La Corte de Apelaciones de Antofagasta por unanimidad declaró ilegal la expulsión del país de tres jóvenes estudiantes peruanos efectuada por la Policía de Investigaciones (PDI) el 26 de enero de 2017 cumpliendo órdenes de la represetación regional del gobierno de Chile, según informó hoy un comunicado de prensa del Instituto Nacional de Derechos Humanos […]
La Corte de Apelaciones de Antofagasta por unanimidad declaró ilegal la expulsión del país de tres jóvenes estudiantes peruanos efectuada por la Policía de Investigaciones (PDI) el 26 de enero de 2017 cumpliendo órdenes de la represetación regional del gobierno de Chile, según informó hoy un comunicado de prensa del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH). La corte local acogió un recurso de amparo presentado por el INDH y la Coordinadora Nacional de Inmigrantes en favor de los jóvenes Michael Peña, Eduardo Pillaca y Carla De La Cruz.
El gobierno decretó la expulsión basándose en un informe de la PDI, que más bien parecía inspirado por la influencia ultratumba de Pinochet, donde los policías civiles argumentaron que a los tres jóvenes les hallaron literatura anarquista y marxista, además de descubrir que participaron en actividades en universidades, atendiendo convocatorias publicadas en redes sociales como Facebook.
El recurso de amparo presentado por el INDH y la organización de migrantes buscaba que la justicia declarara ilegal la decisión de la Intendencia Regional. Y así lo decidió la primera sala del tribunal de Antofagasta, integrada por los ministros Óscar Clavería, Virginia Soublette y la abogada (i) Macarena Silva, cuando dejó sin efecto dos resoluciones dictadas el 23 y 24 de enero 2017 por la Intendencia Regional de Antofagasta, decretando la expulsión del país de los amparados.
«Pese a lo informado por la Policía de Investigaciones, en los partes emitidos, que dan sustento a las resoluciones, sólo se hace referencia a la infracción de la normativa de extranjería, sin indicar y precisar el actuar de los amparados a algún hecho en específico, lo que conlleva, en definitiva, a la inexistencia de sustento fáctico», dice el fallo judicial.
Por lo demás, indica la sentencia, la imputación de «anarquismo» no constituye per se actos violentos, referidos en el Decreto Ley N° 1.094, pues no es más que un pensamiento filosófico para defender la libertad individual.
El jefe regional del Instituto de Derechos Humanos, Paulo Palma, sostuvo que con esta resolución, lograron restablecer los estándares del derecho con hechos fundantes. Añadió que la PDI y la Intendencia no tenían antecedentes fehacientes respecto a que los jóvenes habían venido al país a perpetrar actividades de incitación a la violencia. «Nunca existió un ánimo de exaltar el orden público», dijo.
«Nosotros estamos por la protección de los derechos humanos en todos sus ámbitos. La detención fue ilegal. Los jóvenes venían por actividades académicas que se realizaron en casas de estudio reconocidas por el Estado», señaló Paulo Palma.
El recurso de amparo destacó las vulneraciones a los derechos que sufrieron los tres jóvenes, partiendo por la carencia de un debido proceso previo a su expulsión del país, sin que se les haya indicado qué leyes se les aplicaron y las razones de la expulsión. El escrito también recordó a las autoridades que el Estado de Chile ha suscrito tratados y convenciones internacionales que resguardan el libre tránsito de personas, incluidas las extranjeras.
En marzo pasado en un caso similar, la Corte Suprema de Justicia falló a favor de un recurso de amparo presentado por el INDH en favor del ciudadano italiano, Lorenzo Spairani, quien fue expulsado de Chile el 4 de febrero pasado bajo el argumento de «encontrarse participando activamente en diversas actividades antisistémicas, alterando el orden social del país y constituyendo de esta manera un peligro para el Estado». En esa ocasión la orden de expulsión fue decretada por la Intendencia Metropolitana.
Como el periodismo bajo dictadura Para vergüenza del periodismo chilensis, diarios como La Tercera le hacen claque y sirven de caja de resonancia a la caza de brujas de la PDI y sectores retrógrados del propio gobierno «izquierdista» en el poder. El 28 de enero de 2017 no bastó un solo redactor sino tres periodistas del diario de Álvaro Saieh (V. Rivera, J. Matus y F. Díaz) tuvieron que redactar el infundio titulado «Expulsan a extranjeros que iban a participar en seminario anarquista». Decisión administrativa se aplicó a tres ciudadanos peruanos.
Como en los mejores tiempos de la dictadura, este diario no confronta las fuentes, amplifica los comunicados de RRPP de la PDI y apoya cualquier montaje. El texto repite al pie de la letra los infundios sin base de «la fuente», o sea la PDI:
«Tres ciudadanos peruanos fueron expulsados del país este jueves, luego de que el Departamento de Inteligencia de la PDI detectara su ingreso a Chile por el paso legal de Chacalluta, en Arica y Parinacota. Los jóvenes venían a participar de un foro internacional llamado «Derribando Fronteras». Según la información que tiene la policía, sería un seminario de tendencia anarquista.
«La información de la policía permitió detectar que este foro se realizaría el 27 de enero en Santiago, en la calle Nataniel Cox, en el centro. Según fuentes de caso, el primero contacto con los jóvenes peruanos se realizó en Antofagasta, donde comenzó el seguimiento». La historia de La Tercera sigue, pero todo lo que afirma emana de la fuente PDI y consiste en acusaciones vagas que resultaron infundadas y falsas.
Estos textos periodísticos traen a la memoria los montajes que armaba la dictadura con los medios de información, entre ellos La Tercera, para fabricar historias falsas que encubrían crímenes terribles, como el Caso de los 119, Rinconada de Maipú, Operación Alfa Carbón, el caso de la profesora comunista Marta Ugarte, entre muchas otros demostraciones del periodismo rastrero con el poder a la hora de violar los derechos humanos.
Fuentes:
— http://www.indh.cl/presentan-r