Las organizaciones abajo firmantes, manifestamos nuestro respaldo y solidaridad a la Comunidad de Paz de San José de Apartadó y expresamos nuestra preocupación por los continuos señalamientos en su contra y las acciones en contra de sus líderes, como es el caso de la orden de arresto de su representante legal GERMÁN GRACIANO POSSO. De […]
Las organizaciones abajo firmantes, manifestamos nuestro respaldo y solidaridad a la Comunidad de Paz de San José de Apartadó y expresamos nuestra preocupación por los continuos señalamientos en su contra y las acciones en contra de sus líderes, como es el caso de la orden de arresto de su representante legal GERMÁN GRACIANO POSSO. De igual manera, hacemos un llamado respetuoso a la Corte Constitucional para que seleccione para su revisión la Tutela T 7092205 que ha dado origen a este preocupante hecho.
Como es de público conocimiento, la Décima Séptima Brigada del Ejército Nacional, a través de su comandante Carlos Alberto Padilla Cepeda, interpuso una Acción de Tutela contra la Comunidad de Paz de San José de Apartadó alegando que ésta estaba violando los derechos fundamentales a la honra, el buen nombre y la intimidad de dicha Brigada. La Tutela fue fallada a favor de los accionantes por el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal con sede en Apartadó el 28 de septiembre de 2018.
Ante la negativa de la Comunidad a retractarse de las denuncias, la Brigada 17 presentó una acción de desacato que fue fallado el pasado 30 de noviembre ordenando el arresto de Germán Graciano Posso, representante legal de la comunidad, y determinó que fuera trasladado a las instalaciones de la Estación de Policía del corregimiento de San José de Apartadó, pese a que en varias ocasiones la Comunidad ha hecho denuncias públicas de la connivencia de esta estación con estructuras paramilitares que operan en la región.
La Comunidad de Paz de San José de Apartadó desde su conformación ha sufrido los ataques, persecución y violación de sus derechos humanos por parte de todos los actores del conflicto, incluyendo la Fuerza Pública, situación que ha denunciado reiteradamente y por la cual cuenta con medidas provisionales por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Pese a sus denuncias y constancias históricas ya suma 307 asesinatos de sus integrantes y más de 965 agresiones en su contra.
Esta situación fue puesta en conocimiento del señor Michel Forst, Relator especial de la ONU sobre la situación de los defensores de derechos humanos, el pasado 26 de noviembre. Forst, quien ha calificado la situación del país como «dramática», dijo el pasado 4 de diciembre que: «Estoy sumamente preocupado por el posible arresto de Germán Graciano, Representante legal de la Comunidad de Paz de san José de Apartadó. Estuve en esta comunidad hace unos pocos días, durante mi visita oficial a Colombia. Estaré dando seguimiento a esta situación». Ante las denuncias de connivencia de la Fuerza Pública, particularmente de la Brigada 17 del ejército, con estructuras paramilitares en la región, la Comunidad de Paz ha recibido órdenes de protección por parte de la Corte Constitucional (T-1025 de 2007 y autos 164/12, 693/17 y el del 7 de septiembre de 2018).
Por tal razón es absolutamente reprochable que ante dichas denuncias la respuesta sea la persecución penal y el señalamiento a sus pobladores y líderes. Es obligación de la Justicia, de la Fiscalía General de la Nación y del Ministerio Público rodear y proteger a las personas y comunidades que denuncian hechos tan graves como es el accionar del paramilitarismo.
Es inaceptable que un juez de la república acepte la tesis de que las denuncias de las comunidades impliquen un ataque al buen nombre de las instituciones y en cambio no se investiguen las conductas denunciadas. Por tal razón, la Corte Constitucional que, en concordancia con la decisión en la que ordenó brindar protección a la Comunidad de Paz, adopte todas las medidas a su alcance, incluyendo la selección de la mencionada tutela, para evitar que un caso tan importante y de tan hondas repercusiones, se pueda terminar afectando el legítimo derecho de los líderes, lideresas y defensores de derechos humanos a denunciar las conductas ilegales de servidores públicos y la connivencia de la Fuerza Pública con estructuras criminales.
Es imperativo que en el actual contexto el Estado colombiano proteja a los líderes sociales y defensores de derechos humanos brindándoles garantías para el ejercicio de su labor, que incluye las necesarias para poder denunciar las acciones ilegales de sus propios funcionarios.
Suscriben:
1. Agencia de Prensa Análisis Urbano
2. Alianza de Organizaciones Sociales y Afines
3. ANDAS Pasto
4. Asociación Campesina de Antioquia -ACA
5. Asociación de Ayuda Solidaria -ANDAS
6. Asociación de campesinos y campesinas de la Finca La Europa
7. Asociación de Familiares Detenidos Desaparecidos -ASFADDES
8. Asociación de Hermandades Agroecológicas y Mineras de Guamocó, AHERAMIGUA
9. Asociación de Presbíteras Católicas Romanas
10. Asociación de Víctimas del Nordeste Antioqueño, ASOVISNA
11. Asociación de Vivienda EMECE
12. Asociación Minga
13. Asociación Gente Emprendedora, GEMPREN
14. Asociación Regional de Víctimas del Magdalena Medio, ASORVIMM
15. CCALCP
16. Central Unitaria de Trabajadores, CUT Nariño
17. Centro de Cultura
18. Centro de Investigación y Educación Popular, CINEP
19. Cima – Fundecima
20. Colectivo de abogados José Alvear Restrepo, CAJAR
21. Colectivo por la Paz en Colombia desde México, COLPAZ
22. Colectivo Socio Jurídico Orlando Fals Borda, CSJOFB
23. Colombia Diversa
24. Comisión Colombiana de Juristas, CCJ
25. Comisión Intereclesial de Justicia y Paz
26. Comité Cívico por los Derechos Humanos del Meta
27. Comité Permanente de Derechos Humanos CPDH
28. Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos Valle del Cauca
29. Comités Oscar Romero -SICSAL
30. Congreso de los Pueblos Valle de Aburra
31. Coordinación Colombia Europa Estados Unidos, CCEEU
32. Corporación Claretiana Norman Pérez Bello
33. Corporación Compromiso
34. Corporación ConPÁZes
35. Corporación construyendo poder, democracia y Paz, PODERPAZ
36. Corporación Con-Vivamos
37. Corporación Cultural para el desarrollo Arlequín y los Juglares
38. Corporación de cristianos y cristianas por la justicia y paz
39. Corporación de Derechos Humanos Gustavo A. Marulanda
40. Corporación Jurídica Libertad, CJL
41. Corporación Jurídica Yira Castro
42. Corporación Justicia y Dignidad
43. Corporación Justicia y Dignidad Valle
44. Corporación Minga
45. Corporación para el Desarrollo Social, CORPADES
46. Corporación para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos REINICIAR
47. Corporación para la Paz y el Desarrollo Social
48. Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos, CREDHOS
49. Corporación Sembrar
50. Corporación social para la asesoría y capacitación Comunitaria, COSPACC
51. Comité Permanente de Derechos Humanos – CPDH Norte de Santander
52. Comité Permanente de Derechos Humanos – CPDH Santander
53. EQUITAS
54. Fundación de Derechos Humanos Joel Sierra
55. Fundación de derechos humanos PASOS
6. Fundación Guagua
57. Fundación Hasta Encontrarlos
58. Fundación Progresar
59. Fundación Sumapaz
60. Grupo de Víctimas de ejecuciones extrajudiciales Tejiendo Memorias
61. Grupo DESDE ADENTRO
62. Grupo Interdisciplinario por los Derechos Humanos, GIDH
63. Madres por la Vida del Valle
64. Mesa Departamental Sobre Desaparición Forzada de Antioquia, MDDF
65. Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado, MOVICE
66. Movimiento por la Defensa de los Derechos del Pueblo, MODEP
67. Mujeres Caminando por la Verdad
68. Nodo Antioquia de la Coordinación Colombia Europa – Estados Unidos
69. Plataforma Colombiana de DDHH, Democracia y Desarrollo
70. Proceso Social de Garantías de Antioquia
71. Red proyecto
72. REDEPAZ
73. Rostros & Huellas
74. Santamaría Fundación
PERSONAS:
1. Abilio Peña
2. Olga Lucia Álvarez Benjumea 21.393590 Medellín
3. Andrés Felipe Agudelo, Congreso de los Pueblos. 8.027.779
4. Luz Mery Velásquez Carmona. CC 43.015.749
5. José Alexander Castro. CC.71762138