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Condenados a seis años y medio de cárcel tres mossos por torturar a un detenido

Fuentes: Gara

En su sentencia, la Sección Novena de la Audiencia de Barcelona condena a seis años y siete meses de prisión a tres de los agentes procesados por los delitos de torturas, lesiones e inviolabilidad del domicilio, a otro mosso d’esquadra a dos años de cárcel por un delito contra la integridad moral y al quinto […]

En su sentencia, la Sección Novena de la Audiencia de Barcelona condena a seis años y siete meses de prisión a tres de los agentes procesados por los delitos de torturas, lesiones e inviolabilidad del domicilio, a otro mosso d’esquadra a dos años de cárcel por un delito contra la integridad moral y al quinto a varias multas.

El fallo judicial da por probado que los policías golpearon y torturaron al detenido, de origen rumano, al que detuvieron confundiéndole con un atracador y llegaron a poner una pistola en la boca para que confesase.

La sentencia señala que también maltrataron a su pareja, embarazada de tres meses, hasta que la mujer les permitió entrar en su domicilio para registrarlo ilegalmente.

El fallo censura la conducta de los Mossos, que califica de «cruel en exceso, brutal o salvaje» e impropia de una policía formada en «un estado de Derecho», y les reprocha que siguieran golpeando al detenido, incluso después de que éste les advirtiera de que es hemofílico.

Julio de 2006

El caso ocurrió en julio de 2006, cuando la policía autonómica investigaba un caso de atraco cuya víctima identificó «con bastantes dudas» al torturado, Lucian P., en un reconocimiento fotográfico, por lo que el jefe del Grupo de Atracos, imputado en la causa pero absuelto, ordenó su detención.

Vestidos de paisano, cuatro de los agentes esperaron a Lucian P. en la puerta de su casa y, sin identificarse en ningún momento, «se abalanzaron encima de él, le hicieron la zancadilla, lo arrojaron al suelo y le golpearon por todo el cuerpo, al tiempo que le pisaban la cabeza y le agarraban por el cuello para impedir que gritara».

Varios ciudadanos se acercaron a los mossos para recriminarles su brutal actuación, por lo que uno de ellos enseñó la pistola que llevaba, sacó la placa y pidió que les dejaran en paz porque estaban haciendo «su trabajo».

Los agentes introdujeron al detenido en un vehículo policial y, durante el traslado a la comisaría, uno de los procesados le metió en la boca la pistola que llevaba, amenazándole con tirarlo «por un barranco» si no reconocía los hechos que se le imputaban.

El policía advirtió también a Lucien P. que si la juez lo soltaba podrían matarlo y que no sería «el primero», según la sentencia, que mantiene que durante el traslado fue golpeado por los cuatro mossos, incluidos el conductor y el que viajaba de copiloto, que aprovechaban los atascos de tráfico para girarse a pegarle.

Los agentes siguieron golpeando al procesado en el aparcamiento de la comisaría de Les Corts, desoyendo su llanto y sus advertencias de que podía morir por ser hemofílico, hasta que otro mosso -no identificado- les dijo que pararan, que había cámaras de grabación.

El detenido, que sólo supo los motivos de su detención ya en el calabozo, explicó en el juicio que pensó que los condenados eran delincuentes y se tranquilizó cuando llegaron a la comisaría, porque comprendió que los que le habían agredido eran policías.

Al día siguiente, Lucien P. fue puesto en libertad y acompañado a casa por uno de los agentes, que se disculpó, pero la víctima debido a su detención perdió el trabajo y tuvo que recibir tratamiento por el riesgo de que, al ser hemofílico, se le complicaran las lesiones.

Otro agente, con la ayuda de uno de los anteriores, detuvieron a la novia de Lucien P., que estaba embarazada de tres meses, la sujetaron por ambos brazos y la agarraron fuertemente por el pelo para introducirla en el coche policial y llevarla a comisaría, donde la engañaron diciéndole que su pareja era proxeneta para forzarla a responder lo que ellos querían.

Según la sentencia, los agentes lograron que la mujer les dejara entrar en el domicilio que compartía con el acusado, que estuvieron registrando sin la pertinente orden judicial.

El tribunal resalta que el acusado fue «golpeado y amenazado de forma totalmente gratuita e innecesaria y, desde luego, utilizando más que la fuerza imprescindible para su reducción», sin otra finalidad que la «vejación y la denigración».

En este caso, el Departamento de Interior confió en la inocencia de los mossos imputados, no les abrió expediente disciplinario y puso a su disposición un abogado.