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Crisis del Estado, cambio de régimen y Fuerzas Armadas (III)

Fuentes: Rebelión

La caída del régimen de la Monarquía, y consiguiente proclamación de la República, plantea la grave cuestión de cuál pueda ser la actitud de las Fuerzas Armadas ante un cambio de régimen.

La crisis del régimen de la Monarquía

El carácter oligárquico y caciquil, heredado del franquismo, se ha cronificado tras décadas de corrupción en las altas esferas, agravada por el silencio cómplice de las instituciones más relevantes del régimen de la Monarquía.

La modificación del artículo 135 de la Constitución de 1978, pactado entre el PSOE y el PP durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, acabó vaciando de todo contenido democrático al pretendido estado social y de derecho, proclamado tan solemnemente.

La caída del régimen de la Monarquía, y consiguiente proclamación de la República, plantea la grave cuestión de cuál pueda ser la actitud de las Fuerzas Armadas ante un cambio de régimen.

El Ejército, como última razón de Estado, no actúa en general de forma autónoma, pese a gozar de cierta independencia respecto a la superestructura política.

En el caso que nos ocupa -el Estado español- ese aspecto de relativa autonomía de las Fuerzas Armadas se encuentra particularmente reforzado en la Constitución española de 1978. Fue impuesto a los “constituyentes” por la llamada Ley de Amnistía de 1977, forzada por los poderes de hecho del franquismo, meses después de celebradas la primeras elecciones del 15 de junio en relativa libertad.

En efecto, la citada Ley de Amnistía, en realidad ley de punto final, consolidó dos aspectos básicos de la dictadura. En primer lugar, la impunidad de los crímenes del franquismo. En segundo lugar, no menos importante, la fidelidad de las Fuerzas Armadas a su pasado franquista y al Rey, al quedar excluidos los miembros de la disuelta Unión Militar Democrática (UMD), sospechosos de republicanismo. Llovía sobre mojado, pues ya habían sido anteriormente escarnecidos y humillados por la ley de amnistía de 1976.

La reincidente humillación de la UMD, establecida por la Ley de Amnistía de 1977, puso en evidencia la voluntad del régimen del 78 de afianzar la continuidad ideológica del Ejército franquista, garantizando su fidelidad a la dinastía Borbón, impuesta por el dictador.

UMD, 23-F e inviolabilidad

Por aquellos días, en abril de 1979, se publicó el artículo “Señores diputados”, que escribí en un diario nacional de gran tirada, “Diario16”, en donde trabaja como periodista Fernando Reinlein, uno de los compañeros represaliados y expulsados por su pertenencia a la Unión Militar Democrática (UMD).

Critiqué en dicho diario los graves desequilibrios que entrañaba la ley de Amnistía “…no puede aplazarse por más tiempo la clarificación de determinados problemas… Me refiero, desde luego, a los militares procesados por el régimen del general Franco, al parecer por motivos políticos, cuyas penosas secuelas siguen aún padeciendo estos compañeros”.

Por este motivo fui interrogado con malos modos en el juzgado militar nº1 del Cuartel General de la Armada, arrestado en mi domicilio y estampada una nota desfavorable en mi hoja de hechos, que perjudicó mi carrera.

Algún tiempo después, transmitiendo información confidencial relevante al presidente Suarez -por conducto no oficial-, sobre militares golpistas, fui probablemente espiado. Semanas antes del golpe del 23-F de 1981 sufrí un presunto intento de asesinato, urdido por las cloacas militares, del que salí ileso, aunque con una lesión auditiva. El incidente, del que informé al comandante del Centro en donde me hallaba destinado, no quiso ser investigado pese a que las pruebas del intento fallido de asesinato eran evidentes. El mando se negó a abrir una investigación del suceso bajo el pretexto de que se trataba de un asunto secreto.

El carácter antidemocrático de no pocos altos mandos se muestra descaradamente, una vez más, en el contenido del libro “Rey servido y patria honrada”, publicado recientemente por el general Fernando Alejandre, ex jefe del Estado Mayor de la Defensa (JEMAD), cesado en el año 2020.

Entre otras perlas,descalifica al ex JEMAD Julio Rodríguez en términos humillantes, presuntamente injuriosos. Sus motivaciones antidemocráticas saltan a la vista. En fin, un texto de exaltación del militarismo más carca, de aburrido autobombo e indigno servilismo, muy alejado de los valores democráticos por los que arriesgamos nuestra vida y futuro profesional muchos de los compañeros de la UMD.

Las contradicciones existentes en la Constitución de 1978 son fiel reflejo de las que se dieron en el llamado proceso de Transición, dirigido en gran medida por el aparato del Estado franquista, cuya jefatura ostentaba el último jefe de la dictadura: el Rey. Ese punto de partida dio un enorme podere influencia a las fuerzas conservadoras, herederas de los vencedores de la guerra civil.

El artículo 14 de la vigente Constitución de 1978 establece que los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Sin embargo esa misma Constitución, en su art. 56.3, establece que la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Lo que significa que no puede ser sometido a proceso judicial alguno, es decir es impune aunque delinca. Y ello aun siendo cómplice necesario, por acción u omisión, de un golpe de Estado, como lo fue el 23-F de 1981, o de asesinatos, como lo fueron los perpetrados por el terrorismo de Estado, con la participación de determinadas cloacas, militares y policiales. Todo ello, y mucho más, muestra el talante totalitario del régimen heredado del general Franco (Leyes de Sucesión).

Ley de Memoria Democrática

Las fuerzas políticas con representación parlamentaria reflejan en gran medida las contradicciones de clase, lingüísticas y territoriales del régimen de la Monarquía. Ello explica, entre otras muchas cosas, las lagunas existentes en la reciente Ley de Memoria Democrática.

Pese a representar un avance, que es de agradecer, llega con graves limitaciones y casi medio siglo de retraso.

La continuidad de la fraudulenta ley de Amnistía de 1977, así como la limitación temporal de los efectos de la Ley de Memoria Democrática aprobada, ponen en evidencia serias insuficiencias.

El franquismo, en simbiosis con el régimen de la Monarquía, que pervive en los aparatos del Estado español, siguió cometiendo crímenes más allá de 1978, sin que sus víctimas puedan acogerse a esta nueva ley de Memoria.

No obstante, en su disposición adicional decimosexta, establece:

El Gobierno, en el plazo de un año, designará una comisión técnica que elabore un estudio sobre los supuestos de vulneración de derechos humanos a personas por su lucha por la consolidación de la democracia, los derechos fundamentales y los valores democráticos, entre la entrada en vigor de la Constitución de 1978 y el 31 de diciembre de 1983, que señale posibles vías de reconocimiento y reparación a las mismas.”

Sin embargo, es muy probable que dicha comisión técnica, de momento en el limbo de las buenas intenciones, no llegue nuca a crearse, al menos bajo el régimen de la Monarquía. Es inverosímil que el R78 se autoinculpe de actuaciones delictivas contra personas que luchamos por la consolidación de la democracia, los derechos fundamentales y los valores democráticos en nuestro país, en particular desde el núcleo duro del sistema: las Fuerzas Armadas.

Manuel Ruiz Robles es antiguo miembro de la Unión Militar Democrática

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.