La agenda sobre participación política va mucho más lejos que la definición de garantías o cuotas políticas a las FARC y se compromete con asuntos de gran calado en la ampliación de la democracia representativa y en la de participación directa. Basta leer el punto 2 de la agenda de la Habana para constatar que […]
La agenda sobre participación política va mucho más lejos que la definición de garantías o cuotas políticas a las FARC y se compromete con asuntos de gran calado en la ampliación de la democracia representativa y en la de participación directa.
Basta leer el punto 2 de la agenda de la Habana para constatar que ese debate y los posibles pactos conciernen a toda la sociedad.
«-1. Derechos y garantías para el ejercicio de la oposición política en general y en particular para los nuevos movimientos que surjan luego de la firma del Acuerdo Final. Acceso a medios de comunicación. -2. Mecanismos democráticos de participación ciudadana, incluidos los de participación directa, en los diferentes niveles y diversos temas. -3. Medidas efecti vas para promover mayor participación en la política nacional, regional y local de todos los sectores, incluyendo la población más vulnerable, igualdad de condiciones y con garantías de seguridad».
Los derechos para la oposición política están relacionados directamente con la arquitectura institucional de Estado y no sólo con las reglas de elecciones a corporaciones. La pregunta en este terreno no es qué se necesita para desmovilizar a las FARC sino qué hace falta para que se tenga un régimen representativo democrático, que no esté controlado por grupos de interés, mafias y clientelas y qué falta para que sea realidad el Estado Social de Derecho y la democracia participativa. Un pedazo de ese déficit podrá incluirse en los acuerdos de aplicación inmediata que se anuncien en La Habana pero lo sustantivo es del resorte de toda la población y deberá asumirse por mecanismos democráticos y de soberanía popular.
¿Es suficiente el marco constitucional que define los derechos de la oposición?
«Artículo 112.- Los partidos y movimientos políticos que no participan en el Gobierno podrán ejercer libremente la función crítica frente a éste y plantear y desarrollar alternativas políticas. Para estos efectos, salvo las restricciones legales, se garantizan los siguientes derechos: de acceso a la información y a la documentación oficiales; de uso de los medios de comunicación social del Estado de acuerdo con la representación obtenida en las elecciones para Congreso inmediatamente anteriores; de réplica en los medios de comunicación del Estado frente a tergiversaciones graves y evidentes o ataques públicos proferidos por altos funcionarios oficiales, y de participación en los organismos electorales.
Los partidos y movimientos minoritarios tendrán derecho a participar en las mesas directivas de los cuerpos colegiados, según su representación en ellos.
Una ley estatutaria regulará la materia». (CPC, 1991)
Después de 21 años de haberse aprobado el mandato constitucional, los sucesivos gobiernos y partidos que los han respaldado, se han negado sistemáticamente a tramitar la ley estatutaria de derechos para la oposición. Las escaladas de violencia, comprendido el genocidio contra la Unión Patriótica y el asesinato de decenas de miles de líderes sociales y políticos, han sido la realidad de los derechos. La negativa a cumplir los pactos constitucionales sobre derechos de la oposición, suman estas últimas décadas a tres décadas de prolongación del bipartidismo que durante el Frente Nacional excluyo por Plebiscito cualquier partido distinto a los llamados tradicionales y le dio, bajo el régimen del Estado de Sitio y la doctrina de la «Seguridad Nacional», tratamiento de guerra a los movimientos sociales de protesta.
A este nivel se ha anotado la necesidad de incluir como sujetos de la oposición política a asociaciones de ciudadanos o de organizaciones civiles conformadas para intervenir en instancias de la democracia participativa y de control a la acción pública. Desde el debate constituyente se alertó sobre los riesgos de limitaciones a la legalidad de los partidos con las definiciones legales sobre el umbral y el criterio exclusivamente electoral de reconocimiento a partidos, movimientos o asociaciones políticas; incluso en ese terreno se advirtió que en razón al derecho a la igualdad, toda organización social puede hacer acciones de oposición y además se puede pensar en que asociaciones políticas con los mismos derechos de los partidos cuando tengan como afiliados un número equivalente al número de votos del parlamentario con los menores requisitos o, en las entidades territoriales, con el mínimo de votos válidos para elegir un diputado o concejal en las elecciones anteriores. En el abanico se han escuchado propuestas con más requisitos, con el argumento de evitar la fragmentación sin caer en la exclusión.
El monopolio de los medios masivos es parte del Estado Autoritario
Lo relativo a la democracia en la disposición, usufructo o propiedad de los medios de comunicación, también se debatió sin mayor éxito en la Asamblea Constituyente. El punto de partida ha sido la definición de la comunicación masiva y el uso de la radio y la televisión como servicios públicos de responsabilidad del Estado cuyo acceso debe ser garantizado a todos los ciudadanos con criterios de pluralismo, libertad de expresión, diversidad, responsabilidad y prohibición del monopolio u oligopolio y del control por poderes económicos, políticos o corporativos.
Asunto importante de esa discusión de 1991 fue la necesidad de una regulación exigente que impida el control por parte de un agente económico o político de una modalidad de comunicación – sea ella escrita o audiovisual – y también el control por integración vertical de varios medios de comunicación.
Y en lo relativo a la oposición y a los movimientos o partidos surgidos en procesos de pactos de paz o finalización de conflictos armados, se debatió la necesidad de su acceso y disposición de canales de televisión cadenas de radio. El Noticiero AM PM fue un ensayo exitoso de esos mecanismos de participación de la oposición en medios masivos de comunicación. Desafortunadamente esa experiencia se frustró ante al avance de la privatización de los grandes medios de radio y televisión y su entrega a los grupos económicos.
El Estatuto de partidos y el de la oposición se han mostrado insuficientes para la democratización del régimen y la superación de la desigualdad y asimetría extrema en el ejercicio de la política en contra de quienes no participan en el gobierno nacional o de entidades territoriales. Las maquinarias regionales o nacionales siguen reproduciéndose a partir de manejo clientelista y patrimonial del Estado, de los presupuestos, los sistemas de contratación y el control de entidades públicas. Y a esto hay que añadir la exclusión o la imposición de procedimientos que mantienen el monopolio de las vertientes bipartidistas y de las formaciones de unidad liberal – conservadora, sobre todos los organismos de control, la función pública, las altas cortes y, en la práctica sobre los organismos electorales.
Cambiar el régimen
En esa lógica, para llegar a lo que corresponde a un pacto final de solución del conflicto armado, hay que tener el panorama general y diseñar la ruta de los posibles cambios. En La Habana se esperan pactos parciales en esta materia, tan amplios como sea posible y lo limitados que sea necesario para el anuncio de terminación definitiva de las hostilidades.
En el Congreso de la República y en diversos escenarios se han identificado las falencias del régimen político y los vacíos que quedaron en este terreno cuando se aprobó la Constitución Política en 1991. Mucho se ha repetido la frase de Álvaro Gómez Hurtado cuando, en su condición de presidente de la Asamblea Constituyente afirmó que «hemos cambiado la constitución pero no el régimen».
La constatación de esa apreciación se ha tenido en estas décadas en situaciones de cooptación del Estado por estructuras criminales, mafias, paramilitares, narcoparamilitares y parapolíticos. Durante los últimos veinte años han sido factor clave en aparatos del Estado, unas veces con representación directa en más de una tercera parte del Congreso de la República, otras con notoria presencia en el ejecutivo y en las coaliciones de gobiernos desde los municipal y departamental hasta lo nacional. Con esas posiciones de poder han logrado normas y redes dirigidas a consolidar conquistas políticas o representadas en activos y privilegios para sus negocios. De modo que desmontar estructuras mafiosas y narco políticas en el Estado es una necesidad para la democracia y la paz.
Pero la incidencia de las mafias es sólo una parte del problema a superar. Otros poderes económicos y políticos aún más importantes, han actuado para disputarle las posiciones a las mafias y también para fortalecer o conformar instituciones cooptadas y consolidar el modelo neoconservador de Estado al servicio de grandes negocios. En ese proceso de tensiones y pugnas se han trasformado y reencauchado las viejas maquinarias bipartidistas y han mutado en un tripartidismo que mantiene mucho de la vieja matriz en la cual los gamonales regionales se adaptan y transitan de lado a lado para mantenerse como intermediarios de grandes intereses y distribuidores corruptos de cuotas y rentas del Estado.
La contrarreforma que se inició al otro día de la aprobación de la Constitución de 1991, como se evalúa en el libro Memorias para la democracia y la paz, a los 20 años de la Asamblea Constituyente, ha avanzado mucho con más de 25 actos legislativos y un arsenal de leyes. En esa evaluación se señala que «no se ha llegado hasta la destrucción de lo esencial del orden constitucional y que con el actual se podrían revertir construcciones legislativas que han ido montando un régimen ultrapresidencialista y autoritario. Pero no faltan voces que llaman la atención sobre la fractura que han significado reformas como la de la reelección, el retorno de cuotas de clientela desde el presupuesto de la nación, el dominio de las Cortes y de los órganos de control por los herederos del bipartidismo, la superposición del megaderecho a la sostenibilidad fiscal por encima de todos los derechos. Se eliminó la norma constitucional que dejaba la posibilidad a la expropiación sin indemnización y en cambio se instituyó legalmente la propiedad de títulos mineros como un derecho por encima de toda otra propiedad. Con la reforma a la justicia que ya ha sido aprobada en primera vuelta, se debilita la independencia de las Cortes, se favorece a los congresistas ante procesos similares a los de la parapolítica y se mantienen lo graves problemas de falta de acceso y diligencia en el aparato judicial». (González, 2012)
«Todo este panorama conduce a aceptar que si se pretende un marco jurídico para la paz definitiva y la transición completa al fin de los conflictos armados y a una sociedad no violenta, aún quedan cambios constitucionales por hacer. Algunos de esos cambios quedaron pendientes en 1991, como los relativos al ordenamiento territorial, revocatoria ciudadana del mandato, moción de censura y otros contenidos de la democracia participativa, democratización del sistema de partidos, regulación contra el monopolio u oligopolio en los medios masivos de comunicación y en el control del campo electromagnético. Muchos constituyentes han señalado que quedó pendiente un régimen tributario verdaderamente progresivo y de solidaridad, una institucionalidad fuerte para la protección de los recursos naturales y del reconocimiento efectivo del derecho al agua, a la democratización de la propiedad de la tierra y de los derechos básicos universales». (González, 2012)
Por supuesto que todos estos temas no están en la agenda de La Habana, pero en cambio si deben estar en la agenda de la sociedad para la construcción de la paz.
En La Habana no termina la construcción de paz y democracia y mayor será el aporte si hay coincidencias sobre los procedimientos a seguir para que la sociedad entera complete la tarea de hacer realidad en Colombia la democracia representativa y la de participación.
(*) Camilo González Posso es Director del Centro de Memoria, Paz y Reconciliación de Bogotá.
Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.