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Absueltas las dos jóvenes detenidas en 2007 por llevar pruebas de vida a los mediadores de paz

Fallo histórico de la Sala de decisión penal del Tribunal Superior de Florencia Caquetá

Fuentes: http://www.clarindecolombia.info

En el año 2007, se había suscitado a nivel Nacional e Internacional manifestaciones de importantes personalidades y la comunidad en general que pedían a los actores del conflicto armado la liberación de los rehenes en poder de las FARC, a través del intercambio humanitario. al punto que con el aval del Gobierno Colombiano se da […]

En el año 2007, se había suscitado a nivel Nacional e Internacional manifestaciones de importantes personalidades y la comunidad en general que pedían a los actores del conflicto armado la liberación de los rehenes en poder de las FARC, a través del intercambio humanitario. al punto que con el aval del Gobierno Colombiano se da inicio con la intermediación de la Senadora Piedad Esneda Córdoba Ruiz y el Presiente de la Republica Bolivariana de Venezuela, Comandante Hugo Rafael Chávez Frías, iniciaran conversaciones con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia Ejercito del Pueblo, para el intercambio humanitario. Para avanzar en la negociación, era urgente que la organización rebelde aportara pruebas de vida de los rehenes.

En razón de esta circunstancia, las FARC – e.p., en su voluntad de paz, deciden enviar las muestras de vida de las siguientes personas que se encuentran en su poder: Ingrid Betancurt, Luis Eladio Pérez, otros militares colombianos y los agentes de la inteligenccia norteamericana Keith Donald Stansell, Marc D. Goncalves y Thomas r. Howes. Pruebas de supervivencia que fueron enviadas con la joven Leidy Johanna Ramirez Rivera, del corregimiento de Tomachipan Guaviare a Bogota, para que fueran entregadas a otra joven Briguidh Adriana Vega Poveda y esta a su vez, las entregara a la senadora Piedad Esneda Córdoba Ruiz.

Los teléfonos de las jóvenes que portaban las pruebas de supervivencia, los teléfonos de la Senadora Piedad Córdoba y los del Presidente Hugo Chávez, estaban interceptados, así lo reconoció el Fiscal General de la nación Mario Germán Iguaran Arana, este hecho permitió que el día 29 de noviembre del año 2007, cuando las dos jóvenes se disponían al encuentro fueron capturadas. Ya detenidas Leidy Johana Ramírez Rivera y Briguidh Adriana Vega Poveda, junto con el señor Humberto Montaño Valencia, quien las acompañaba, la fiscalia les imputo el delito de rebelión y la fiscalia primera especializada de la unidad nacional contra el secuestro y la extorsión, en resolución del 12 de enero del año 2010, los llamo a responder en juicio por el delito de secuestro extorsivo agravado, por portar las pruebas de supervivencia.

Luego de un juicio complejo, parcializado, político y amañado, cargado de pasión e intereses políticos por encima de la verdad real y la administración de justicia, a petición del fiscal delegado de la unidad nacional contra el secuestro y la extorsión, coadyuvado por el delegado de la procuraduría general de la nación, pidieron condena en contra de los tres procesados (correos humanos portadores de las pruebas de supervivencia) ante el juez primero penal del circuito especializado de Florencia Caquetá. la defensa representada por los reconocidos abogados penalistas Rodolfo Ríos Lozano, Eduardo Matyas Camargo y Geminiano Perez Seña, con argumentos jurídicos, con suficiente prueba a favor de sus defendidos demostraron y probaron en los alegatos de conclusión al juez de conocimiento que la petición de condena de la fiscalia general de la nación y la procuraduría, era errada, equivocada y disfrazada por un sesgo ideológico propio del derecho fascista, lejos de la objetividad la imparcialidad y la transparencia en la administración de justicia.

El Juzgado Primero Penal del Circuito especializado de Florencia Caquetá, acogiendo los limitados y pobres argumentos de la fiscalía, profirió sentencia de primera instancia el día 11 de febrero del año 2011, absolviendo al señor Humberto Montaño Valencia y condenado a las jóvenes Leidy Johanna Ramírez Rivera y Briguidh Adriana Vega Poveda a dieciséis (16) años de prisión sin ningún tipo de beneficios. Como penalmente responsables del delito de secuestro estorsivo con circunstancias de agravación punitiva por el secuestro de los agentes de la CIA norteamericana Keith Donald Stansell, Marc D. Goncalves y Thomas r. Howes.

La defensa técnica interpuso recurso de apelación contra la lúgubre sentencia de condena, ante la sala de decisión penal del tribunal superior de Florencia Caquetá.

La sala de decisión penal del tribunal superior de Florencia Caquetá, mediante sentencia de segunda instancia de fecha 29 de octubre del año en curso (2013), revoca íntegramente el fallo condenatorio del juzgado y absuelve de los delitos de secuestro estorsivo con circunstancias de agravación punitiva a las jóvenes Leidy Johanna Ramírez Rivera y Briguidh Adriana Vega Poveda y ordena la libertad inmediata.

Fuente: http://www.clarindecolombia.info/noticias/colombia/1860-fallo-historico-de-la-sala-de-decision-penal-del-tribunal-superior-de-florencia-caqueta.html