por la misma esencia de la lucha insurgente, en la que la publicidad es un vehículo para su acción política, la guerrilla reconoce de inmediato la autoría de sus secuestros o retenciones, por lo tanto no se cumple la condición para catalogarlos como «crimen de lesa humanidad». En cuanto a los prisioneros de guerra el «III Convenio de Ginebra relativo al trato debido a los prisioneros de guerra de1949» establece las normas para su definición, trato, etc.; es un asunto muy espinoso, pues reclamos de parte y parte hay como para llenar enciclopedias. 3.- A título de conclusión. Las élites colombianas han venido dando bandazos en cuanto a la negociación del conflicto y en las implicaciones internacionales que de éste se derivan. a.- El rechazo a un cese bilateral no lo entendió nadie. El sentido común indica que el resultado ideal de unas conversaciones es el cese de hostilidades, así sea transitorio: el ahorro de vidas, de lesiones personales, de recursos. No. Al argumentar que durante el cese al fuego la guerrilla saldría fortalecida se reconocía que ella estaba ganando la guerra o por lo menos que su capacidad de recuperación respecto a las fuerzas gubernamentales era superior, entonces si el acoso gubernamental era tan intenso y certero, ¿para qué negociar? b.- El trato a la crisis de los deportados en la frontera venezolana fue torpe e irresponsable. Un silencio cómplice respecto a los delincuentes y paramilitares que sembraban zozobra en el país vecino. Luego, una oleada de «quejas y denuncias» ante la ONU y la Corte Penal Internacional, supuestamente a interponer por el alcalde de Cúcuta, el Fiscal General, el Procurador General de la Nación: mujeres, niños y ancianos en condición de irregulares «fueron víctimas de crímenes de lesa humanidad» porque atravesaron un río a pie de regreso al país de origen que los expulsó a punta de masacres y de hambre…se ve que no conocen la tragedia de los miles de migrantes africanos ahogados, tan solo este año, en el Mar Mediterráneo tratando de alcanzar el sueño europeo o los centenares de miles de ciudadanos sirios rechazados violentamente por quienes promueven la guerra en su país, la Unión Europea. Y por último, luego de no admitir la intermediación de UNASUR, el Presidente Santos la admitió de hecho al reunirse con el Presidente Maduro y dos presidentes suramericanos más, uno de ellos Presidente de UNASUR y en el país que alberga la organización regional, diálogo del que no salió siquiera un llamado de atención a la supuesta violación de los derechos humanos de los colombianos en territorio venezolano. c.- Ahora el incumplimiento de los 75 puntos. La opinión pública mundial se pronunció favorablemente: la ONU, la CPI, los EEUU, el Papa…¿Qué pensaran de este cambio de criterio del gobierno colombiano? d.- Y para rematar la inclusión tácita del ex presidente Álvaro Uribe en la negociación, enemigo acérrimo de ella. La revista Semana en su última edición (No. 1745 vi ), publicación ésta afín al régimen, en la portada coloca una foto de Uribe de toda la página, con el título «¿PAZ SIN URIBE?» y un subtítulo: «El apoyo del expresidente al proceso de La Habana es muy importante. Pero con los errores que se están cometiendo de lado y lado no se ve probable» vii .

Para mayor abundamiento, en un artículo interior titulado «¿De qué acusa la Fiscalía a Álvaro Uribe y qué le puede pasar?»viii, se refiere a que la Fiscalía General remitió copias a la Corte Suprema de Justicia para que se investigara al entonces Gobernador del Departamento de Antioquia (ente territorial de más de 63.000 km2, con una población de unos 6,5 millones de habitantes cuya capital es Medellín) por su participación en la horrorosa Masacre del Aro, en el artículo la revista le lava la cara a Uribe. Lo del Aro no es cualquier cosa:

«El 22 de octubre de 1997 un grupo de paramilitares irrumpió en El Aro, un humilde caserío de Ituango en el norte de Antioquia. Según se supo años después, la idea era «borrar el pueblo» que por su ubicación geográfica en el corredor del Nudo del Paramillo, era una zona estratégica para la guerrilla. Cerca de 150 miembros de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá llegaron al lugar y durante cuatro días torturaron y asesinaron a 15 personas, quemaron la mayoría de las viviendas, se robaron más de 1.000 reses y obligaron a desplazarse a los que quedaron vivos. Por esos hechos la Corte Interamericana condenó al Estado colombiano en 2006.»ix

El solo texto de la portada le da la razón a Uribe y deja sin legitimidad todo lo logrado en La Habana, en resumen, las élites se están quitando de lo acordado el 23 de septiembre. Por algo no quieren publicar los 75 puntos.

Claro que el artículo sobre la Fiscalía es una «joya». Sintetiza en tres las pruebas en contra de Uribe. La primera, el testimonio de un paramilitar que participó en la masacre y estando preso acusó a Uribe y a otros más de planear el genocidio en una reunión en la que estuvo presente, Francisco Villalba, éste luego se retractó, recuperó prontamente su libertad luego de una condena de 33 años y como era «lógico» fue asesinado. La segunda, la declaración de una de las víctimas sobrevivientes de la masacre quien sostiene que vio un helicóptero de la Gobernación sobrevolando durante los hechos. La tercera, las palabras del líder paramilitar Diego Fernando Murillo (alias Don Berna), hoy preso en Estados Unidos, en las que expresa que fue contratado en la cárcel para asesinar a Francisco Villalba, de hecho sus recientes revelaciones fueron el detonante para que la Fiscalía actuara.

Veamos cómo analiza Semana el tema. De las acusaciones de Villalba no queda nada, por sospechosa que sea su muerte, aunque las califica como que «De todas las acusaciones esa sin duda es la más inverosímil.»

De las declaraciones de la testigo sobre el vuelo del helicóptero de la Gobernación las ve como que «Las versiones como la del helicóptero amarillo de la Gobernación sobrevolando la zona de la masacre, hasta ahora no han convencido. Nadie en su sano juicio pondría en evidencia la participación del gobierno departamental en un delito tan monstruoso y en una forma tan burda.» Es decir, la testigo está loca, «no está en su sano juicio».

Y de las palabras de Don Berna dice que «El problema es que si se tiene en cuenta que Uribe extraditó a Don Berna por seguir delinquiendo desde la cárcel y que por eso ahora está tras las rejas en Estados Unidos, su versión no puede ser ni desinteresada ni neutral. Como se refiere a hechos que sucedieron hace años lo lógico hubiera sido que los contara cuando se sometió al proceso de justicia y paz de los paramilitares en el cual se obtenían beneficios a cambio de la verdad.» (Para mayor información escuchar las palabras de Don Berna en http://colombianos-en-el-exilio.webnode.es/news/declaraciones-de-don-berna-acusando-a-alvaro-uribe/).

Luego de tan «juiciosos» análisis sobre las pruebas contra Uribe, dictan sentencia:

«Al expresidente de todas maneras no le va a pasar nada. Puede que le abran una investigación, pero esta no desembocará en nada. Ni jurídica ni políticamente sería viable acusarlo de responsabilidad en delitos así de graves. Si hubiera pruebas sólidas no habría podido llegar a la Presidencia ni habría durado ocho años en el poder. Su vida ha sido investigada una y otra vez por periodistas, ONG, la Justicia, el gobierno de Estados Unidos, etcétera, y a pesar de todos los cuentos [negrilla del autor], nadie ha podido probar algo suficientemente sólido como para descarrilar su carrera.»

El «poli bueno» amigo de la paz, Juan Manuel Santos, y el «poli malo» enemigo de la paz, Álvaro Uribe, se quitan las máscaras y hacen causa común. La lucha por el poder nos muestra a todos como somos…

Notas

i http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2015/10/08/gobierno-colombiano-y-farc-exhiben-diferencias-sobre-acuerdo-de-paz-2279.html

ii http://www.infobae.com/2015/10/08/1761120-fuertes-diferencias-el-gobierno-juan-manuel-santos-y-las-farc-el-acuerdo-paz

iii http://www.telesurtv.net/news/Ivan-Marquez-acuerdo-de-justicia-no-incluye-inmunidad-especial-20151003-0005.html

iv Idem cita 2.

v www.un.org/spanish/law/icc/statute/spanish/rome_statute(s).pdf

vi www.semana.com

vii http://www.semana.com/nacion/articulo/dialogos-una-paz-sin-uribe-es-posible/445628-3

viii http://www.semana.com/nacion/articulo/por-que-alvaro-uribe-seria-investigado-por-paramilitarismo/445624-3

ix Idem cita 8.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.