Recomiendo:
17

Con un rubio en el avión

Embargo y confiscación del avión venezolano promovida por la piratería estadounidense

Fuentes: El Cohete a la Luna - Imagen: Juez Villena, complaciente con las diligencias solicitadas desde el norte.

Un magistrado argentino otorgó jurisdicción a una agencia de seguridad de Estados Unidos sobre el avión de EMTRASUR secuestrado en Ezeiza, ante la total indiferencia de quienes deben velar por los acuerdos bilaterales y el respeto por la soberanía de un país latinoamericano.

El juez federal Federico Villena autorizó la intromisión de una agencia de seguridad estadounidense, la Usmarshals, dependiente del Departamento de Justicia, en la aeronave venezolana secuestrada en Ezeiza desde hace ocho meses. El subterfugio para otorgarle la facultad de inspección se basó en la necesidad de realizar ejercicios de mantenimiento de la aeronave.

La función explícita de esa agencia de seguridad estatal, sin embargo, no se vincula con la asistencia técnica a aeronaves sino con la “identificación y evaluación de activos que provienen del producto del delito (…) para lograr la comercialización de los bienes incautados y decomisados”. La oficina específica que tramita esas tareas de incautación tiene sede en Arlington, Virginia, y en sus dependencias se asienta la División de Confiscación de Bienes, donde “se evalúa y se tramita la venta de activos recuperados del delito”.

Las operaciones sobre la aeronave se iniciaron en forma previa a la realización de la VII Cumbre de Presidentes de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), a la que no concurrió Nicolás Maduro por carecer de garantías sobre su inmunidad y su seguridad. Según fuentes ligadas a la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), el operativo sobre el avión de Conviasa impulsado por los usmarshals fue organizado para exhibir la influencia del Departamento de Estado dentro de la Justicia argentina y amedrentar de esa forma a la delegación caribeña, para hacer fracasar el encuentro latinoamericano.

Villena, titular del Juzgado nacional en lo Criminal y Correccional 1 de Lomas de Zamora y encargado de tramitar la causa, autorizó en diciembre la subcontratación de una firma comercial estadounidense con sede en Fort Lauderdale, estado de la Florida, “para realizar tareas de mantenimiento” en la aeronave Boeing 747-300, matrícula YV3531, secuestrada desde el 8 de junio de 2022, a solicitud de los usmarshals. De esta manera, un magistrado argentino le otorga jurisdicción a una agencia de seguridad de un país extranjero ante la total indiferencia de quienes deben velar por los acuerdos bilaterales y el respeto por la soberanía de un país latinoamericano.

En el mismo lapso de tiempo en que la agencia estadounidense fue autorizada a registrar la aeronave venezolana, el juez Villena –ligado al exministro de Seguridad cambiemita Marcelo D´Alessandro– le negó a los técnicos venezolanos de EMTRASUR la realización de las inspecciones. Una de las tareas realizadas sobre el avión consistió en llevar a cabo el defueling (vaciamiento de los tanques de combustible) para su recarga, con vistas a un posible despegue futuro. Según las técnicos que administran la locación donde se encuentra emplazada la nave, la acción solicitada y monitoreada por la agencia estadounidense se efectuó sin registrarse la autorización de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, responsable jurisdiccional del espacio donde se encuentra estacionado el Boeing 747-300.

Al Estado venezolano se lo acusa de tres delitos punibles en la legislación estadounidense: haber adquirido el avión a una empresa interdicta (la aerolínea iraní Mahan Air), haber trasladado exportaciones a terceros países bloqueados (como Rusia) y utilizar –para dichos traslados de mercadería– un avión fabricado en Estados Unidos.

En octubre pasado, la Cámara de Casación, con la firma de los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone –y la disidencia de la actual presidenta de dicha Cámara, Ana Figueroa– rechazó el recurso presentado por los abogados de EMTRASUR, Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeyro, quienes solicitaban la restitución de la aeronave a sus legítimos dueños caribeños. Los camaristas –al igual que Villena, ligados al universo cambiemita– se mostraron intransigentes con la solicitud de los defensores de la empresa venezolana pero concesivos con el juez Michael Harvey, del Tribunal Federal del Distrito de Columbia, quien gestiona la causa identificada como CRM­182­ 84488 a pedido del Departamento de Justicia para ejecutar “la extinción de dominio”, como prólogo a la tosca sustracción.

Camaristas serviciales

Barroetaveña y Petrone, dos tipos audaces.

La decisión de Villena, Barroetaveña y Petrone contribuye a la decisión de Washington de estrangular a la economía venezolana mediante su ahogo comercial y financiero iniciada de forma meticulosa hace una década. La complicidad de la Justicia argentina se inscribe, de esta manera, en las indudables afinidades del denominado Partido Judicial con la cosmovisión geopolítica promovida por la derecha local. Según funcionarios judiciales cercanos al juagado de Lomas de Zamora, Villena promueve la injerencia extranjera –por explícito pedido de funcionarios estadounidenses– amparándose en el tratado bilateral establecido con Washington a través de la Ley 24.034, promulgada el 20 de diciembre de 1991, durante el menemismo. Esa norma establece un acuerdo de Asistencia Jurídica mutua con Estados Unidos para “la ejecución de solicitudes de registro, embargo y secuestro; la inmovilización de activos”, pero en su artículo tercero advierte que no podrán ejecutarse dichas interdicciones si “se refiere a un delito político”.

En el artículo 14 de dicho tratado bilateral se especifica que los embargos o secuestros solo podrán realizarse “siempre que la solicitud lleve la información que justifique dicha acción según las leyes del Estado requerido”, es decir –en este caso– la normativa argentina. La Ley 24.034 salvaguarda, por último, “los intereses de terceras partes”, por ejemplo la República Bolivariana de Venezuela, amparada por los tratados internacionales vigentes y por el artículo 1.2 del Pacto internacional de derechos civiles y políticos incorporado a la Constitución en 1994, que advierte de forma taxativa que “todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales (…) En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia”. Dicho Pacto tiene, para la arquitectura legal argentina, una jerarquía superior a las propias leyes, convenios y tratados votados en el Congreso.

La fase más agresiva del bloqueo contra Venezuela se inició en 2015, con la orden ejecutiva firmada por Barack Obama en la que se catalogaba a ese país como “una amenaza inusual y extraordinaria para los intereses y la seguridad de los Estados Unidos”. Dicha fundamentación motivó la seguidilla de 928 sanciones que llevaron a la supresión del 99% de los ingresos por exportaciones, situación que le hizo perder –hasta 2022– alrededor de 308.000 millones de dólares, por verse privada de operar con una gran cantidad de países al ser expulsado de los sistemas de seguros y ser despojado de gran parte de sus activos radicados en Estados Unidos, en la Unión Europea y en otros Estados extorsionados por Washington para sumarse al bloqueo. Esa situación –de la que el secuestro del avión forma parte innegable– impactó en forma directa en la calidad de vida de los ciudadanos venezolanos y motivó el exilio de una parte significativa de su población.

El modelo de sanciones unilaterales ejecutado por Washington –con un formato específico desde principio de siglo XXI– se combina con los golpes de Estado promovidos en los cinco continentes, especialmente en América Latina y el Caribe. Las operaciones de bloqueo, embargos y sanciones reúnen un conjunto de acciones destinadas a destruir la economía de un país, castigando a la mayor porción posible de su población, con el cometido explícito de incitar estallidos sociales y guerras civiles.

Para fines de 2022 existían 30 países que sufren medidas coercitivas unilaterales –así se les denomina en los organismos multilaterales a los bloqueos, embargos y sanciones–, todas ellas decidas por países asociados a la OTAN y cuyas víctimas representan el 28% de la población mundial. Estas operaciones contra gobiernos soberanistas se instauran en el marco de nuevos formatos de guerras híbridas, que se orientan a extorsionar en términos materiales y simbólicos a una sociedad para lograr su implosión o la generación de una guerra civil. Este tipo de beligerancia tiene la particularidad –a diferencia de las guerras convencionales– de que el centro del ataque se dirige contra la población civil, a la que se pretende privar de la alimentación, del acceso a los bienes sanitarios básicos y la infraestructura básica. Es una guerra planificada en la que sufren los más vulnerables, los ancianos y los niños.

El arte del exterminio

El ex asesor del Presidente Obama Richard Nephew consigna en su libro El arte de las sanciones que las medidas contra los Estados “deben ir adonde más duelan, adonde más dolor causen a la población”. Para lograr esa meta, el Departamento de Estado y los organismos de seguridad buscan aislar a los gobiernos sancionados y, en el caso específico de Caracas, integrar su industria petrolera para apropiarse de las reservas hidrocarburíferas más importantes del mundo. Entre 2014 y 2020 el bloqueo contra el chavismo produjo una reducción de los ingresos por exportaciones equivalente al 99% del total. En 2013 sumaban 56.000 millones de dólares anuales y en 2020 pasaron a representar apenas 743 millones.

Gran parte de las restricciones se llevaron a cabo mediante la exclusión de Venezuela del entramado financiero global de mensajería interbancaria, conocido como Swift: cuando un país es excluido de este dispositivo de gestión, ningún banco acepta las transferencias y sus recursos quedan bloqueados. Desde 2014, unos 7.000 millones de dólares de Venezuela han sido inmovilizados por parte de 40 bancos internacionales. Las pérdidas de Caracas, incluidas las pérdidas de exportaciones, los bloqueos, la congelación del oro del Banco Central de Venezuela depositado en un banco londinense y la incautación de activos como CITGO, alcanza a unos 130.000 millones de dólares entre 2014 y 2021.

En este marco, la pasividad del Poder Ejecutivo argentino es leída como una forma de ingratitud respecto al trascendental auxilio financiero concedido por Hugo Chávez a los gobierno de Néstor y Cristina Kirchner entre 2005 y 2008. En aquel periodo, el mandatario venezolano adquirió bonos argentinos por un total de 5.500 millones de dólares, permitiendo al gobierno abstenerse de recurrir a formas de endeudamiento externa más extorsivas, como las ofrecidas por el Fondo Monetario Internacional. Durante el periodo en el que el mandatario venezolano brindó socorro al gobierno argentino, Alberto Fernandez se desempeñaba como Jefe de Gabinete de Ministros.

La memoria –dicen en la isla caribeña de Porlamar– es la fruta que siempre permanece madura. Afirman que su cáscara ajada persistente evoca el curso de los acontecimientos pasados. Sobre todo de aquellos que remiten a la inacción y la indiferencia.