Nadie duda de la importancia histórica de la Comisión Rettig. Sin embargo, cuando el oficialismo chileno dice que ha servido como ejemplo para todo el mundo, se equivoca. Son pocos los países cuyas Comisiones de Verdad y Reconciliación, tras una dictadura, no sólo ocultaron ante la justicia la identidad de los responsables de los crímenes […]
Se espera que sean inculpados y condenados ante la justicia los militares directamente involucrados en la brutal violación de los derechos humanos en Chile, a pesar de la poca voluntad que han mostrado algunas autoridades. Sin embargo, los encubrimientos no han cesado y hace falta destaparlos, sin más demoras, para proteger los derechos y la dignidad de los que sufrieron la dictadura. El presente artículo tiene ese objetivo y se basa, en parte, en la documentación que integra un expediente judicial específico. Abierto aquel expediente durante unos pocos meses para pasar nuevamente al secreto sumarial. Esos testimonios y otros documentos serán publicados oportunamente en «Clarín».
Nadie duda de la importancia histórica de la Comisión Rettig. Sin embargo, cuando el oficialismo chileno dice que ha servido como ejemplo para todo el mundo, se equivoca. Son pocos los países cuyas Comisiones de Verdad y Reconciliación, tras una dictadura, no sólo ocultaron ante la justicia la identidad de los responsables de los crímenes que investigaron sino que permitieron la manipulación de sus propios archivos. En Chile, además, tales medidas hicieron parte de un proceso más amplio de ocultación que fue promovido por las fuerzas armadas y cuyos efectos todavía se sienten.
En cuanto a la Comisión Rettig, creada en 1990, tenía ésta la obligación estatutaria de denunciar a la Justicia los presuntos delitos que pudieran llegar a su conocimiento. A este respecto, el Informe Rettig declara en su Primera Parte, Capitulo I: «Si en el ejercicio de sus funciones la Comisión recibe antecedentes sobre hechos que revisan caracteres de delito, los pondrá, sin más trámites, a disposición del Tribunal que corresponda».
Los Consejeros de la Comisión fueron, sin embargo, personas ideológicamente diversas, nombradas por el Presidente. Algunos no cumplieron con esa obligación estatutaria de la Comisión y traicionaron los ideales de la nueva democracia. Además, en aparente connivencia con las fuerzas armadas, permitieron que se manipulase el Informe de la Comisión, eliminando testimonios comprometedores cuyas Actas habían sido redactadas por sus propios abogados.
Uno de los abogados de la Comisión, que había colaborado antes con la Vicaría de Solidaridad, llegó a decir a los familiares de una víctima, con una franqueza loable, que algunos Consejeros habían «deslegitimado» su trabajo. Dijo que el texto redactado por él para su inclusión en el Informe Rettig no fue lo que se publicó. Cree que el testimonio de un testigo clave fue revelado a una rama de las fuerzas armadas, la Armada, y que su presión hizo que un muy grave delito allí descrito no fuera denunciado ante la Justicia.
El mismo abogado señala que la colaboración de la Armada con las investigaciones de la Comisión Rettig era mínima. Esta afirmación contrasta con un comentario en la introducción del Informe Rettig que decía que «la Armada de Chile respondió a todas las solicitudes de la Comisión, enviando material que resultó de gran utilidad para las indagaciones.»
La responsabilidad de los Consejeros era, formalmente, colectiva y la mayoría de ellos eran de incuestionable talla moral. Por lo tanto, habría que suponer que los muy graves fallos de funcionamiento de la Comisión no eran conocidos por éstos y que los mecanismos de control dentro de la misma no eran los adecuados.
La Comisión fue presidida por un Presidente y un Vice-Presidente y contaba, además, con un Secretario. Para supervisar el trabajo dentro de cada Región se nombró un Consejero y todos ellos se apoyaban en equipos de funcionarios dirigidos por abogados, cada uno responsable de una Región o más. Tanto Consejeros como funcionarios se vinculaban en un acuerdo de confidencialidad.
El Secretario organizaba y dirigía todo el trabajo del personal de la Comisión. Los testimonios eran archivados en carpetas que servían como base a un informe que el Secretario debía presentar a la Comisión para que ésta resolviera. En ciertas ocasiones, además, el Secretario se encargaba, como co-signatario, de dirigir comunicaciones a los Comandantes en Jefe de las ramas de las fuerzas armadas. Normalmente tenían el fin de convocar alguna persona todavía en servicio para que declarase, voluntariamente, sobre hechos que se habían alegado. En otras ocasiones se pedía al propio Comandante en Jefe sus comentarios sobre tales hechos. Era un procedimiento habitual de la Comisión. Sin embargo, en algunos casos tales consultas aparentemente se convirtieron en presiones indebidas de las fuerzas armadas sobre la Comisión.
Al publicarse el Informe Rettig, fue flagrante el hecho de que la Comisión no había cumplido con una de sus más importantes obligaciones: de denuncia ante la Justicia. Las fuerzas políticas de la época, sin embargo, o no lo cuestionaron o no quisieron insistir en ello.
Igualmente grave, aunque los Archivos de la Comisión deberían estar disponibles a las autoridades judiciales, el Ministerio del Interior, responsable de su custodia, no cumplió adecuadamente con sus obligaciónes. Durante la época de funcionamiento de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR), entidad continuadora de la Comisión Rettig que era dependiente del Ministerio del Interior, los archivos sufrieron cambios significativos.
A este respecto, el mismo Presidente Aylwin, citando información que le fue facilitado por el propio Ministerio, ha escrito que por entonces «la documentación de la Comisión Rettig se reclasificó». Alegadamente su fin era dar «un ordenamiento más adecuado para los fines de su investigación» pero su efecto en la práctica fue impedir que los funcionarios de la CNRR, y de su organismo sucesor, el Programa de Derechos Humanos (PDH), pudieran tener acceso a los documentos originales de los Archivos en su integridad.
Este hecho no se ha reconocido públicamente. Además, a pesar de que el PDH tiene la obligación de cumplir con las peticiones de información de los jueces que investigan las violaciones a los derechos humanos, facilitando cualquier dato relevante que consta en los Archivos Rettig, ese organismo no ha hecho saber a las autoridades judiciales que pesan restricciones importantes a su acceso a los archivos. Tampoco, como se indica más abajo, ha entregado voluntariamente a la judicatura toda la información de los Archivos que sí estaba a su alcance.
Los antecedentes relacionados con la manipulación del Informe y del Archivo Rettig eran conocidos por personas vinculadas a la política y al mundo de los derechos humanos. En privado se ha reconocido al más alto nivel del Estado que los Archivos Rettig han sido sujetos a «una intervención extra-judicial».
El Presidente Aylwin trató de rectificar la situación. Entre los papeles presidenciales, custodiados por la Corporación Justicia y Democracia, constaba una copia, aparentemente íntegra, de la documentación de la Comisión Rettig. Decidió entregarla al Archivo Nacional.
Ese gesto, sin embargo, requería ser acompañado por otras medidas de transparencia. Era esencial que los antecedentes fuesen conocidos por los jueces instructores, abogados de derechos humanos, víctimas y familiares de víctimas. No fue así. Se anunció simplemente que una copia de los Archivos Rettig estaría disponible a las autoridades judiciales en el Archivo Nacional. No se hizo saber lo que implicaba que los archivos oficiales, «custodiados» por el Ministerio del Interior, habían sido «reclasificados». Tampoco se hizo saber que la copia en el Archivo Nacional, aunque basada en documentos originales, no estaba completa: había sido manipulada antes de ser copiada, extrayéndose algunos documentos y sustituyéndolas con otras, tal como se detalla abajo.
Además, la Corporación Justicia y Democracia, al entregar su copia de los documentos Rettig al Archivo Nacional, dejó sin resolver un importante problema: la documentación requeriría ser ratificada para asegurar que tuviera valor judicial, tratándose de copias que en el caso de algunas Actas ni siquiera llevaban las firmas de los abogados que los habían redactado. Fue revelador lo ocurrido en una reciente ocasión en que se dieron estas circunstancias.
Un antiguo abogado de la Comisión Rettig, firmante del Acta de una entrevista que inculpaba a un alto mando militar, reconoció a los familiares de la víctima en el año 2003 que el Acta era de su autoría. Sin embargo, se negó a ratificarlo a no ser que fuera citado por las autoridades judiciales para hacerlo. Afirmó que sólo lo ratificaría en esas circunstancias dado que existía un acuerdo de confidencialidad que vincula a todos los ex-miembros y funcionarios de la Comisión.
La juez le citó pero la entrevista fue realizada no por la propia juez sino por su actuario. Éste en el curso de una reunión que duró unas tres horas no vio bien hacer referencia a esa Acta de entrevista concreta de la Comisión Rettig. Este procedimiento fallado fue suficiente para que el abogado no hiciera referencia alguna al Acta durante el interrogatorio. Alegó razones de «ética profesional». El interrogatorio, tras largas demoras, había tomado lugar el 8 de noviembre de 2004 y la causa fue sobreseída definitivamente, sin inculpaciones, una semana más tarde. Habían pasado más de tres años desde su inicio.
Tras percatarse de la declaración incompleta que el abogado había hecho ante el actuario de la Corte investigadora, los familiares le pidieron en diciembre de 2004 que les diera una declaración jurada ampliando y rectificando lo hablado en el interrogatorio. El asunto era urgente puesto que se había apelado el sobreseimiento de la causa. El abogado les contestó que primero tendría que consultarlo con el antiguo Secretario de la Comisión.
Los familiares enviaron al abogado un resumen de todo lo dicho en la entrevista que habían tenido con él, con fecha 28 de diciembre de 2004, y mandaron una copia del mismo al ex-Secretario de la Comisión Rettig, actualmente Subsecretario del Interior. El abogado, en una conversación telefónica con los familiares, no cuestionó que la carta reflejara fielmente el contenido de la entrevista. Sin embargo, alegando que no había podido contactar con el ex -Secretario, propuso que fuera entregada a la Corte de Valparaíso otra copia del resumen preparado por la familia.
Así se hizo oportunamente, acompañándola a una carta dirigida a la relatora de la Corte. Poco tiempo después la Corte de Apelaciones de Valparaíso recusó la resolución de sobreseimiento de la causa determinada por la Ministro instructora Corti. Más tarde Gabriela Corti fue sustituida por la Ministro Eliana Quezada Muñoz, que actualmente sigue investigando el caso.
Cabe señalar que el mismo ex-abogado de la Comisión Rettig, reveló a los familiares que, además, faltaba un documento importante de la copia de los Archivos Rettig custodiada por la Corporación Justicia y Democracia. Se trataba de un acta de entrevista, redactada por el abogado en su computador, impreso posteriormente, e incorporado al Archivo. La persona entrevistada era otro alto mando, que había hablado abiertamente de la tortura y asesinato de la misma víctima de la Armada. Sólo quedaban en esa copia de los Archivos unas notas manuscritas referentes a la entrevista, incompletas y difíciles de descifrar.
CONCLUSIONES
Por lo general, todas las medidas de ocultación descritas tuvieron sus orígenes en las fuerzas armadas pero durante más de tres lustros sus autores han contando con la complicidad activa de varias instituciones y poderes del país. Entre ellos los partidos políticos, la jerarquía eclesial, la judicatura, y la mayor parte de los medios de comunicación. Tampoco funcionaron los instrumentos de vigilancia que en cualquier sistema democrático deben evitar los abusos de poder.
¿Son muchos los familiares que siguen sufriendo las consecuencias del encubrimiento de la Comisión Rettig? Por supuesto que sí. En la V Región, igual que en otras regiones, la actuación de la Armada sobre la población indefensa fue cruel. Las cifras «oficiales» de muertos y desaparecidos suman aproximadamente 170, de los cuales sólo unos 30 han sido investigados judicialmente. Fueron miles los torturados en la Academia de Guerra Naval (y en particular el Cuartel Silva Palma), Melinka, Base Aeronaval Belloto, Buque Lebu, Buque Maipo, Buque Esmeralda y otros sitios.
De los desaparecidos, algunos fueron lanzados al mar. Se estima (La Nación de 12/9/2004) que en San Antonio, desde el remolcador «Kiwi», los marinos arrojaron en alta mar entre 50 y 100 cuerpos. La operación, llevada a cabo en colaboración con la DINA, fue coordinada desde la Gobernación Marítima. Además, en la época del golpe en Valparaíso los.patrones de las embarcaciones de la bahía recibieron órdenes explícitas de la Armada para no recuperar ningún muerto que encontrasen flotando en el mar.
Los cuerpos tirados al mar desde Valparaíso podrían haber incluido algunos que el entonces Capitán, hoy en día Almirante (R) y Senador, Jorge Arancibia, vio tirados en el molo el 17 de septiembre. La muerte de esas personas, unas 20 según otro testigo de la misma escena, nunca fue denunciada. Otros de los desaparecidos de Valparaíso podrían haber sido inhumados ilegalmente por la Armada en el Cementerio Playa Ancha, según se ha sabido por el sumario de uno de los pocos casos que sí fue investigado.