Los autores, profesores de Derecho del Trabajo en la Universidad del País Vasco, analizan la propuesta de Reforma Laboral, un borrador que no ataca a la endémica dualidad que impera en las relaciones laborales.
La propuesta de reforma laboral contiene líneas de actuación, no medidas concretas. Junto al objetivo de crear empleo, común a las reformas anteriores, coloca el énfasis en terminar con la dualidad entre empleo fijo y temporal. Pero la dualidad tiene muchas otras manifestaciones: la de la empresa matriz y sus filiales, creadas precisamente para diferenciar condiciones de trabajo; asimismo se manifiesta en la cascada sin límite legal de contratas y subcontratas para una misma actividad; en las empresas de servicios generales, incrustadas en otra empresa para tareas que se necesitan de forma permanente y cuya plantilla pierde el empleo al cambiar la contrata; en las franquicias, que obtienen todos los beneficios de la imagen de la marca y ninguna obligación laboral… La dualidad alcanza también al interior de cada empresa, en la que conviven personal de plantilla y de Empresas de Trabajo Temporal (ETT); asalariados y falsos autónomos; o personal sujeto a diferentes convenios colectivos en los casos de venta o fusión de empresas. Algunas de estas dualidades tienen aparejada la temporalidad, pero no en todos los casos.
Temporalidad
En 1994 se ampliaron mucho los supuestos de contratación por obra y servicio; ahora se propone su revisión, y el reforzar los mecanismos para evitar el encadenamiento de contratos. Sin entrar a describir los claros resquicios legales que dejó la reforma del 2006 en el asunto del encadenamiento, y de manera general respecto a la voluntad política real de controlar los abusos, aportamos un dato: en su balance de los nueve primeros meses de 2009, la Inspección de Trabajo señala haber descubierto menos de 29.000 contratos temporales que debían ser fijos en un contexto de cuatro millones de personas con contrato temporal. En cualquier caso, la multa por fraude es de 626 euros, por lo que, consideradas las probabilidades de sufrir una sanción, el riesgo compensa. Sin control de la Inspección, no es creíble ninguna norma que afecte al trabajo precario. Las personas que lo padecen generalmente no están sindicadas, ni se pueden permitir el lujo de demandar en el Juzgado arriesgando el próximo contrato, o que la ETT no les vuelva a llamar.
Indemnizaciones
La indemnización por despido improcedente ha bajado ya varias veces si consideramos la práctica supresión de los salarios de tramitación y por otro lado la creación del contrato con indemnización de 33 días por año. El proceso que se ha seguido con este contrato es expresivo de la tendencia de las reformas laborales: en 1997 comenzó siendo sólo para colectivos que tradicionalmente se consideran de difícil empleabilidad, luego se relajaron los requisitos y además se incluyó a las mujeres en oficios con subrepresentación. Una vez introducida la medida en el pasado, con la legitimidad que le daba el objetivo de crear empleo, en el presente es probable que se amplíe hasta acoger a todos los nuevos contratos.
Tiempo parcial
Se quiere realizar la enésima reforma al contrato a tiempo parcial, fomentándolo con incentivos. Hoy, la empresa puede obligar a realizar hasta un 60% más sobre las horas contratadas y este régimen de inseguridad no se va a corregir. La propuesta es crear dos tipos de contratos parciales, uno de ellos con horario estable para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar. En Europa, modelo de referencia, las mujeres dominan en el tiempo parcial, y es precisamente en la UE de los 15 donde esta desigualdad con los hombres es mayor. En el Estado español, las mujeres de ingresos más bajos están sobrerrepresentadas en el tiempo parcial, con lo que fomentarlo a la vez que no se crean servicios suficientes de cuidado es ahondar en la desigualdad. La reforma propone reforzar el objetivo de la igualdad en la negociación colectiva, lo que es necesario, pero habrá que ver qué hacer respecto a la dualidad consistente en la enorme presencia de las mujeres en la economía sumergida y en sectores a los que no llegan los planes de igualdad.
Colocación privada
La propuesta de legalización de las agencias privadas de colocación con fin de lucro y el ensanchamiento del papel de las ETT viene avalada por el cambio de la posición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) respecto a las agencias y la Directiva Europea sobre ETT. Los dos temas remiten a la radicalización de las políticas neoliberales; nada debe estar vetado a la gestión privada. La historia de atropellos de las agencias fue el motivo de que la OIT las prohibiera, abusos que no son cuestión del pasado, como lo prueba la experiencia de intermediación en el empleo doméstico en muchos lugares del mundo, Estado español incluido. Y la posible ampliación de la actuación de las ETT al ámbito de la Administración Pública, entre otras cosas, rompería los principios de igualdad, mérito y capacidad por los que se rige el acceso al empleo público.
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Fuente: http://www.diagonalperiodico.net/LA-PROPUESTA-DEL-GOBIERNO-AVALA-UN.html